De acuerdo con el Cronograma Electoral previsto para las elecciones internas y simultáneas, el periodo de propaganda electoral tiene luz verde a partir del día de mañana miércoles 19 de mayo. La Justicia Electoral recordó a todas las candidatas y candidatos que el periodo previsto se extiende hasta el 17 de junio.
Durante un mes podrán realizar sus respectivas propagandas electorales con miras a las internas municipales marcadas para el próximo domingo 20 de junio. En tanto, los anuncios en los diferentes medios de prensa podrán realizarse del 8 al 17 de junio. En cuanto a redes sociales, no existe legislación al respecto.
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257 municipios
Las internas fijadas para las municipales están marcadas para el 20 de junio, mientras las elecciones municipales en los 257 municipios del país están marcadas para el domingo 10 de octubre próximo. En ese sentido, el TSJE habilita un periodo previo para la propaganda electoral.
Cabe señalar que en estas elecciones se implementarán diversas innovaciones en materia electoral, tecnológica y sanitaria. Se eliminan las llamadas “listas sábanas” y se suplantan por el voto preferencial en listas cerradas. Además, se dispone el uso de las máquinas de votación y de un riguroso protocolo sanitario para votar.
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TSJE: “Sin máquinas este año, se complica enormemente el proceso electoral”
El director de Procesos Electorales del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Carlos María Ljubetic, advirtió que la nueva interrupción en la licitación para la provisión de las máquinas de votación, podría comprometer seriamente los preparativos para futuras elecciones. “Si no tenemos las máquinas este año, la cuestión se nos complica enormemente”, expresó, señalando la urgencia de una resolución para destrabar el proceso licitatorio.
El TSJE prevé iniciar la capacitación del personal en diciembre, aunque manifestaron que podría postergarse incluso hasta enero o febrero, sin embargo, Ljubetic explicó que de acuerdo a lo previsto con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), se garantiza el financiamiento del proceso por cuatro años y establece que el primer desembolso solo se hará tras la entrega efectiva de las máquinas.
“Si no recibimos las máquinas, entonces no va a haber pago, y tenemos que renegociar con el MEF, todo un proceso que nos costó meses cerrar”, enfatizó en una entrevista a Unicanal. La actual situación se ve obstaculizada por una medida cautelar otorgada por el Tribunal de Cuentas, a pedido de una empresa, que impide avanzar a la etapa técnica del proceso de evaluación.
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Esta firma cuestionó la exigencia de una experiencia mínima de 10 años en fabricación y manejo de máquinas de votación, pese a que en su propia web reconoce tener solo cinco años de trayectoria y que además, tampoco cumpliría con otras exigencias contempladas en el pliego de bases y condiciones.
Requisitos
“Si no reúne los demás requisitos, ¿por qué protesta por uno?”, cuestionó el director de Procesos Electorales del TSJE, al tiempo de remarcar que la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) ya había rechazado el reclamo.
Además de la experiencia, el TSJE exige a los oferentes haber participado en procesos electorales anteriores, contar con un nivel mínimo de facturación y demostrar solvencia económica, requisitos clave considerando que deberán proveer 28.000 máquinas y cobrar en cuatro etapas durante los próximos cuatro años.
“El inicio de todo el proceso de ciberseguridad depende de que tengamos y conozcamos las máquinas. No podemos desarrollar el software ni definir los dispositivos de seguridad para almacenamiento de baterías si no tenemos ya las máquinas”, remarcó, detallando que para avanzar en esta etapa, primero se necesita contar con los dispositivos.
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Plantean “doble control” para un escrutinio seguro
El director de Procesos Electorales, Carlos María Ljubetic, indicó que con este “doble control” se podrán refutar las versiones de los supuestos hackeos que puedan sufrir las máquinas de votación.
“(La propuesta) trata de desvirtuar un poco este corrillo permanente de que todo es hackeable y generan dudas al respecto del escrutinio. Nosotros queremos transmitir tranquilidad a la ciudadanía y a los actores políticos garantizándoles que el conteo es el reflejo de la voluntad popular”, indicó el funcionario, este miércoles, en entrevista para el programa “Arriba hoy”, de GEN y Universo 970 AM/Nación media.
Ljubetic explicó cómo sería este procedimiento de escrutinio manual, que se realizará previo al escrutinio de las máquinas de votación. Con este nuevo procedimiento, el objetivo principal es demostrar que las máquinas de votación emiten un escrutinio exacto.
“Planteamos que el ciudadano, como siempre, vote a través de la pantalla de la máquina de votación, la máquina imprime un boletín de voto, ese boletín de voto queda físicamente impreso y también informáticamente, ya que tiene un chip electrónico o un código QR que permite posteriormente su lectura informática. Al elector no le queda la menor duda de que su intención de voto está reflejada en la boleta”, explicó.
Posteriormente, al terminar la votación, una vez que se contabilizó la cantidad de electores y la cantidad de boletines encontrados, se procede a la lectura de los boletines de votos. “Para eso, el presidente de mesa va a mostrar a los presentes, ya sean apoderados, veedores, electores, observadores, el boletín y va a cantar en voz alta el contenido del mismo”, dijo.
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TSJE: propuesta incorpora control manual al proceso de escrutinio
Los ministros del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) recibieron una propuesta de la Comisión Jurídica e Informática de la institución, que plantea la incorporación de elementos de control manual al proceso de escrutinio. Este procedimiento fortalecerá la confianza de la ciudadanía en los resultados emanados de la máquina de votación reflejando fielmente la voluntad popular.
Dicha iniciativa fue presentada en una reunión en la sala de sesiones de la Justicia Electoral. Se plantea reglamentar el escrutinio, conforme al siguiente procedimiento:
a) Una vez elaborada el acta de cierre de la mesa receptora de votos, el presidente de mesa desdoblará cada boletín y procederá a la lectura en voz alta del contenido del mismo. Luego exhibirá cada boletín a los vocales, veedores de mesa y electores presentes. Si algún miembro de la mesa, veedor o apoderado en ejercicio de sus funciones tiene dudas sobre el contenido de un boletín de voto leído por el presidente, puede pedir en el acto para examinarlo, debiendo ser concedido (Artículo 224 C.E.).
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b) Con la colaboración de los vocales, el presidente de mesa irá separando todos los boletines de voto que correspondan a cada organización política, además de blancos y nulos para el cargo de intendente municipal. Luego se contabilizarán los votos obtenidos por cada organización política para el cargo de intendente municipal y el resultado se anotará en la Planilla de Conteo Manual correspondiente al cargo.
c) Seguidamente, se irán separando los boletines de voto que corresponde a cada agrupación política, además de blancos y nulos para el cargo para miembros de Junta Municipal. Luego se contabilizarán los votos obtenidos por cada organización política para el cargo de miembros de Junta Municipal y el resultado se anotará en la Planilla de Conteo Manual correspondiente al cargo.
d) El presidente de mesa acercará el chip o Código QR de los boletines válidos al lector de la máquina de votación. En la pantalla de la misma se mostrará el contenido de dicho voto, así como la cantidad de votos que vaya obteniendo cada candidato a intendente municipal, así también la cantidad de votos por cada lista y de votos preferentes por cada candidato a miembros de Junta Municipal.
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e) Los miembros de la mesa receptora de votos, y los apoderados, veedores y electores podrán comparar que el resultado visualizado en la pantalla de la máquina de votación corresponde al resultado contenidas en las Planillas de Conteo Manual; y,
f) Si los miembros de la mesa receptora de votos, veedores o apoderados tienen dudas podrán solicitar el recuento de los boletines de voto.
Seguidamente imprimirán las Actas y Certificados de Resultados correspondientes a la mesa.
En caso de no coincidencia de los resultados se reglamentará el mecanismo de verificación de los resultados del escrutinio de la mesa.
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Senado analizará este viernes proyectos que plantean la modificación del Código Electoral
El vicepresidente primero del Senado, Ramón Retamozo, en ejercicio de la presidencia de la Cámara Alta, firmó la resolución 2.837, por la cual convoca a sus pares a una sesión extraordinaria el próximo viernes 13 de junio, a las 9:00. Los únicos puntos a ser analizados serán dos proyectos de Ley que modifica algunos artículos del Código Electoral.
El plenario analizará dos iniciativas legislativas que ya cuentan con media sanción de la Cámara de Diputados. En primer término está el proyecto de Ley “Que modifica el artículo 130 de la ley N° 834/1996 ‘que establece el Código Electoral’, modificado por la ley N° 2.858/2006”, presentado por varios diputados.
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El objetivo principal de esta propuesta es permitir a la Justicia Electoral realizar un corte técnico-administrativo, a fin de que los ciudadanos inscriptos hasta una fecha determinada por resolución del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) puedan integrar el Registro Cívico Permanente.
Asimismo, el proyecto establece un cronograma electoral que incluye la fecha de cierre de inscripciones, así como los plazos y etapas para la presentación de tachas, reclamos, sustanciación y resolución.
Con esta medida se busca asegurar que el padrón utilizado en las internas partidarias, principalmente en años de elecciones municipales y nacionales, refleje con mayor precisión la realidad electoral, dado que las candidaturas se inscriben a inicios de año, cuando aún no se concluyó la validación final del registro del año anterior.
Además, se posibilitará el cruce de datos con los padrones partidarios para las elecciones internas, la formalización de precandidaturas y la determinación, por departamento, del número de bancas correspondientes a la Cámara de Diputados y a las Juntas Departamentales.
Este lunes, la comisión de Legislación Codificación, Justicia y Trabajo, presidida por el senador Derlis Maidana, analizó la propuesta y finalmente emitieron dictamen en mayoría por la aprobación sin modificaciones del proyecto. Mientras que un segundo dictamen en minoría fue por el rechazo y se registró además un voto por la aprobación con modificaciones.
Reconocimiento de movimientos
Como segundo tema a ser analizado en la extraordinaria está el proyecto de Ley “Que modifica los artículos 64 inciso a), 66 y 278 inciso b) de la ley N° 834/1996 ´Que establece el código electoral’, modificado por leyes N° 4743/2012 y 6167/2018”, presentado por varios diputados.
La propuesta busca formalizar el reconocimiento anticipado de movimientos internos, permitiéndoles gestionar previamente su Identificador Tributario y cuenta bancaria. La propuesta establece que las declaraciones de ingresos y gastos de campaña (DIGC) y de intereses económicos vinculados (DIEV) se presenten solo en formato digital y de manera individual por cada candidato.
Asimismo, obliga a publicar estos documentos en el portal del TSJE en un plazo de 10 días hábiles y crea una unidad especializada para fiscalizarlos. Refuerza la apertura de cuentas bancarias con plazos y sanciones en caso de incumplimiento.
También impone sanciones por falsedad en las declaraciones, incluyendo la inhabilitación electoral por 10 años, y sustituye a la Subsecretaría de Tributación por la DNIT como entidad responsable del control tributario.
Sobre este punto, la comisión de Legislación, igualmente ya emitió dos dictámenes; en mayoría aconseja la aprobación con modificaciones, considerando las sugerencias que presentaron las autoridades del TSJE y de sus asesores técnicos. También se dictaminó por el rechazo en minoría.
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