El abogado Ricardo Preda se refirió a los casos de las vacunaciones que se realizaron de manera aparentemente irregular, y uno de los casos más graves fue el de la exsenadora Mirta Gusinky, el escándalo que le costó su banca en la Cámara Alta.

Sin embargo, a pesar de perder el cargo de senadora, Gusinky como otros que accedan a vacunarse de manera irregular están expuestos a hechos punibles, de acuerdo al profesional de derecho. Se pueden encontrar hasta cuatro hechos punibles, que son apropiación, hurto, soborno agravado, además de cohecho.

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En este sentido, Preda explicó que se debe partir de la base que la vacuna propiamente es del Estado y no de nosotros, la ciudadanía, a pesar del derecho al acceso a las vacunas, es el Estado que debe encargarse de proveerlas, no se trata de un objeto particular que pertenezca a la sociedad.

En este contexto, Preda explicó que, en este caso, que el profesional de salud que se encargue de las vacunas y la vacunación de masas, recibe una instrucción específica del propietario, en este caso el Estado. De transgredir estas instrucciones o indicaciones estaría cometiendo un hecho punible.

“El vacunador tiene una instrucción específica de qué hacer, una decisión empírica que le fue indicada por el propietario que es el Estado, entonces el vacunador le sustituye o le reemplaza en esta calidad al propietario y eso en nuestro Código Penal se llama apropiación, o hurto, según se tenga o no se tenga la posesión y esa es una inclusión ya más compleja”, expuso el abogado.

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Una dádiva

Igualmente, señaló que además de esta situación, en el caso de que se exista una “dádiva”, un ofrecimiento ya sea de dinero u otro beneficio la persona que reciba la vacuna puede incluso incurrir a un soborno agravado. “Si para esa decisión hay alguna dádiva de por medio o algún ofrecimiento en beneficio, entonces el vacunado también cometería soborno agravado y en el caso del vacunador sería cohecho agravado”, sentenció.

Otra de las posibles causas, sería en el caso también del que recibe propiamente es un cómplice porque solo el vacunador no podría apropiarse de ella sin que el vacunado reciba la vacuna. “Ahora si el vacunado es el que convence al vacunador a través de la dádiva, además del soborno agravado hace antes de ser un cómplice, el vacunado sería un instigador a la apropiación”, puntualizó.

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