La diputada Kattya González exigió la salida del viceministro de Rectoría y Vigilancia de Salud, Julio Rolón Vicioso, “por irresponsable”. La legisladora arremetió contra el actuar del viceministro y cuestionó el accionar del MSPyBS, al que calificó como la “gestión de una seccional”.
“Rolón se tiene que ir del viceministerio por irresponsable. Manejó el viceministerio como una seccional desde que entró. Le dio un falso positivo a un colega. Nadie inventa nada, se estafó”, fue contundente la diputada al intimar al viceministro durante el programa de Cara o Cruz de Unicanal.
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“No nos tomen de estúpidos a todos los paraguayos. La Fiscalía posiblemente no haga su trabajo porque en este país es cómplice. Nos sentimos ofendidos”, expresó la diputada, contra las justificaciones del viceministro Rolón, quien minimizó la actuación del exviceministro Portillo calificándolo de “desahogo”.
Respecto al cheque de cobro del seguro tras compras fallidas del MSPyBS, la diputada exigió al viceministro que dejen de burlarse de la ciudadanía porque ese monto jamás debería haberse cobrado, ya que fue una compra vía excepción. “Ese anticipo jamás se tuvo que haber pagado”, ya que el pago debía hacerse por contraentrega de productos, reiteró González.
Por su parte, el viceministro Rolón Vicioso justificó su actuar: “Pido disculpas en honor a todas las personas que cumplen las normas. Debemos ser ejemplo en todos los aspectos”. Asimismo, acotó: “Soy seccionalero con orgullo, es un lugar donde uno practica la democracia. Soy de los buenos, que somos mayoría dentro del Partido Colorado”.
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Caso Kattya: Senado recusa a camarista y ministro de la CSJ
La presidencia del Senado, liderada por Basilio Núñez, recusó al ministro de la Corte Suprema de Justicia, Víctor Ríos, y al camarista del fuero civil, Esteban Kriskovich, quienes integran la Sala Constitucional ampliada que analizará la acción de inconstitucionalidad promovida por la exsenadora Kattya González contra su pérdida de investidura.
Ahora deberá integrarse la CSJ con otros dos camaristas para resolver ambas recusaciones.
En el argumento para apartar a Ríos se hace alusión a que el mismo, en reiteradas ocasiones, preopinó sobre el caso, por lo que ya no puede intervenir en el fondo de la cuestión.
“En su momento, él también fue legislador y participó de pérdida de investidura de varios excolegas”, comentó Núñez, en una entrevista con los medios de comunicación.
El documento de recusación contra Ríos indica que “los elementos fácticos que respaldan esta recusación sobrevenidos y claramente identificables refuerzan de forma contundente la razonabilidad de la petición. Cabe destacar que, inicialmente, existía la convicción de que el pasado político del magistrado en cuestión no incidiría en el ejercicio de su función jurisdiccional. Incluso, albergábamos la expectativa, basada en el principio de buena fe procesal, de que su experiencia previa no influiría en su valoración de los hechos y en su desempeño como juez constitucional”.
Agrega que, “sin embargo, sus intervenciones públicas, formuladas ya ostentando la calidad de ministro de la Corte Suprema de Justicia, son elocuentes como para disipar toda expectativa de neutralidad. Se trata de declaraciones reiteradas, precisas y claramente orientadas hacia una de las posiciones procesales debatidas en este proceso judicial”.
La recusación presentada con el respaldo de un grupo de senadores indica: “No nos hallamos ante expresiones vagas, circunstanciales o de carácter técnico doctrinario. Por el contrario, las manifestaciones referidas, expuestas de forma abierta y pública, revelan un posicionamiento definido y anticipado respecto del conflicto constitucional que esta sala debe resolver, por todo ello no puede interpretarse esta recusación como una maniobra procesal improcedente ni como una invocación extemporánea del derecho a recusar”.
Se señala que la petición es “legítima, presentada de manera responsable y dentro de los márgenes temporales legales, en atención a hechos que no solo configuran una sospecha, sino que constituyen una causal efectiva, concreta y objetiva demostrable para apartar al magistrado de la causa”. Mientras que la recusación contra Kriskovich fue impulsada sin “causa presentada”.
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LN PM: edición del 4 de junio
Senado recusó a integrantes de sala constitucional por caso Kattya
La presidencia del Senado, liderada por Basilio Núñez, recusó al ministro de la Corte Suprema de Justicia, Víctor Ríos y al camarista del fuero civil, Esteban Kriskovich, quienes integran la sala constitucional ampliada que analizará la acción de inconstitucionalidad promovida por la exsenadora Kattya González contra su pérdida de investidura. Ahora deberá integrarse la CSJ con otros dos camaristas para resolver ambas recusaciones.
En el argumento para apartar a Ríos se hace alusión a que el mismo, en reiteradas ocasiones, preopinó sobre el caso, por lo que ya no puede intervenir en el fondo de la cuestión. “En su momento, él también fue legislador y participó de pérdida de investidura de varios excolegas”, comentó Núñez, este miércoles, en una entrevista con los medios de comunicación.
Policía sostiene (por ahora) que menor habría actuado solo y resguarda a los padres
Para la Policía Nacional, todo apunta a que el joven menor de edad sería el único autor material del macabro asesinato de María Fernanda Benítez. Si bien los padres también están siendo investigados, estos ahora se encuentran bajo resguardo de las autoridades.
El jefe de Investigaciones de la Policía Nacional, comisario César Silguero, se refirió al avance de la investigación en torno al crimen de María Fernanda Benítez, cuyo cuerpo fue hallado el fin de semana. Reiteró que, hasta el momento, el joven es el único vinculado de manera material al asesinato, y que no se identificó la participación de otras personas, incluidos los padres del imputado.
Así quedaría el nuevo salario mínimo con el descuento de IPS
El dato utilizado para el reajuste del sueldo mínimo ya fue comunicado por el Banco Central del Paraguay (BCP) y los siguientes pasos serán cuestión de trámite. El salario aumentará G. 100.700 guaraníes desde el 1 de julio.
La banca matriz informó que la inflación del último mes fue del cero por ciento, con lo cual, la interanual es del 3,6 %, lo que equivale al G. 100.739. Con estas variables, el salario que hoy es de G. 2.798.309 pasará a G. 2.899.048, lo que, redondeando llega a G. 2.900.000. El jornal mínimo, que hoy es de G. 107.627, tendrá una diferencia de G. 3.874 con el 3,6 % de inflación, lo que significa que pasará a valer G. 111.501.
Precio de la carne aumentó 5 % en mayo, mientras que el huevo bajó 18,5 %
La carne tuvo un aumento de precio en general del 5 % en mayo pasado, según el Índice de Precios al Consumidor del Banco Central del Paraguay (BCP). Los cortes con más del 9 % de aumento fueron la costilla, la falda y el puchero de segunda. En contrapartida, alimentos como el huevo, las hortalizas y las frutas frescas tuvieron bajas del 18,5 %, 9,9 % y 3,6 %, respectivamente.
El último reporte de inflación de la banca matriz registró un 0 % de inflación en mayo, porcentaje que fue compensado por bajas principalmente de productos frutihortícolas y combustibles. No obstante, dentro de la categoría alimentos, la carne vacuna fue uno de los rubros con mayor variación, en torno a un 5 % con respecto a abril.
Paraguay tiene dotación completa
La selección paraguaya mayor activó ayer martes por primera vez con plantel completo de 27 jugadores convocados. El punto de inicio de la práctica estuvo en el gimnasio principal del Carde de Ypané, luego la actividad pasó al campo con una activación coordinativa, seguida de juegos de 4 vs. 2 y finalmente se centró en aspectos tácticos y de preparación específica.
El entrenador Gustavo Alfaro tiene la última palabra y este miércoles volverá a probar algunas fórmulas para ajustar los últimos detalles y confirmar plenamente el equipo que jugará este jueves ante Uruguay en el Defensores del Chaco (20:00), por la fecha 15 de las eliminatorias sudamericanas camino al Mundial 2026.
Marset reacciona al verse acorralado, afirma ministro de la Senad
El ministro de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad), Jalid Rachid, sostuvo que la presunta carta emitida por el narcotraficante uruguayo Sebastián Marset, en que amenazó a las autoridades paraguayas, es un reacción al verse acorralado por las recientes acciones de la Justicia local, así como de Estados Unidos. El comunicado fue difundido ayer por una radio uruguaya.
“Esto obviamente es una reacción a todo lo que le está ocurriendo, en primer término, la esposa extraditada a Paraguay, inmediatamente la recompensa de los 2 millones de dólares del gobierno americano sobre él, después el propio Fiscal General del Estado casi afirma que tendría vinculación como autor moral en el caso de Marcelo Pecci. Es una serie de situaciones que recaen sobre él, y él reacciona y dice ‘esto no es así por tal motivo’”, dijo el ministro.
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Senado recusó a integrantes de sala constitucional por caso Kattya
La presidencia del Senado, liderada por Basilio Núñez, recusó al ministro de la Corte Suprema de Justicia, Víctor Ríos y al camarista del fuero civil, Esteban Kriskovich, quienes integran la sala constitucional ampliada que analizará la acción de inconstitucionalidad promovida por la exsenadora Kattya González contra su pérdida de investidura. Ahora deberá integrarse la CSJ con otros dos camaristas para resolver ambas recusaciones.
En el argumento para apartar a Ríos se hace alusión a que el mismo, en reiteradas ocasiones, preopinó sobre el caso, por lo que ya no puede intervenir en el fondo de la cuestión. “En su momento, él también fue legislador y participó de pérdida de investidura de varios excolegas”, comentó Núñez, este miércoles, en una entrevista con los medios de comunicación.
El documento de recusación contra Ríos indica que “los elementos fácticos que respaldan está recusación sobrevenidos y claramente identificables refuerzan de forma forma contundente la razonabilidad de la petición. Cabe destacar que, inicialmente, existía la convicción de que el pasado político del magistrado en cuestión no incidiría en el ejercicio de su función jurisdiccional. Incluso, albergábamos la expectativa, basada en el principio de buena fe procesal, de que su experiencia previa no influiría en su valoración de los hechos y en su desempeño como juez constitucional”.
Agrega que, “sin embargo, sus intervenciones públicas, formuladas ya ostentando la calidad de ministro de la Corte Suprema de Justicia, son elocuentes como para disipar toda expectativa de neutralidad. Se trata de declaraciones reiteradas, precisas y claramente orientadas hacia una de las posiciones procesales debatidas en este proceso judicial".
La recusación presentada con el respaldo de un grupo de senadores indica: “No nos hallamos ante expresiones vagas, circunstanciales o de carácter técnico doctrinario. Por el contrario, las manifestaciones referidas, expuestas de forma abierta y pública, revelan un posicionamiento definido y anticipado respecto del conflicto constitucional que esta sala debe resolver, por todo ello no puede interpretarse esta recusación como una maniobra procesal improcedente ni como una invocación extemporánea del derecho a recusar”.
Se señala que la petición es “legítima, presentada de manera responsable y dentro de los márgenes temporales legales, en atención a hechos que no solo configuran una sospecha, sino que constituyen una causal efectiva, concreta y objetiva demostrable para apartar al magistrado de la causa”.
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“Causa presentada”
Mientras que la recusación contra Kriskovich fue impulsada sin “causa presentada”. En el documento se sostiene que la medida fue realizada conforme con lo dispuesto en el artículo 24 y concordantes del Código Procesal Civil, el cual exige que se dé curso al trámite legal correspondiente y se resuelva según lo solicitado previo a cualquier pronunciamiento sobre el fondo del asunto.
“Esto es hasta una cuestión ética, teniendo en cuenta que él fue embajador durante el gobierno del expresidente de la República, Horacio Cartes”, refirió Basilio Núñez.
El camarista aceptó atender el caso tras la inhibición de los ministros Eugenio Jiménez Rolón y César Garay Zuccolillo. A finales de mayo, la Corte comunicó al Senado la integración de la sala constitucional ampliada, cuyos integrantes también son los ministros Gustavo Santander, César Diesel, Alberto Martínez Simón, Carolina Llanes, Manuel Ramírez Candia, Luis María Benítez Riera y el camarista Miguel Ángel Rodas.
Antecedentes
Kattya González quedó fuera del Senado el 14 de febrero del 2024. Mientras que la acción de inconstitucionalidad fue promovida el 27 de febrero del mismo año.
Un total de 23 senadores acompañaron la expulsión de la ahora excongresista de la Cámara Alta, registrándose siete abstenciones y 15 ausencias. El procedimiento se basó en un libelo acusatorio de 73 páginas, en que, entre otras argumentaciones, sindicaban a la ahora exparlamentaria de uso indebido de influencias.
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Intervención: ¿se puede tumbar a un intendente sin que existan hechos punibles?
- Por Nadia Denis (nadia.denis@nacionmedia.com).
El pedido del Poder Ejecutivo para intervenir las municipalidades de Asunción y Ciudad del Este, en proceso en la Cámara de Diputados, generó gran revuelo político y ambos intendentes, y sus respectivos aliados, han salido a defender su gestión, pero, cuáles son los motivos por los cuales se puede solicitar la intervención.
En conversación entre La Nación/Nación Media y el abogado Ricardo Preda, explicó que la existencia de un hecho punible o un indicio del mismo no es el único causal para una intervención; la sospecha de malos manejos administrativos, que no constituyan un delito, también pueden requerir la medida constitucional de la intervención.
“Por ejemplo, si yo utilizo un rubro en otro, es decir, dinero que está para construcciones para pagar salarios de los funcionarios, eso propiamente no es un delito porque no hay un perjuicio patrimonial, pero es una mala administración porque estoy usando incorrectamente los rubros”, detalló.
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Hay un extenso listado de cuestiones que no corresponden a un delito como tal, pero sí habla de una mala gestión del administrador de gastos. Por citar algunos: falta de rendición de cuentas, desorganización en los registros contables y administrativos, inadecuado manejo de bienes patrimoniales, falta de respuesta a requerimientos de órganos de control, entre otros.
“Los defensores de uno de los intendentes, decía que ‘acá no hay perjuicio patrimonial’, yo desconozco porque no profundicé ninguno de los dos casos y no sé si es el caso, pero si una municipalidad paga todo con cheques al portador, eso es una mala administración, no necesariamente es un perjuicio patrimonial porque de por ahí se pagaron deudas que eran reales, pero no está bien que se pague de esa manera porque eso es poco transparente”, sostuvo.
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La intervención
La intervención es una herramienta que está presente en el artículo n.° 165 de la Constitución y que está regulada por la ley n.° 317/1994. En estas normativas, se menciona la atribución de la Contraloría para cursar la solicitud de las intervenciones, mediante el Ministerio del Interior (Poder Ejecutivo), así como de las Juntas Municipales.
La Cámara de Diputados conformó dos comisiones especiales para investigar los motivos del pedido de intervención y que deberán emitir un dictamen en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su instalación. Posteriormente, el pleno deberá tratar este punto y definir si presta el acuerdo al Poder Ejecutivo para intervenir la municipalidad.
En caso de aprobarse la intervención, el Ejecutivo deberá designar a un interventor que tiene un plazo de 90 días, con posibilidad de prórroga, y deberá realizar una auditoría administrativa, financiera y legal de la gestión del intendente suspendido. Finalizado este trabajo, deberá remitir un informe recomendando la restitución o destitución del intendente
¿Pero, si el intendente renuncia, sigue en pie la intervención? No, si la renuncia presentada por el jefe comunal es aceptada por la Junta Municipal, la intervención queda sin efecto, no obstante, si existen presunciones de hechos punibles, el Ministerio Público tiene atribuciones para investigar.
“El hecho de que se le destituya o renuncie no cambia en absoluto de que el Ministerio Público va a estar obligado a perseguir esos delitos. Desde el punto de vista de los malos manejos que no constituyan hechos punibles que generan algún tipo de responsabilidad, igual la Municipalidad va a poder reclamar a esa autoridad que hizo incorrectamente, hay acciones civiles establecidas si hay algún perjuicio causado por el administrador, pero que no constituya hechos punibles”, puntualizó Preda a LN.