Desde el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) el director de Procesos Electorales Carlos María Ljubetic explicó sobre las implicancias de la propuesta de cobrar multas de G. 40 mil a quienes no vayan a votar el día de las elecciones.

Primeramente recordó que en “la Constitución Nacional dice que es un derecho y obligación del ciudadano emitir su voto”, lo que implica la participación cívica de los electores. Pero la realidad es diferente a la que se plantea legalmente, por eso el Senado aprobó este proyecto de ley.

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“La Justicia Electoral va cobrar la multa así como Identificaciones, según está establecido en la ley”, dijo Ljubetic en contacto con la 1080 am. Además aclaró que las “prohibiciones están establecidas para quienes no pagan la multa”, ya que se estableció sanciones administrativas para esta situación.

En caso que no paguen la multa, se establecen sanciones como la suspensión de trámites ante la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), la emisión de pasaportes y antecedentes en el Departamento de Identificaciones, los trámites ante la Dirección de los Registros Públicos, Dirección de Catastros, Registros del Automotor, municipalidades y gobernaciones y suspensión de regulación de transferencias monetarias condicionadas.

Durante el estudio se trataron dos proyectos correlativos, el primero definió que el TSJE sería el ente que percibiría las multas de G. 40 mil aproximadamente, en el caso de no cumplir con el pago se aplicarán sanciones administrativas.

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La otra propuesta aprobada concede al departamento de la Policía Nacional la facultad de cobrar las multas previstas en el artículo 332 del Código Electoral de aquellos que no acudan a votar. Se estableció que se cobraría medio jornal, que sería G. 40 mil, en caso de que no se participa durante los comicios.

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