La Corte ratificó la prescripción del caso de los exministros del MAG Enzo Cardozo y Rody Godoy, en el proceso penal por el supuesto desvío de G. 3.700 millones (foto: archivo)
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación interpuesto por el fiscal Leonardi Guerrero y confirmó la prescripción del caso de los exministros del Ministerio de Agricultura y Ganadería Enzo Cardozo y Rody Godoy, en el proceso penal por el supuesto desvío de G. 3.700 millones.
Los ministros que firmaron la resolución judicial son Gustavo Santander, Eugenio Jiménez y Alberto Martínez. Los citados altos magistrados reemplazaron a los integrantes de la sala penal original, Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez y Carolina Llanes. El voto del ministro Jiménez señala que “en el escrito de interposición de recurso, el recurrente refirió que fue notificado de la resolución impugnada en fecha 6 de febrero de 2023. Sin embargo, la cédula de notificación no se encuentra agregada y tampoco obra constancia de la misma en el sistema informático. Asimismo, no se puede considerar en plazo la interposición del recurso si se toman en cuenta tanto la fecha de la resolución impugnada (30 de diciembre de 2022) como la fecha de la presentación (16 de febrero de 2022)”, refiere el fallo.
Agregó que la mencionada circunstancia imposibilita el cómputo de plazo a los efectos de dictaminar sobre la temporalidad de la presentación, que se encuentra reglamentada en los artículos 468 y 480 del Código Procesal Penal y en consecuencia corresponde declarar inadmisible el recurso extraordinario de casación interpuesto.
En setiembre de 2022, el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos, conformado por los jueces Elsa García, Yolanda Portillo y Héctor Fabián Escobar, decidió el sobreseimiento definitivo de Cardozo y Godoy por la prescripción de la causa por estafa y lesión de confianza en el marco del segundo proceso penal que tenían los dos exsecretarios de Estado. Los exministros de Agricultura y Ganadería (MAG) Enzo Cardozo y Rody Godoy están cumpliendo sus condenas de 10 años y 7 años de cárcel. Ambos fueron sentenciados por un perjuicio patrimonial al Estado de G. 68 mil millones.
El juez Humberto Otazú comunicó el pedido de desafuero a la Cámara de Diputados de Esteban Samaniego, imputado por administración en provecho propio y asociación criminal. Foto: Archivo
Juez comunicó pedido de desafuero de Esteban Samaniego a Cámara de Diputados
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El juez de Delitos Económicos Humberto Otazú comunicó a la Cámara de Diputados sobre el proceso penal iniciado al diputado Esteban Samaniego Álvarez, imputado por administración en provecho propio u asociación criminal. Ahora la Cámara de Diputados deberá estudiar el desafuero de Samaniego quien una vez que sea desaforado deberá presentarse ante la justicia.
Asimismo, el citado magistrado citó a la audiencia de imposición de medidas a partir del 20 de diciembre, a Patricia Corvalán, esposa del diputado Esteban Samaniego, y los otros 21 imputados por administración en provecho propio y asociación criminal.
De acuerdo con los informes del Ministerio Público, los supuestos hechos ilícitos se habrían cometido entre los años 2011 y 2017, periodo que duró la gestión del ahora diputado como intendente de la ciudad de Quyquyhó, departamento de Paraguarí.
En esta causa se menciona que Samaniego “se valió de su cargo como intendente para beneficiarse en forma indebida, ya que era administrador de gastos” y accedía a fondos depositados en el Banco Nacional de Fomento (BNF), llegando a la suma de G. 338.595.000.
Mientras tanto su esposa, Patricia Corvalán, actual intendenta de Quyquyhó, habría cobrado unos G. 117.500.000 que debieron ser destinados para fines sociales. También algunos familiares cobraban cheques y terminaron imputados.
Del mismo modo se definirá si se ordena el bloqueo de cuentas y el embargo de los imputados en el presente caso.
Rafael Filizzola, exministro del Interior y actual senador, está acusado por lesión de confianza por ocasionar un perjuicio al Estado de G. 1.200 millones. Foto: Archivo
Senadores decidirán desafuero de Rafael Filizzola por perjuicio millonario
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El juez penal de garantías de la capital Yoan Paúl López remitió este miércoles un oficio al presidente del Congreso, Silvio Ovelar, en el que comunica que el actual senador Rafael Filizzola soporta un proceso penal por lesión de confianza por el perjuicio de G. 1.200 millones en la construcción de baños y celdas en las 24 comisarías de Asunción.
Ahora, los senadores deberán estudiar si corresponde hacer lugar al desafuero de Filizzola para que el mismo siga sometido a la justicia y enfrente la audiencia preliminar donde se tendrá que estudiar y resolver si el parlamentario estará sentado en el banquillo de los acusados.
Una vez que se lleve a cabo la audiencia preliminar y se eleve a juicio oral se tendrá que fijar la fecha para el desarrollo de la audiencia oral donde se determinará si Filizzola es responsable de los hechos acusados.
La acusación del Ministerio Público refiere que el 15 de octubre del 2010 el exministro del Interior había aprobado la licitación para la construcción de baños y celdas en las 24 comisarías de Asunción sin ningún análisis técnico o pedido de los comisarios de aquel entonces.
El contrato se firmó con la empresa Todo Verde Emprendimientos por alrededor de G. 1.200 millones sin ninguna póliza por incumplimiento. Las obras no fueron terminadas. En esta causa Andrea Adle se acogió a la suspensión condicional.
Pedirá su desafuero
El senador Rafael Filizzola, vía redes sociales, señaló que el Congreso recibió un oficio judicial en el que se solicita su desafuero. El parlamentario dijo: “Siempre sostuve que las inmunidades parlamentarias no deben ser obstáculo para el avance de procesos. En la próxima sesión solicitaré que se trate sobre tablas y sea aprobado en cumplimiento del artículo 191 de la Constitución Nacional”, señala Filizzola en su cuenta de X (ex twitter).
Un tribunal de apelación ratificó la competencia del juez Matías Garcete para que siga en el proceso penal del exgerente de Canal 9, Carlos Granada. Foto: Archivo
Confirman a juez Matías Garcete para seguir en el proceso contra Carlos Granada
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El juez penal de Garantías Matías Garcete seguirá siendo el magistrado que entenderá en el proceso penal que enfrenta el exgerente periodístico de Canal 9, Carlos Granada, acusado por coacción sexual, coacción y acoso sexual. Así resolvió un tribunal de apelación quien rechazó la recusación presentada por el procesado.
Ahora el magistrado deberá fijar nuevamente una fecha para el desarrollo de la audiencia preliminar donde se definirá si Granada estará sentado en el banquillo de los acusados.
Igualmente, en su momento la defensa de Granada había recusado a las agentes fiscales Nathalia Silva, Claudia Aguilera y Luz Guerrero, quienes investigaron el presente caso.
Desde el Ministerio Público recordaron que fueron víctimas del acusado seis mujeres, todas periodistas hostigadas con fines sexuales. “En tanto, otras padecieron actos sexuales mediante la fuerza y tuvieron que soportar estos actos ante las amenazas contra sus fuentes de trabajo”, apuntaron.
Resaltaron que Granada se habría valido de su posición jerárquica e influencias ante sus víctimas subordinadas. El proceso contra el periodista empezó en mayo de 2022 y fue imputado por varios delitos, por lo que el juez Julián López resolvió enviarlo a prisión, donde estuvo durante varios meses hasta cumplir la pena mínima.
En mayo de este año un Tribunal de Apelación ratificó la libertad ambulatoria del exgerente de Canal 9 tras una apelación. Actualmente, Granada tiene prohibido salir del país, así como no puede ponerse en contacto con la querellante, tiene la caución real de un inmueble y debe comparecer de forma obligatoria mensualmente para la firma del acta judicial.
Confirman a juez que fijará fecha de audiencia preliminar de fiscala Girala
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El Tribunal de Apelación Penal Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, integrado por los camaristas Bibiana Benítez, Andrea Vera y Arnulfo Arias, confirmó al juez José Delmás en la causa que enfrenta la fiscala Ana Girala, suspendida en sus funciones e imputada por cohecho pasivo agravado y asociación criminal. El tribunal de alzada rechazó la recusación contra el citado magistrado.
Con la presente resolución, el juez Delmás tiene vía libre para fijar fecha de audiencia preliminar donde se tendrá que definir si la representante del Ministerio Público enfrentará un juicio oral y público. Una vez que se eleve el presente caso a un juicio oral se tendrá que sortear al tribunal de sentencia que juzgará a la fiscala y demás procesados en el presente proceso penal.
El Ministerio Público imputó por cohecho pasivo agravado y asociación criminal a la fiscal Ana Girala, investigada por un presunto pedido de coima de G. 25 millones para beneficiar a un procesado, cuya causa penal está tramitada en la unidad que se encontraba a su cargo.
De acuerdo con el acta de imputación, gracias a la extracción del teléfono móvil de una de las funcionarias detenidas e imputadas se pudieron obtener elementos de sospecha suficientes para tomar la determinación de imputar a la fiscala Ana Girala, de la Unidad de San Lorenzo, así como a su asistente Christi Magalí Ortega, la secretaria fiscal Griselda Beatriz Acha y el abogado Marcos Aurelio Velazco por la supuesta comisión de los hechos punibles de cohecho pasivo agravado, soborno agravado y asociación criminal.