La falta de claridad sobre la aplicabilidad de las nuevas medidas restrictivas genera todo tipo de cuestionamientos al Gobierno. El presidente del Colegio de Abogados, Manuel Riera, considera que el mismo presidente Mario Abdo Benítez o un vocero oficial debería aclarar a la ciudadanía qué es lo que está permitido y lo que se prohíbe desde el 27 de marzo hasta el 4 de abril, tiempo que durará la cuarentena total.

“La explicación tiene que dar la Presidencia de la República que es la que decreta, así de sencillo. O sea, como dueño del mensaje, el presidente o el vocero presidencial tiene que dar (aclarar) de una vez por todas”, señaló Riera.

Te puede interesar: Gobierno anuncia nuevas restricciones para Semana Santa

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

Mencionó que el trabajo de los medios de comunicación y, en su caso, el de los abogados se limita solo a leer lo que alguien anunció. “Y el que dijo acá es el presidente de la República. Entonces, él o el vocero que designe él en términos oficiales –y en mi opinión debería ser uno y nadie más– tendría que salir a decir de una vez por todas qué es lo que quiere”, enfatizó.

Cuestionó también que constantemente las medidas dispuestas desde el Ejecutivo estén modificándose incluso a las pocas horas de haber sido comunicadas a la población. “Eso ha generado no solamente incertidumbre, sino que ha generado muchos golpes que son intangibles en ciertas cosas, inclusive. Por ejemplo, si tenés previsto ciertas actividades, no sabés si podés cumplirlas o no”, fustigó Riera en contacto con radio Monumental.

Leé también: Soto Estigarribia atribuye a grupos financiados los hechos de violencia en protestas

Horario limitado y prohibiciones

El Ejecutivo dio a conocer, este miércoles 24 de marzo, el decreto con las nuevas restricciones para Semana Santa. Entre varios puntos, dispone que entre las 5:00 y las 20:00, la gente se podrá desplazar solamente para actividades indispensables.

De acuerdo con el decreto presidencial, las actividades que figuran dentro de las excepciones a las restricciones son aquellas funciones impostergables de las entidades estatales, los servicios de salud público-privado, las asistencias a personas con discapacidad, con enfermedades, ya sea adultos mayores, niños o adolescentes.

Así como los comercios esenciales trabajando, como los supermercados, despensas y farmacias, con sus cadenas logísticas, así como comercio exterior, que continuarán. Mientras que los servicios gastronómicos se darán durante 24 horas, pero solo vía delivery. Mientras que las medidas implementadas para el sector de educación implican establecer las clases a distancia o virtual.

Dejanos tu comentario