El abogado y represen­tante legal del ex presidente Horacio Cartes, Pedro Ove­lar, indicó que la Comisión Bicameral de Investigación (CBI) es un órgano incom­petente para realizar el tipo de investigaciones que están planteando y que esto repre­senta un atropello a los órga­nos jurisdiccionales que deben encargarse de llevar a cabo las pesquisas corres­pondientes. “La CBI es una comisaría de barrio de un gobierno extranjero; por los motivos que están citando al ex presidente y por lo que tienen interés en investigar demuestran eso que estoy diciendo”, aseveró.

En comunicación con el programa “Así son las cosas”, emitido por Uni­verso 970 AM/Nación Media, el abogado afirmó que este pedido de auxilio judicial para que se obli­gue a comparecer ante la CBI al ex presidente repre­senta una intromisión en el ámbito jurisdiccional, cues­tión para la cual la comisión no tiene competencia, por lo que este intento de convocatoria tiene la finalidad de un ataque político, enten­diendo que son tiempos electorales. “Se llega a un extremo en una etapa elec­toral donde se desnatura­liza absolutamente todo”, lamentó Ovelar.

La condición de senador electo y vitalicio de Hora­cio Cartes lo convierte en una persona inmune a ser obligada a comparecer ante la CBI o a ser detenida, de acuerdo a la explicación del abogado del ex presidente. “No hay posibilidad de dete­ner a un senador electo, el artículo 191 de la Constitu­ción Nacional claramente habla que desde su elección la persona tiene la inmunidad y no puede ser detenida, no habla del senador que haya jurado, habla de la elección y, mal que le pese al senador Querey o a otras personas dentro del Senado, el sena­dor Horacio Cartes fue electo y proclamado por la Justicia Electoral”, aseguró.

NO ES UN DELITO NO COMPARECER

Ovelar también se encargó de dejar en claro que no presentarse ante la Comi­sión Bicameral de Investi­gación no representa nin­gún delito y mucho menos un hecho punible. “Clara­mente la norma dice que la persona que no comparece injustificadamente y la que no declara sin ampararse en el artículo 18 de la Constitu­ción Nacional puede ser san­cionada, que es una sanción administrativa, pero en este caso se justificó y se argu­mentó”, expresó.

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