El abogado Eduardo Lezcano, uno de los defensores del senador electo Rafael “Mbururu” Esquivel, comentó sentirse confiado en que ahora que ha menguado la presión política se allane el camino para que su defendido pueda finalmente asumir su banca en la Cámara de Senadores.
Sostuvo que ahora que ya dejó de ser candente el tema de elección de presidente del Congreso, entonces es probable que los jueces puedan analizar la situación y apliquen realmente lo que dice la ley y ordenen la liberación de Rafael Esquivel para que pueda jurar como senador.
“Por lo menos yo creo que la presión política en este momento ha mermado muchísimo, ya no hay tanta presión, entonces creo que los jueces ahora podrán tratar o pueden actuar objetivamente sin presión”, comentó.
El profesional del derecho habló sobre la situación jurídica de su cliente que guarda reclusión preventiva, procesado por dos causas diferentes, una por violenta invasión de propiedad privada en Itakyry (Alto Paraná), con fecha 23 de agosto del 2022; y la otra, por una denuncia por coacción sexual a una niña, cuando la menor tenía 12 años, con fecha 17 de abril del 2023. En ese sentido, señaló que si bien existe la presunción de inocencia, eso no se respeta en el país.
“Nosotros tenemos 45 días a partir del 30 de junio para que él pueda gestionar y conseguir su libertad, a los efectos de que pueda venir a jurar como senador, conforme a los artículos 7 y 8 del reglamento interno, hablan primero de 15 días y luego de 30 días; sumado a eso dan 45 días. Realmente, yo fui conciente de que ni el tribunal, ni la jueza penal le iban a dar el permiso para que pueda venir a jurar por la presión que existía, eso fue público”, acotó.
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Exministro y funcionarios del MEC declararon que no hubo irregularidades en el título de Rivas
En el marco del juicio oral que enfrenta el exsenador Hernán Rivas por la presunta falsedad de su título de abogado, declararon varios testigos clave, entre los que se destacaron los testimonios del exministro de Educación, Eduardo Petta, así como el de otros funcionarios de dicha cartera estatal y exalumnos de la Universidad Sudamericana.
El exministro Eduardo Petta fue claro y contundente al señalar que: “En ninguna parte del dictamen del doctor Casañas Levi, ni en la Auditoría Interna, ni en la del Poder Ejecutivo, dice que el título de Rivas es falso”. Igualmente, el exsecretario de Estado negó de manera enfática haber dado instrucciones a funcionarios del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) para acelerar o aprobar el registro del título universitario del exlegislador colorado en junio del 2020.
El testigo también negó haber conversado o dado alguna orden a los entonces funcionarios Ricardo Ortiz o Andrea Estigarribia, quienes intervinieron en el proceso de registro de los documentos académicos. Ante la consulta sobre este punto, respondió con un rotundo “No, no, no” y explicó que no mantenía contacto directo con el personal de ese rango, debido a que su vínculo institucional se desarrollaba principalmente con los viceministros, quienes manejaban sus propias estructuras jerárquicas.
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Del mismo modo, el exministro negó haber hablado con Rivas o haber recibido algún pedido suyo para apurar los trámites o registrar su título sin los controles correspondientes. Petta afirmó que nunca habló con el procesado, ni personalmente ni por teléfono. Aclaró que no se trata de un olvido, sino que jamás tuvo contacto con el exsenador y que tampoco registró alguna vez su número telefónico. “Nunca traté, nunca hablé, nunca; menos eso que usted está diciendo”, afirmó de manera tajante.
Asimismo, sostuvo que, en su rol de ministro, no podía abrogar la resolución que autorizaba la emisión del título de Hernán Rivas sin someter previamente los informes a consideración de la Asesoría Jurídica. Detalló que ninguna dependencia del MEC ni del Poder Ejecutivo respaldó una recomendación de ese tipo, aunque sí se había solicitado controlar de forma general los títulos expedidos por la Universidad Sudamericana.
Otros testimonios
Durante la audiencia también prestó declaración Casimiro Marín, director de Auditoría Interna del MEC en 2020. El testigo señaló que se analizaron detalladamente los documentos presentados para registrar el título de Rivas y que el circuito administrativo seguido durante el trámite no reveló ninguna irregularidad, por lo que correspondía su inscripción legal.
Por su parte, Rodrigo Ramírez, jefe interino de Investigaciones de la Dirección de Transparencia del MEC, afirmó ante el tribunal que no detectaron anomalías en el circuito interno institucional para el registro del documento. El funcionario tampoco halló inconsistencias ni plazos llamativos en la emisión del dictamen correspondiente.
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Abogado de Cartes explica detalles del alquiler del vuelo chárter a EE. UU.
El abogado Pedro Ovelar, representante legal del expresidente de la República Horacio Cartes, aclaró sobre el alquiler de una aeronave para la realización de un vuelo chárter a los Estados Unidos.
El referido profesional señaló que “por expresa indicación de mi representado, Horacio Cartes, y ante diversas publicaciones difundidas en medios de comunicación y redes sociales respecto de la contratación de una aeronave para la realización de un vuelo chárter a los Estados Unidos, considero necesario efectuar las siguientes aclaraciones:”
La posibilidad de contratar dicho servicio de transporte aéreo fue acercada a través del propietario de una empresa que alquila hangares en Paraguay —sin vinculación societaria alguna con Horacio Cartes o su familia—, quien posteriormente facilitó el contacto con la persona que se presentó como propietario y representante de la aeronave.
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Asimismo, indica que conforme a las verificaciones efectuadas en los sistemas de consulta accesibles a particulares, la persona que se presentó como propietaria y representante de la aeronave no registra antecedentes penales.
Agrega que esta persona no es el ciudadano brasileño vinculado al Banco Master de Brasil al que determinadas publicaciones han señalado como propietario de la aeronave. Se trata de una persona distinta.
Asimismo, la contratación de un servicio de flete aéreo no implica ni permite presumir que quien lo contrata conozca la composición actual o histórica de las sociedades que sean o hayan sido propietarias de la aeronave, ni mucho menos que mantenga vínculo alguno con sus socios, propietarios anteriores o personas relacionadas con ellos.
Igualmente, sostiene que pretender establecer una vinculación de esa naturaleza por el solo hecho de haber contratado el servicio carece de sustento.
También fue claro en mencionar que al momento de la contratación, “lo relevante para mi representado era que tanto la aeronave como su tripulación se encontraban debidamente habilitadas y sin restricciones para realizar el vuelo previsto entre Paraguay y los Estados Unidos y su posterior regreso”.
La aeronave y su tripulación cumplieron con los controles y procedimientos aeroportuarios y migratorios correspondientes en ambos países, sin impedimento alguno para la realización del viaje.
“Por lo tanto no existe, fundamento para atribuir a mi representado, a partir de la contratación de este vuelo, vínculos, conocimientos o conductas diferentes de los aquí expresamente señalados. Toda afirmación en contrario deberá estar respaldada por hechos ciertos y comprobables. La difusión de afirmaciones falsas o imputaciones que lesionen ilegítimamente el honor y la reputación de mi representado podrá dar lugar al ejercicio de las acciones legales que correspondan conforme al ordenamiento jurídico vigente”.
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Caso IPS: defensa de Jorge Brítez cuestiona el acta de imputación
El abogado José Fernández Zacur, representante legal del extitular del Instituto de Previsión Social (IPS), Jorge Brítez, cuestionó la imputación fiscal contra su cliente, que calificó como un “sin sentido procesal”, en el marco de las obras fallidas de quirófanos que derivaron en un perjuicio patrimonial de G. 61.000 millones para la previsional. Manifestó que requerirá a la Cámara de Apelaciones que devuelva la causa al Ministerio Público.
“El acta de imputación está fisurada y tiene agujeros por donde se la vea y nuestro primer temperamento procesal será solicitarle a la cámara apelando la resolución de admisión del doctor Rodrigo Estigarribia, que la cámara devuelva esa imputación al Ministerio Público para que se tome una decisión seria. Si fuese presentar de vuelta la imputación que lo haga de manera adecuada y si fuese tomar otra decisión, pues que lo tome”, indicó este viernes en una entrevista con el programa “Arriba hoy” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Fernández Zacur manifestó que la causa judicial se originó a partir de una denuncia presentada por la administración de Brítez para regularizar contratos heredados de administraciones anteriores, por lo que resulta contradictorio imputar a quien buscó encausar el proceso. “Esto es un sin sentido procesal, esta es una causa que la denuncia el propio Brítez hace dos años y medio, qué nueva evidencia podría recolectarse sobre esta situación cuando ya pasó ese tiempo”, mencionó.
El abogado acotó: “Se le atribuye al doctor Brítez responsabilidad por haber firmado unas adendas, la 5, 6 y 7. No se específica en la imputación qué es lo que dice en las adendas y cuál sería el nexo causal entre el haber firmado estas adendas y el eventual perjuicio patrimonial que se le atribuye. Se le atribuye un perjuicio de G. 61.000 millones, cuando el doctor Brítez en el peor de los casos intervino solamente en un tramo de todos los hechos que está imputando el Ministerio Público”, refirió.
Entre los principales cuestionamientos señalados por el abogado figura que en el acta de imputación no se encuentran incluidos quiénes aprobaron las adendas en causa por millonario desfalco, apuntando contra los consejeros. “Los firmantes de la adendas son mandatarios de su consejo, de acuerdo con la Carta Orgánica del IPS la máxima autoridad del estamento es el Consejo de Administración que es un órgano colegiado y yo no entiendo entonces cómo está imputado el mandatario, el que firma por el consejo y no los consejeros que dieron la orden de suscribir esas adendas”, afirmó.
Fernández Zacur incluso calificó la actuación inicial de la Fiscalía como un “show vedetístico e ilegal”, teniendo en cuenta que la normativa procesal prohíbe taxativamente decretar la prisión preventiva a personas mayores de 70 años de edad. “Pedir prisión preventiva para una persona de la tercera edad, con arraigo consolidado y cuya esposa está en terapia intensiva por este sinsentido procesal, no tenía razón de ser. El propio juez hizo un fuerte llamado de atención sobre ese criterio”, puntualizó.
Otros imputados
Además de Brítez, también está imputado otro extitular de la previsional, Vicente Bataglia, quien se encuentra actualmente en Italia y no se descarta una orden de captura internacional.
La lista de imputados sigue con los funcionarios del Consejo de Administración, como Hugo Enrique Aranda, gerente de Logística; y Juan Manuel Villar, director de la Unidad Operativa de Contrataciones. A ellos se suman José Raúl Coronel Acosta, Rosa Colmán, Jaime Joel Caballero Ruiz Díaz, Marcelo Bordón Leiva y Verónica Alexandra Blanco Bogado.
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Ratifican condena para Mbururú por abuso
Rafael Esquivel deberá cumplir la condena de 15 años de cárcel.
La sala penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 15 años de cárcel para el exsenador electo Rafael Esquivel, alias Mbururú, condenado por el hecho punible de abuso sexual en niños. La máxima instancia rechazó el recurso extraordinario de casación presentado por su defensa, por lo que el condenado deberá cumplir la sentencia condenatoria.
La máxima instancia judicial concluyó que el fallo recurrido se encontraba debidamente fundamentado y respondía de manera clara a los agravios expuestos en la apelación especial, razón por la cual descartó la nulidad solicitada por la defensa.
De acuerdo con la acusación del Ministerio Público, el abuso ocurrió el 1 de julio de 2019 en el motel Samoa, de Ciudad del Este, donde la víctima, de 12 años en ese entonces, fue llevada por orden de su propia madre. El caso salió a la luz en marzo de 2023, tras una denuncia de la Defensoría Pública de la Niñez y la Adolescencia. Posteriormente, la adolescente confirmó los hechos tanto en la Cámara Gesell como ante la Fiscalía, mientras que un examen médico forense detectó indicios compatibles con el abuso.
Además de la condena, Rafael Esquivel tiene otras sentencias firmes: 10 años de prisión por coacción grave y robo agravado como instigador, 2 años por coacción y 1 año y 8 meses por resistencia y coacción. Asimismo, afronta otros procesos penales por distintos hechos punibles.