La Cámara de Senadores sancionó la ley que cancela las facturas de Ande y Essap por 6 meses teniendo en cuenta las denuncias de sobrefacturación que se dieron en estos últimos 3 meses. El Senado no reunió la mayoría absoluta, que es de 23 votos, para que sea ratificada su versión, por lo que queda sancionado el texto de la Cámara de Diputados y pasa al Poder Ejecutivo para su estudio.

Aquellas facturas que no fueron emitidas en base a lectura de los medidores, en un plazo de treinta días a partir de la promulgación de la presente ley, serán anuladas. Se emitirá una sola factura por los 4 meses, que podrá ser fraccionado en 18 meses, que se sumarán a las facturas del consumo a partir del mes siguiente a la promulgación de la presente ley.

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Además, reconocerán a los clientes el pago a esas facturas que hicieron con anterioridad. Esto tanto en la Ande como en la Essap.

Con esta versión, también se amplía la franja de exoneración en su totalidad a quienes hayan consumido 1.000 kWh/mes. La Ley de Emergencia Sanitaria ya establecía exoneración, pero para los usuarios que llegan a un consumo de 500 kWh, cifra que se duplicó con esta ley.

En un apartado, prohíben a dichas empresas emitir facturas sin que se haya realizado la lectura del medidor del usuario, siendo responsable administrativa, civil y penalmente la institución y las máximas autoridades por los daños que pudiera ocasionar el incumplimiento de la norma.

Por último, también incluyen a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) para un descuento de hasta el 100% en las facturas de la Essap, aguateras o Juntas de Saneamiento que podrán ser diferidas.

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