El Frente Sindical de Funcionarios Públicos y las Centrales Sindicales, comunicado mediante, ponen a conocimiento de la opinión pública en general la postura de rechazo al tratamiento del anteproyecto de ley de la reforma de la ley de la función pública y la carrera del servicio civil durante la emergencia sanitaria, impulsado por el Poder Ejecutivo y representado por el vicepresidente de la República, Hugo Velázquez.
Rechazan categóricamente las declaraciones del vicepresidente, quien expresó que existe una “mesa técnica de trabajo entre los técnicos del Poder Ejecutivo y los representantes técnicos de todos los funcionarios públicos”.
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Aclaran además que los sindicatos y centrales no están representados en la mesa técnica mencionada por el vicepresidente Velázquez, ya que de acuerdo con los firmantes de la nota “no son representados” en la mesa técnica. Sostienen que los “supuestos representantes” no fueron asignados ni autorizados para representar al funcionario público en general, reza otra parte del comunicado.
Entre los firmantes del comunicado se encuentran la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), la Central Unitaria de Trabajadores Auténtica (CUT-A), Frente Sindical de Funcionarios Públicos (FSFP), Central de la Clase Trabajadora (CCT), entre varios otros sindicatos y frente de funcionarios públicos.
Hay que mencionar que la propuesta de ley de la función pública y la carrera del servicio civil fue presentada a la Comisión Bicameral de Reordenamiento Estructural del Estado. El proyecto del Ejecutivo fue liderado por el vicepresidente de la República, Hugo Velázquez, y el ministro de Hacienda, Benigno López, y todo el equipo técnico de la institución.
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Justicia rechaza demanda impulsada por empresa constructora contra Yacyretá
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del sexto turno de la capital no hizo lugar a una demanda contra Yacyretá, promovida por la firma M&T S.A. por supuesto incumplimiento e indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad contractual.
El caso se remonta a julio del 2018, cuando la mencionada firma comenzó la demanda por un contrato para la construcción de 105 viviendas, infraestructura y servicios en el barrio Santo Domingo, de la ciudad de Encarnación, departamento de Itapúa, en el marco de un convenio entre la binacional y la entonces Secretaría Nacional de la Vivienda y el Hábitat (Senavitat).
En ese contexto hay que señalar que el 6 de junio del 2018 la entidad binacional decidió rescindir el contrato con la constructora ante sucesivos e innumerables incumplimientos de la misma en la edificación de infraestructura. Esta acción fue confirmada el 4 de julio por el Consejo de Administración.
A su vez, el 19 de junio, el entonces director de la binacional remitió una nota a M&T intimándole al pago, en el plazo de diez días, de los importes correspondientes a las garantías de fiel cumplimiento de contrato en obras públicas o privadas y el anticipo financiero en obras públicas o privadas que fueran otorgadas bajo apercibimiento de iniciar los trámites de ejecución de Pólizas emitidas por la Consolidada S.A. de Seguros.
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De acuerdo a la sentencia, quedó probado que la rescisión del citado contrato “fue por causa única y exclusiva de M&T S.A. por numerosos incumplimientos del pliego de bases y condiciones del contrato n.° 737/14, y además se probó que la firma M&T S.A. no interpuso ningún tipo de recursos contra la Resolución n.° 3.821/18 de fecha 4 de julio del 2018, dictada por el Consejo de Administración de la Entidad Binacional Yaycretá”.
“Luego, no habiendo prosperado la pretensión de resolución de contrato, ya no corresponde estudiar la pretensión de indemnización de daños que, como se ha visto, encuentra sustento en el artículo 725 del Código Civil y deberá ser igualmente rechazada”, indica el documento.
Ante estas consideraciones, el tribunal resolvió: “No hacer lugar, con costas, a la presente demanda de resolución de contrato por incumplimiento e indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad contractual, que promueve la firma M&T S.A. contra la EBY”.
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Segunda imputación contra Miguel Prieto se tramitará en juzgado de Asunción
El juez de Delitos Económicos Humberto Otazú rechazó el incidente de excepción de incompetencia de la territorialidad presentada por las defensas de los imputados por lesión de confianza Miguel Prieto, Higinio Acuña, Richard Ayala Avalos, Maggi Fariña Almada, Nelson Segovia, Francisco Arrúa Álvarez, procesados por un supuesto perjuicio a la comuna esteña de G. 306 millones.
Con la resolución del citado magistrado, el proceso penal de Prieto y otros se tramitará en Asunción. Ahora la defensa de los procesados tiene la posibilidad de apelar el fallo judicial y en caso de ser así, un tribunal de apelación definirá si corresponde que el caso se siga tramitando en un juzgado de la capital.
Otazú sostuvo que existe una ley que establece que el juzgado a su cargo tiene competencia en toda la República, por lo que no corresponde el planteamiento formulado por la defensa de los imputados.
En el caso están igualmente imputados por lesión de confianza, Buena Ventura Morínigo, Emili Vanessa Florentín Páez, Robert Osmar Florentín Silvero, Richard Ayala Avalos, Maggi Elizabeth Fariña Almada, Sebastián Martínez Insfrán, Alex Samhat, Sabino Peralta Martínez, Higinio Ramón Acuña, Cirle Elizabeth Alcaraz Ramírez y Nelson Alexis Segovia Acevedo.
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Los fiscales Silvio Corbeta, Alma Zayas y María Verónica Valdez, de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción, presentaron la imputación contra Prieto y demás personas. Los mencionados fiscales imputaron al intendente por supuesta lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal. Los representantes del Ministerio Público sostienen que existe un perjuicio de G. 300 millones en perjuicio a la comuna esteña.
De acuerdo al acta de imputación, Prieto habría encabezado un esquema criminal, creado para supuestamente desviar recursos a través de licitaciones públicas, cuyas contrataciones estarían direccionadas a empresas afines.
Según el Ministerio Público, el intendente siendo ordenador de gastos de la municipalidad, entre marzo y junio del 2020 habría convocado y promovido la licitación para adquirir por vía de la excepción, insumos para panificados que irían destinados a familias de escasos recursos durante la pandemia por el covid-19.
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Arancel Cero: Gobierno aclara dudas de estudiantes en paro
El Archivo Nacional de Asunción fue el punto de encuentro entre las autoridades del gobierno y los representantes de los estudiantes universitarios movilizados que tienen dudas respecto al financiamiento de la ley de Arancel Cero. La jefa de Gabinete, la ministra Lea Giménez, dejó en claro que la fuente más segura para financiar dicha ley es la fuente 10 y que la propia ley, además de la reglamentación, prohíben que los recursos destinados a ese fin, sean disminuidos o reprogramados.
“La garantía y el blindaje está dado en el artículo N.° 2 de la ley N.° 7.264, que dice que dichos recursos serán de carácter blindado y no podrán ser disminuidos ni reprogramados. No existe un antecedente en nuestro país en el que se haya puesto este tipo de lenguaje, solamente se utiliza en decretos, pero para que el estudiantado esté tranquilo, se incorporó con acuerdo del Legislativo y el Ejecutivo a pedido de los estudiantes, esta es una ley que blinda el financiamiento la gratuidad”, sostuvo.
Para el Arancel Cero se destinan unos USD 20 millones, monto que representa un valor pequeño en comparación con los USD 15.000 millones con que cuenta el Presupuesto General de la Nación (PGN), señaló Giménez. La ministra explicó que esta ley, al pasar a depender de los recursos del Tesoro, se convierte en un gasto corriente, por lo cual, eventuales episodios de déficit en las recaudaciones fiscales, no le afectarán.
“El Arancel Cero no se ve afectado por el déficit, esto se puede financiar, no existe una herramienta más poderosa para cualquier Estado que el financiamiento de programas y políticas que son con recursos permanentes como lo son los impuestos y la fuente 10″, recalcó. Además, mencionó que en la historia reciente solo se registró déficit fiscal en la pandemia, pero que esto impactó en las inversiones, como obras públicas, no así en el cumplimiento con los gastos corrientes.
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Otros programas
Los estudiantes no solo expresaron su preocupación por el Arancel Cero, sino que también con otros programas que se financian con recursos del Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (Fonacide). La jefa de Gabinete también dio tranquilidad sobre este punto y afirmó que todos los programas en el marco del Fondo para la Excelencia de la Educación y la Investigación (FEEI), continuarán siendo financiados.
“De los USD 780 millones con que cuenta, ya se asignaron USD 776 millones y eso no se puede cambiar, de ese monto, USD 494 millones se ejecutaron. Todo lo que queda en ese fondo transitorio, todo está ahí y va a seguir ejecutándose en los 22 programas. Ese concepto de que el dinero que teníamos ya no está no existe, porque estos programas están totalmente blindados”, sentenció.
Desde hace un tiempo, el Estado ha iniciado un proceso de absorber todos aquellos programas que resultaron efectivos y que estaban siendo financiados con el Fonacide, esto teniendo en cuenta que este fondo es transitorio. Tal es el caso de “Maestras mochileras”, que dependía de dichos recursos pero que actualmente es financiado por el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), misma situación se replica con el Arancel Cero, que ahora pasa a depender del Tesoro público, enfatizaron.
Asimismo, Giménez recordó que los recursos del Arancel Cero de este año, ya están depositados en una cuenta del Banco Central del Paraguay (BCP) y aclaró que a esta solo pueden tener acceso las universidades que son parte de la ley.
Mesas de trabajo
Un pedido de los estudiantes fue la unificación de las mesas técnicas de trabajo que fueron conformadas, es decir, la que integran por representantes que serán designados por el Consejo Superior Universitario, la segunda conformada por direcciones de administración y finanzas de cada unidad académica y la tercera compuesta por los estudiantes autoconvocados.
Los universitarios solicitaron que también sean parte de esta mesa todos los sectores que se veían beneficiados con recursos del Fonacide, de modo que quede claro que todos los programas y proyectos seguirán contando con financiación. La respuesta de las autoridades presentes, fue que esta moción será elevada a las dos mesas ya conformadas, debido a que de manera unilateral no se puede plantear la unificación y que verán el mecanismo de trabajo para llevar adelante la propuesta.
“Si esas mesas de trabajo llevan a plantear leyes a futuro que así sea, está abierta esa ventana para diseñar políticas de Estado, que es lo que ustedes quieren y también lo que el Estado quiere, porque actualmente no existen políticas de educación terciaria. La mesa es para trabajar en eso, lo importante es que salga una política sostenible y que nos lleve a otro estadio de desarrollo en lo que respecta a la educación terciaria. Es una visión compartida, de ustedes, de nosotros y del presidente de la República”, refirió Giménez.
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Proceso penal por lavado de dinero de Erico Galeano seguirá su curso ordinario, resolvió el juez
El juez Osmar Legal decidió que el proceso penal por lavado de dinero que enfrenta el senador Erico Galeano siga su curso procesal normal.
Fue al rechazar el incidente de excepción de falta de acción presentado por la defensa del citado parlamentario que pretendía que el caso se paralice debido a que Galeano cuenta con fueros parlamentarios.
Ahora la defensa del legislador tiene la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación el que tendrá que definir si confirma la determinación adoptada en primera instancia.
Legal argumentó su resolución señalando que “El estudio del desafuero se produce en un único momento, antes del inicio de la causa, dado que es el acto que levanta la inmunidad de proceso, para que el mismo pueda tener inicio.
Una vez producido el desafuero e iniciado el proceso, no cabe un ulterior estudio de la inmunidad parlamentaria para ese mismo proceso, que ya ha iniciado respecto del parlamentario”.
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También sostiene que “En esta tesitura, el nuevo requerimiento realizado por el Ministerio Público en el juzgado en fecha 4 de julio de 2023 a la Honorable Cámara de Senadores, y la correspondiente resolución N° 48 de fecha 20 de julio de 2023 que hace lugar al desafuero del senador de la Nación Erico Galeano Segovia, tampoco tienen relevancia en el proceso dado que, se reitera, el proceso ya se dio por iniciado y tal decisión ha pasado en autoridad de cosa juzgada, y operada la preclusión procesal”.
Igualmente menciona el juez Legal que “La resolución que restituye los fueros al hoy senador Erico Galeano Segovia no tiene incidencia alguna en el presente proceso: en primer lugar, dado que en la misma no se dispone la suspensión de la causa, en segundo lugar, atendiendo que como ya se apuntara precedentemente, el desafuero es requerido únicamente para que el proceso pueda tener inicio, con lo cual una vez otorgado, el mismo debe proseguir hasta su culminación y, por último, la resolución que se pretende hacer valer en la presente causa es la que deroga la resolución N° 48 de fecha 20 de julio de 2023, dictada por la Honorable Cámara de Senadores con posterioridad al inicio del proceso penal”, señala la resolución del magistrado.
Del mismo modo refiere el fallo que “esta magistratura concluye la improcedencia de la excepción de falta de acción, atendiendo que la inmunidad de proceso no implica exención de responsabilidad penal ante la supuesta comisión de un hecho punible por parte de un parlamentario y, respecto de la Resolución Nº 502 de fecha 4 de abril de 2023, dictada por la Honorable Cámara de Senadores, que la misma no tiene incidencia alguna en el presente proceso, atendiendo que el mismo ya ha iniciado y dicha etapa se encuentra preclusa.
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