El Dr. Rubén Rolón, miembro del Tribunal Electoral Partidario (TEP) de la Asociación Nacional Republicana (ANR), informó que el presidente del partido, Horacio Cartes, cuenta con las atribuciones para delegar funciones administrativas de la organización política si así lo considera. “El estatuto partidario, específicamente en el inciso H del artículo 31, determina que el presidente puede delegar responsabilidades en los miembros de la Junta de Gobierno”, detalló a La Nación/Nación Media.

Con las mencionadas disposiciones, el especialista detalló que se buscará ejecutar el presupuesto del partido a través de los órganos especializados y la delegatura se realizará a favor de los miembros de la Junta de Gobierno, no para una persona externa al partido. Entonces, Cartes en su carácter de presidente de la ANR podría otorgar mandatos a favor de los miembros, del mismo modo en que se otorga mandatos a los apoderados generales.

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“Aparte, el artículo 48 del estatuto que corresponde a la Comisión de Finanzas y Asuntos Económicos determina varias funciones y una de ellas habla del inventario, las cuestiones administrativas o la posibilidad de proponer presupuestos siempre a la Junta de Gobierno, no solo al presidente del partido porque finalmente la Junta determinará el sí o el no”, explicó el Dr. Rolón.

El presidente puede proponer las personas que serán delegadas para encargarse de los fondos administrativos y posteriormente la Junta de Gobierno, como un cuerpo colegiado, determinará quiénes estarán a cargo de las funciones establecidas.

Como el nivel de responsabilidad del presidente del Partido Colorado es muy amplia, el miembro del TEP de la ANR detalló que el titular tiene la posibilidad de delegar todas las funciones que considere necesarias. Del mismo modo, detalló que por esa amplitud de actividades en la Junta de Gobierno existe una serie de comisiones con el objetivo de otorgar un seguimiento minucioso a diferentes áreas del partido, con sus respectivos grupos de trabajo.

La delegatura que puede llevar a cabo el presidente del partido se encuentra establecida en el estatuto partidario de la ANR. Foto: Gentileza.

Funciones delegadas

“En la nueva ley de financiamiento político se otorga también mandatos a través de poderes para los administradores de campaña y remontándonos en el 2010 los delegados convencionales dispusieron que Lilian Samaniego pueda llevar a cabo alianzas o concertaciones para las elecciones municipales si ella lo requería”, citó el Dr. Rolón como ejemplos de las diversas delegaciones que siempre se realizaron en la ANR.

Lejos de considerar una delegatura como violación al estatuto partidario, el experto recordó que en el caso de la administración de fondos, la Comisión de Finanzas de la ANR fue siempre la encargada de llevar a cabo todas las gestiones relacionadas a los asuntos económicos de la Junta de Gobierno. Así, el miembro del TEP de la ANR reiteró que el proceso de delegar funciones siempre existió y va a seguir existiendo en el partido.

“Por ejemplo, en la delegatura realizada a los presidentes de las comisiones seccionales se les otorga un mandato para que lleven adelante las gestiones pertinentes en las campañas políticas. Mientras, en el 2003 los delegados convencionales también establecieron que la Junta de Gobierno realice gestiones ante el TEP para que vuelva al partido la gente expulsada por el Partido Unace y el PLRA; es decir, la delegatura a través del mandato o poder especial es totalmente válido”, recalcó.

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