En cumplimiento con lo dispuesto en la Ley Nº 834/96 del Código Electoral, en su artículo 290 donde detalla que la propaganda electoral en los comicios internos de los partidos políticos no podrá exceder de treinta días, contados retroactivamente desde dos días antes de los comicios; el juez Electoral de Central Modesto Núñez encabezó el equipo de trabajo que eliminó propaganda electoral extemporánea, en murallas ubicadas en varias zonas de la ciudad de Luque.

Al respecto, el juez Núñez indicó en comunicación con La Nación-Nación Media, que el procedimiento consistió en tapar con pintura blanca las propagandas electorales que infringen la normativa. Asimismo, recordó que de acuerdo al cronograma electoral establecido en la resolución Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) Nº 108/2021, en lo que respecta a las elecciones internas simultáneas, el periodo para propaganda electoral en la vía pública es del 16 de noviembre al jueves 15 de diciembre de 2022.

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Mencionó además, que el retiro de la propaganda extemporánea se está realizando en varios lugares del departamento Central, semanas atrás se procedió a tapar los murales que aparecieron en la ciudad de San Lorenzo, Capiatá, Fernando de la Mora, Lambaré y otras ciudades donde son encontrados de manera aleatoria las propagandas electorales.

El juez electoral Modesto Núñez, insistió que el plazo para la propaganda electoral para las internas del próximo 18 de diciembres, es solo 30 días antes Foto: Gentileza.

“Nosotros recorremos y cuando tenemos la posibilidad de que el TSJE nos preste un transporte aprovechamos para recorrer y pintar las murallas. Igualmente, cuando yo estoy recorriendo cualquiera de las ciudades del departamento Central voy registrando y si veo una propaganda, le tomo fotografía y guardo la ubicación. Nosotros mismos colaboramos entre todos para comprar la cal y realizar la pintata para eliminar la propaganda extemporánea”, explicó.

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El magistrado electoral señaló además que cuando logran identificar al candidato cuyo nombre aparece en la propaganda electoral, y se logra identificar su domicilio particular, se le notifica sobre la violación de los plazos electorales. No obstante, aclaró que el Juzgado electoral, no tiene competencia para sancionar a estos candidatos, entonces no es mucho lo que se pueda hacer, porque es responsabilidad de la Municipalidad hacer cumplir la normativa, pedo ante la desidia de las autoridades municipales, que o están en campaña o apoyando a los candidatos. Por ello, al juzgado le resulta más fácil tomar acción y proceder a la eliminación de la propaganda ex temporánea.

Finalmente, indicó que las personas que quieran realizar sus denuncias de propaganda electoral extemporánea en el Departamento Central, pueden comunicarse al (0291) 432 750 o al (0983) 392 608.

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