La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia se declaró incompetente para decidir sobre la recusación que pesa sobre el camarista en lo penal Gustavo Santander, quien fue recusado por la defensa del diputado Tomás Rivas, procesado por estafa.
Los ministros de la máxima instancia judicial que firmaron la presente resolución judicial fueron Manuel Ramírez Candia, Luis María Benítez Riera y Carolina Llanes.
El 2 de diciembre del 2020, el juez Raúl Florentín resolvió elevar la causa de Rivas a juicio oral y público. Esta decisión fue apelada por Federico Huttemann, representante legal del citado parlamentario, por lo que la presente apelación deberá ser resuelta para luego llevar a cabo el juicio oral.
Condena
En el marco de la causa conocida como caseros de oro, Reinaldo Chaparro, Lucio Romero y Nery Franco, caseros del diputado Rivas, fueron condenados a dos años de pena privativa de libertad con suspensión de ejecución de la condena y deberán reparar los daños causados al Estado paraguayo. El Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Inés Galarza, Víctor Medina y Olga Ruiz fue el que determinó la mencionada condena.
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Kattya no vuelve al Senado
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dio trámite a la acción de inconstitucionalidad presentada por la exsenadora Kattya González, que fue destituida tras ser acusada por sus excolegas por tráfico de influencias; y resolvió rechazar la medida cautelar de González, que pretendía volver al Senado.
El pasado 27 de febrero, a través de sus abogados, González recurrió a la máxima instancia judicial para presentar una acción de inconstitucionalidad y buscar la nulidad de la resolución que la despojó de su investidura el pasado 15 de febrero.
En aquella oportunidad, un total de 23 senadores acompañó la expulsión de González, se registraron siete abstenciones y 15 ausencias. Con esta resolución, la Corte Suprema mantiene a Kattya fuera del Senado.
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Libelo acusatorio
En el libelo acusatorio se mencionó el caso de planillerismo de los asesores de la parlamentaria, Soledad Blanco y José Torales; este último se desempeñaba como presidente del Partido Encuentro Nacional (PEN) y era funcionario de la Contraloría General de la República (CGR).
Torales percibía doble salario por parte del Estado, configurando el hecho una situación irregular, sin mencionar que contaba con el beneficio atribuido por la senadora González para no marcar su ingreso y salida del Senado. En ambos casos, se argumentó la inducción de la exsenadora.
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Analizar los costos de nuestra mediterraneidad
- Por Laura Ramos
- Socia del Club de Ejecutivos del Paraguay
En setiembre de 2022 Argentina dispuso, unilateralmente, el cobro de un peaje en la hidrovía Paraguay-Paraná, haciéndose efectivo a partir de enero de 2023. Esta disposición generó protestas de Paraguay, Uruguay, Brasil y Bolivia, países afectados por la transgresión del acuerdo firmado entre todos para la navegación de este paso fluvial.
Luego de esta medida, el Gobierno argentino tuvo varias fricciones con su par paraguayo, ya que embargaron y retuvieron buques de bandera paraguaya en el mes de julio de 2023 para luego volver a hacerlo con otra embarcación en setiembre del mismo año. Ante estas acciones, el Gobierno paraguayo respondió retirando el total de la energía que le corresponde de la Entidad Binacional Yacyretá, ocasionando un déficit de energía en el vecino país, así como también realizando el reclamo del pago de la deuda de la binacional de unos 150 millones de dólares. También el Gobierno nacional acudió al Tribunal Permanente de Apelaciones del Mercosur, para poder encontrar una solución al conflicto. Otra medida de nuestro país fue emitir un veto a la Argentina ante el FMI, generando aún más presión sobre la cuestión.
Luego de todo este conflicto generado entre dos países vecinos, y con un cambio de gobierno en Argentina de por medio, esta semana se llevó a cabo finalmente un consenso de fijar una metodología de cobro del peaje. Lo que el Gobierno de Paraguay sostiene es que no se niega que el mantenimiento de la hidrovía no tenga que ser retribuido, lo que no excluye que la implementación de cobros deba realizarse por consenso cumpliendo con el tratado firmado por los cinco países partes. Esto también implica que asimismo el dragado que se realiza en los tramos dentro del territorio paraguayo también generará cobros que se deberán implementar.
Y la pregunta clave es ¿cómo afectarán estos costos adicionales a un país mediterráneo, donde su única conexión al mar es a través de los ríos de manera fluvial o con un mayor costo aún siendo terrestre? Justamente, razón por la cual, los países sin litoral marítimo tienen derecho a tratos preferenciales. Debemos adicionar a nuestros costos de importación que ya no son competitivos por los sobrecostos que ya tenemos incorporados, de los cuales muchos han quedado obsoletos en el tiempo por no tener actualmente una retribución de servicio, pero que se siguen cobrando igual, otro cobro más en la lista.
Justamente por esta desventaja, los países mediterráneos demandan disminuir estos costos adicionales de importar productos con más cargas económicas que los países vecinos. Ello, porque nos resta productividad también a la hora de industrializar, ya que gran parte de los componentes para la maquila o distintas industrias son de origen internacional.
Por otro lado, debemos reconocer que mantener la hidrovía genera un gasto específico y se debe recuperar, por lo que sería un buen momento para analizar los gastos o trabas paraarancelarias que acarrea el tener un producto en las góndolas del país, ya que todos los costos que agreguemos a la cadena logística serán directamente trasladados al precio final del consumidor. Y esto se traduce a mayores precios o menores opciones para el consumidor en el caso que quede fuera de rango de precio. Igual ocurre con los componentes importados para la industria. Pues traslada a un mayor costo de producción y, por ende, pérdida de eficiencia de la industria local versus la competencia internacional.
Por todo lo señalado sería conveniente aprovechar el momento de análisis de los costos de la hidrovía para hacer un análisis total de los sobrecostos generados en los distintos entes públicos para que un producto llegue al país mediterráneo a un costo competitivo internacionalmente.
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IPS recuerda que sus bienes son inembargables
El presidente del Instituto de Previsión Social (IPS), Jorge Brítez, remitió una nota al presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Luis María Benítez Riera recordando que, por ley, los bienes de la institución son inembargables y facilitando además las garantías reglamentarias con las que cuenta la previsional en torno a sus recursos.
“Solicito respetuosamente instruir una auditoría en virtud al informe de la Contraloría General de la República (CGR), en el cual se aprecia la existencia de embargos por valor de G. 59.889.103.102, en contravención a la ley 1.493/2000 y la ley 5.655/2016”, expresa parte de la nota, a través de la cual Brítez hace hincapié en la rectificación del embargo, teniendo en cuenta la protección legal sobre las rentas de la previsional.
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La ley 1.493/2000, en su artículo 716, establece que no se trabará nunca embargo sobre bienes y rentas del Estado, de las entidades autárquicas o autónomas; tampoco se contemplará dicha decisión sobre los departamentos o municipalidades. En cuanto a la ley 5.655/2016, en su artículo 5, expresa que todos los bienes, sean registrables o no; rentas, depósitos y colocaciones en el sistema financiero nacional, de recursos de los Fondos Administrados por el IPS, son inembargables en todos los fueros y en cualquier instancia.
Los embargos ordenados responden a un informe elaborado sobre los resultados del análisis técnico - contable de las cuentas activas y pasivas del IPS, correspondiente a los años 2022 y 2022. Al respecto, se determinó como recomendación de gestiones a encarar, la disposición de embargos millonarios, cuando se ha establecido la imposibilidad de trabar dicha figura sobre los bienes del IPS, los cuales se encuentran completamente asegurados.
Al respecto, Brítez remarcó la necesidad de disponer una acordada, para instar a los magistrados a no ordenar medidas cautelares en contra del IPS, de acuerdo a las medidas citadas. Esto, sobre todo, recordando la reglamentación que resguarda y garantiza los bienes de la previsional, la cual impide así todo embargo que pueda disponerse sobre la institución.
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Abogados paralizan causa contra Abdo Benítez y su gavilla
Los abogados defensores del expresidente de la República, Mario Abdo Benítez, y sus excolaboradores se apersonan constantemente en los tribunales para presentar recursos dilatorios con el objetivo de paralizar la causa que pesa contra el exmandatario y parte de su exgabinete, para evitar que la misma avance. Hasta el momento han presentado dos recusaciones y otras chicanas a la espera de dilatar la investigación.
Luego de exponer una recusación en contra de la jueza de Garantías Cynthia Lovera, a cargo de la causa, se presentaron otras recusaciones contra los integrantes de la Cámara de Apelación que deberá estudiar si la magistrada sigue o no con el caso, ante la expectativa de entorpecer la investigación por las filtraciones de la Secretaría de Prevención de Lavado de Activos y Bienes (Seprelad).
El abogado Felino Amarilla, en representación de uno de los imputados, el extitular de Seprelad Carlos Arregui, presentó este lunes una recusación contra los camaristas María Belén Agüero, Arnaldo Fleitas y Jesús Riera. Con esta nueva chicana, la Sala Penal de la Corte deberá destrabar el caso y confirmar a los magistrados que deben estudiar la recusación que había sido presentada contra la jueza Lovera.
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Por su parte, el abogado Emilio Fúster, defensor del exministro Arnaldo Giuzzio, también imputado en la causa, había recusado a la jueza Lovera por haber admitido la imputación formulada por los fiscales Aldo Cantero y Giovanni Grisetti, quienes luego fueron apartados de la investigación.
En cuanto a los abogados Osvaldo Granada, defensor de René Fernández; y Jorge Rolón Luna, defensor de Carmen Pereira y Francisco Pereira Cohene, habían presentado inicialmente un recurso de reposición y apelación en subsidio contra la determinación adoptada por la jueza Cynthia Lovera de admitir el acta de imputación.
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La Fiscalía imputó a Abdo Benítez, los exministros Arnaldo Giuzzio, Carlos Arregui y René Fernández; los funcionarios Carmen Pereira, Daniel Farías Kronawetter, Francisco Pereira Cohene y Guillermo Preda, además del exsecretario privado de Abdo y actual diputado, Mauricio Espínola, a raíz de la elaboración de informes de inteligencia que luego fueron divulgados a la prensa con el fin de atacar políticamente al exmandatario Horacio Cartes y el entonces candidato presidencial Santiago Peña.
Según el acta de imputación, existen suficientes elementos de convicción que hacen sospechar la existencia de los siguientes delitos: revelación de secretos de servicio, revelación de secretos privados por funcionarios o personas con obligación especial, inducción a un subordinado a un hecho punible, denuncia falsa, simulación de un hecho punible, usurpación de funciones públicas y asociación criminal.