A las 13:30 de este lunes proseguirá el juicio oral y público para los exsenadores Óscar González Daher, Jorge Oviedo Matto, el exsecretario del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) Raúl Fernández Lippmann y el abogado Carmelo Caballero, acusados por supuesto hecho punible de tráfico de influencias y asociación criminal.
La audiencia oral se reiniciará con la posibilidad de que los procesados puedan declarar si así lo consideran sus respectivas defensas. En caso de que los mismos no lo hagan, ya se pasará a la etapa de la declaración de testigos en el presente caso.
El Tribunal de Sentencia que tiene a su cargo valorar las pruebas en el presente juicio oral está integrado por los jueces Juan Carlos Zárate, Héctor Capurro y María Fernanda García de Zúñiga. Mientras que los agentes fiscales son Natalia Fúster, Rodrigo Estigarribia y Susy Riquelme.
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Deben ser absueltos
Por falta de pruebas que acrediten la responsabilidad de cada uno de los acusados por supuesto hecho punible de tráfico de influencias y asociación criminal, deben ser absueltos de culpa y pena Óscar González Daher, Jorge Oviedo Matto, Raúl Fernández Lippmann y el abogado Carmelo Caballero, según lo explicaron los abogados Álvaro Arias, Sara Parquet, Enrique Kronawetter y Claudio Lovera.
Kronawetter, defensor del abogado Caballero, manifestó que "la conducta de su defendido no es típica dentro de nuestra legislación, por lo que corresponde que el colegiado lo absuelva de culpa y pena. Igualmente, la defensa de Óscar González Daher sostiene que la Fiscalía no tiene pruebas contra su representado, por lo que estrictamente a derecho corresponde la absolución del procesado.
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CIDH declara cumplidas las medidas de reparación de Paraguay en el caso Yakye Axa
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró el cumplimiento total por parte del Estado paraguayo de las medidas de reparación relacionadas con la publicación y difusión de la sentencia en el caso Comunidad Indígena Yakye Axa Vs. Paraguay. El informe se dio a conocer a través de la Cancillería Nacional al Ministerio de Tecnologías de la Información y la Comunicación (Mitic).
Mediante la nota VMRE-UGDH Nº 941-2026, se informó que la Unidad General de Derechos Humanos de la Cancillería Nacional remitió al Mitic la resolución de fecha 9 de octubre de 2026, notificada mediante la nota CDH-12.313/640 del 21 de octubre de 2026, por la cual la CIDH declara el cumplimiento total de las medidas de reparación ordenadas en el punto resolutivo décimo segundo de la sentencia correspondiente al caso Comunidad Indígena Yakye Axa Vs. Paraguay.
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La decisión constituye un nuevo reconocimiento al compromiso del Estado paraguayo con el cumplimiento de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de las obligaciones internacionales asumidas en materia de derechos humanos, transparencia y acceso a la información, ejecutadas a través de la Comisión de Seguimiento de las Sentencias Internacionales, CICSI, liderada por el propio vicepresidente de la República Pedro Alliana.
El punto resolutivo décimo segundo de la sentencia dispuso la publicación de los hechos probados y de los puntos resolutivos del fallo en el Diario Oficial y en un diario de circulación nacional, además de la financiación de transmisiones radiales destinadas a difundir el contenido de la decisión judicial. Tras el proceso de supervisión realizado por la CIDH, estas medidas fueron consideradas plenamente cumplidas por el Estado paraguayo.
Prioridad en política comunicacional
Desde el Mitic señalan que el cumplimiento de estas disposiciones fue una prioridad dentro de la política de fortalecimiento de la comunicación pública y del respeto a los compromisos internacionales del Paraguay. En ese marco, informaron que se impulsaron acciones de difusión, campañas de comunicación, espacios radiales y materiales informativos orientados a garantizar que las medidas ordenadas por la Corte lleguen efectivamente a la ciudadanía y a las comunidades involucradas.
Asimismo, se promovieron espacios de visibilización y participación que permitieron amplificar la voz de los pueblos indígenas, contribuyendo a la difusión de sus derechos, su cultura y las decisiones adoptadas por los organismos internacionales de protección de los derechos humanos.
La comunicación remitida por la Cancillería reconoce el cumplimiento de estas medidas de difusión y publicación, que forman parte de las reparaciones ordenadas en favor de la Comunidad Indígena Yakye Axa y que constituyen herramientas fundamentales para garantizar la memoria, la transparencia y el acceso a la información pública.
Ratifica compromiso institucional
Desde la vicepresidencia resaltaron que con esta decisión, la CIDH reconoce el cumplimiento de las acciones de comunicación y difusión desarrolladas por el Estado paraguayo, fortaleciendo los mecanismos de acceso público a las decisiones del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y reafirmando el compromiso institucional del Paraguay con la promoción, protección y garantía de los derechos humanos.
“La declaración de cumplimiento total constituye, además, una muestra del trabajo coordinado entre las instituciones del Estado para honrar los compromisos internacionales asumidos por el país y garantizar que las medidas de reparación ordenadas por los organismos internacionales sean conocidas por la ciudadanía y lleguen efectivamente a sus beneficiarios”, destaca el informe que brindaron dese la vicepresidencia.
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Tía Chela: tribunal advierte a Miguel Prieto que será juzgado también por estafa y otros
El Tribunal de Sentencia de Delitos Económicos —integrado por Ana Rodríguez, Karina Cáceres y Yolanda Morel— advirtió al exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, y a otros diez acusados que deben preparar sus defensas ante la posibilidad de que los hechos investigados en el caso “Tía Chela” sean calificados también como estafa y producción de documentos no auténticos.
La acusación actual corresponde a los hechos punibles de lesión de confianza y asociación criminal. La advertencia fue realizada por el colegiado durante el juicio oral por el presunto negociado en la compra de kits de alimentos para familias vulnerables durante la pandemia de covid-19, causa en la que se investiga un perjuicio patrimonial de G. 2.130.036.016 a la Municipalidad de Ciudad del Este.
Con relación a Prieto, el Tribunal de Sentencia indicó que debe preparar su defensa ante una eventual calificación de estafa en calidad de coautor y producción de documentos no auténticos en la modalidad de uso. Para los demás procesados, la advertencia contempla los mismos hechos punibles, pero con distintos grados de participación.
En la fecha, la audiencia oral prosiguió con la lectura de las pruebas documentales ofrecidas por el Ministerio Público. Por el momento, no está prevista la declaración de testigos. La Fiscalía sostiene que probará que Prieto habría causado el millonario perjuicio al encabezar un supuesto esquema de desvío de recursos municipales en el que habrían participado funcionarios de su administración.
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Condenan a 25 años de cárcel a la “Viuda Negra” de Curuguaty y a sus cómplices por sicariato
Un tribunal de sentencia condenó a 25 años de cárcel a María Liliana Velázquez Villasanti, considerada la “Viuda Negra”, tras ser encontrada culpable del homicidio de su cónyuge en calidad de autora intelectual.
En la fecha finalizó el juicio oral por el hecho de sicariato ocurrido en octubre de 2023 en Curuguaty, donde un hombre fue ultimado a tiros mientras realizaba una caminata junto a su esposa y su madre.
La investigación fiscal demostró que la propia esposa planificó y financió la muerte de su marido con la ayuda de su amante. Ante esto, el Tribunal determinó condenar a 25 años de cárcel a los tres procesados en el caso.
El suceso conmocionó a todo el departamento de Canindeyú, ya que la víctima, Alfredo Jara, era un conocido taxista y comerciante, además de hermano del presidente de la Junta Municipal de Curuguaty. El crimen se habría originado por la ambición de la mujer de quedarse con todos los bienes para luego unirse a su amante.
Asimismo, los jueces de sentencia condenaron a Rubén Darío Benítez Gómez a 25 años de pena privativa de libertad en calidad de autor material del hecho punible de sicariato; a María Liliana Velázquez Villasanti a 25 años en calidad de instigadora; y a Rubén Rodas Portillo también a 25 años por su participación como intermediario en la planificación y ejecución del delito.
Durante el juicio, el Ministerio Público acreditó que, una semana antes del crimen, Rubén Rodas Portillo contactó desde la penitenciaría a Rubén Darío Benítez Gómez para proponerle el asesinato por encargo. El 13 de octubre de 2023 se reunieron en Curuguaty y, posteriormente, mantuvieron un encuentro con María Liliana Velázquez Villasanti, quien encargó la muerte de su pareja por la suma de G. 25.000.000.
Al día siguiente, Velázquez Villasanti entregó a Benítez Gómez un adelanto de G. 10.000.000 y un chip telefónico que sería utilizado para coordinar el momento y el lugar del ataque. El 17 de octubre de 2023, alrededor de las 06:40, Benítez Gómez se trasladó hasta el lugar acordado y efectuó varios disparos contra la víctima, provocándole la muerte. Posteriormente, huyó del sitio y entregó el arma utilizada junto a otras evidencias a Rodas Portillo.
Tras la valoración de las pruebas producidas durante el juicio oral, el Tribunal de Sentencia declaró la responsabilidad penal de los tres acusados e impuso las penas de 25 años de privación de libertad.
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Piden de 4 a 12 años de cárcel para equipo médico que atendió a Maradona antes de morir
La fiscalía pidió este jueves entre cuatro y 12 años de prisión para la mayoría de los integrantes del equipo médico que asistió al astro del fútbol Diego Maradona en una internación domiciliaria previa a su muerte en 2020 en Argentina.
El fiscal Patricio Ferrari solicitó penas de 12 años de prisión para el médico personal de Maradona, Leopoldo Luque; 10 para la coordinadora de la empresa de medicina privada, Nancy Forlini; y ocho para su psiquiatra, Agustina Cosachov. Además, pidió 10 años de inhabilitación profesional para ellos.
Los tres fueron acusados de homicidio con dolo eventual, una figura que implica que eran conscientes de que sus acciones u omisiones podían llevar a la muerte del futbolista.
“Habiendo previsto el riesgo y aceptándolo, con indiferencia produjeron el resultado”, dijo Ferrari, al comenzar este jueves la etapa de alegatos en el juicio que se ha prolongado por siete meses en la ciudad de San Isidro, al norte de Buenos Aires.
Otros tres integrantes del equipo médico -un psicólogo, un enfermero y su coordinador- fueron acusados de homicidio culposo (no intencional). El fiscal pidió penas de cinco años de prisión para el psicólogo y de cuatro años para los otros dos acusados.
El fiscal señaló que, en su caso, el juicio no probó indiferencia pero sí un “cúmulo de acciones negligentes e imprudentes”. Ferrari se abstuvo de pedir la detención inmediata de los acusados en caso de ser hallados culpables, pero solicitó que no se les permita salir del país.
La fiscalía decidió no presentar cargos contra un séptimo imputado, el médico clínico Pedro Di Spagna. “No lo puedo creer, todavía no caigo”, exclamó Di Spagna a periodistas tras escuchar el pedido de absolución por parte de la fiscalía.
Muerte “evitable”
Los fiscales exhibieron una vez más las fotos de Maradona fallecido. Sus hijas Dalma, Gianinna y Jana, presentes en la sala, rompieron en llanto. “La muerte era evitable y la atención médica fue inadecuada”, dijo el otro fiscal de la causa, Cosme Iribarren.
Maradona murió a los 60 años el 25 de noviembre de 2020 por un edema pulmonar y un paro cardiorrespiratorio durante una internación domiciliaria en Tigre, cerca de Buenos Aires.
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El astro se recuperaba allí de una cirugía exitosa por un hematoma subdural en la cabeza a la que fue sometido el 3 de noviembre de ese año.
“A su suerte”
Según Ferrari, los integrantes del equipo médico “infringieron los deberes a su cargo, ejecutaron acciones contrarias al arte de curar, omitieron todos los actos que debían ejecutar y colocaron a Maradona en una situación de desamparo, librándolo a su suerte”.
“Existió un grupo de improvisados que olvidaron en todo momento que trataban a un paciente vulnerable y complejo”, dijo Ferrari.
Fernando Burlando, abogado de dos de las hijas de Maradona, dijo a periodistas en la puerta del tribunal que los alegatos de los fiscales habían sido “brillantes”.
Los acusados claman inocencia. Tras los alegatos, el abogado de la psiquiatra Cosachov consideró que “no está probado el dolo eventual” en su caso. “Es un punto flojo del alegato de la fiscalía”, dijo a la AFP el defensor Vadim Mischanchuk.
Tras casi 45 audiencias y más de 100 declaraciones entre testigos e imputados, “el núcleo histórico de la imputación ha permanecido intacto”, según el fiscal.
El juicio entró este jueves en su recta final, con el inicio de los alegatos de la fiscalía y de las querellas, que se prevé que duren dos semanas.
- Fuente: AFP
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