En conferencia de prensa de esta mañana, el director del Hospital de Trauma, el doctor Agustín Saldívar informó que este fin de semana pasado atendieron 75 casos de agresión, de los cuales 6 fueron de violencia intrafamiliar, 3 masculinos y 3 femeninos. El fin de semana dejó 11 fallecidos, de estos, 5 fueron en moto, uno de ellos por arrollamiento. Los fallecidos en accidentes eran muy jóvenes, de 18, 20, 22 y 25 años de edad, agregó.
“Lo que a nosotros nos llama la atención es que siguen habiendo víctimas fatales de siniestros en motos en el interior. Muchos de ellos por falta de iluminación, tanto adelante como atrás, y el hecho de no tener los cascos de protección homologados, correspondientes. La informalidad es el amigo de las víctimas fatales en moto, lastimosamente”, expuso.
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Saldívar aseguró que se debe seguir insistiendo en la cultura de respetar las normas viales y sobre todo de la protección correspondientes a las personas, el no traslado de menores de edad en motos. Refirió que, entre los accidentados, registraron internados 9 niños que fueron víctimas de siniestros en motos, entre ellos de Asunción (4), Curuguaty, Tobatí, Limpio, Areguá y San Pedro.
Señaló que el menor tiene tan solo 2 años y, el mayor de ellos, 14 años, el último está en UTI. “Tenemos dos niños internados, uno de los cuales el menor que vino de Curuguaty se encuentra en terapia intensiva. La responsabilidad de los ciudadanos es velar el debido cuidado de los menores”, enfatizó.
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Adultos mayores y menores de 2 años concentran el 53 % de las internaciones por virus respiratorios
Este viernes, el Ministerio de Salud informó que la carga de internación por Infecciones Respiratorias Agudas Graves (IRAG) se concentra fuertemente en las edades extremas como adultos mayores de 60 años y niños menores de 2 años, que representan el 53 % de las hospitalizaciones. En lo que va del año reportan 267 los fallecidos asociados a virus respiratorios.
Según el reporte de Vigilancia de la Salud, las hospitalizaciones por infecciones respiratorias agudas graves en las semanas epidemiológicas (SE) 40 a la (SE) 43, un total de 1.079 personas fueron hospitalizadas por infecciones respiratorias en los centros centinelas. De este número, el 18 % ingresó a la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI).
“Las personas de 60 años y más lideran los ingresos hospitalarios con el 28 %, seguido por la franja de niños de menos de 2 años, que representa el 25 %, totalizando el 53 % de los internados. En la última semana se observa un descenso de internados”, resaltaron en el reporte.
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Afirmaron que la proporción de hospitalizados por infecciones respiratorias agudas se ubica por encima de la curva promedio. Siendo el rhinovirus el predominante entre los pacientes en un 57 %. Le siguen en frecuencia
- el metapneumovirus
- el virus sincitial respiratorio (VSR)
- influenza B,
- SARS-CoV-2
- adenovirus
- y parainfluenza e influenza A (H3N2).
En lo que va del 2026, se mantienen en 267 los fallecidos asociados a virus respiratorios. En estas últimas cuatro semanas se confirmaron 19 decesos asociados a la enfermedad. Desde la cartera sanitaria se recuerda no enviar a los niños con síntomas respiratorios a la escuela, colegio ni a la guardería, en cumplimiento de los filtros escolares.
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Ante emergencia vial por accidentes, Salud y Agencia de Tránsito coordinan acciones de educación y prevención
El Ministerio de Salud Pública y la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (ANTSV) coordinan acciones de educación vial y prevención de siniestros ante los costos que genera la atención de las víctimas de accidentes de tránsito.
En ese contexto, el ministro Isaías Fretes mantuvo una reunión de trabajo con el director ejecutivo de la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (ANTSV), Hernán Jiménez Castro, y su equipo técnico. También participaron el senador nacional Derlis Maidana y una comitiva del departamento de Misiones.
Desde la cartera sanitaria informaron que durante el encuentro analizaron las estadísticas de siniestralidad vial y los costos que genera la atención de las víctimas para las familias y el Estado.
Según los datos presentados por la ANTSV, entre 2020 y junio de 2026 se registraron 326.912 siniestros viales, 86.397 personas lesionadas y 8.116 fallecidas.
Los motociclistas concentran cerca del 60 % de los fallecidos y el 76 % de los lesionados. Generalmente, se llevan la peor parte en los percances por no usar cascos o no tomar las debidas medidas de precaución. Son presa fácil de siniestros viales por no respetar las señales de tránsito, conducir de manera imprudente o llevar acompañantes en forma excesiva.
En 2025, el Hospital de Trauma recibió 9.134 motociclistas, quienes representaron el 79 % de sus ingresos, de acuerdo con la presentación de la Agencia.
En el marco de la emergencia vial, las autoridades dialogaron sobre acciones de concienciación ciudadana y educación vial, acompañadas de controles. También abordaron el trabajo conjunto para impulsar modificaciones a la normativa que contribuyan a prevenir siniestros.
La articulación entre Salud y la ANTSV busca fortalecer la prevención, reducir las lesiones y muertes en el tránsito y disminuir su impacto en las familias y los servicios de salud.
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Plantean hasta 20 años de cárcel para quienes alteren la identidad biológica de niños
Un grupo de senadores acudió este miércoles a la Plaza de Armas para recepcionar la iniciativa popular que propone hasta 20 años de cárcel para los adultos que interfieran, alteren o dañen la percepción natural del niño acerca de la sexualidad o su identidad biológica.
El proyecto denominado “La ideología de género es abuso infantil” ya tuvo entrada oficial y fue girado a la Comisión de Legislación de la Cámara para su dictamen correspondiente. El mismo es impulsado por sectores conservadores y religiosos.
Los impulsores buscan modificar el artículo 135 de la ley 6002&/17 que modifica la ley 1160/97 del Código Penal, modificado por el artículo 1 de la ley 3440/08 que modifica varias disposiciones de la ley 1160/97del Código Penal.
El documento en su artículo 135, inciso A, referente al abuso sexual en niños detalla en su artículo 1 que “el que realizara actos sexuales con un niño, o lo indujera a realizarlo en sí mismo o a terceros, será castigado con pena privativa de libertad de cuatro a quince años. Con la misma pena será castigado el que realizara actos sexuales manifiestamente relevantes ante un niño y dirigidos a él, o lo indujera a realizarlos ante sí o ante terceros.
En su artículo 2 menciona que en los casos señalados en el inciso anterior la pena privativa de libertad será de diez a quince años cuando el autor al realizar el hecho haya maltratado físicamente a la víctima, haya abusado de la víctima en diversas ocasiones; o haya cometido el hecho con un niño que sea su hijo biológico, adoptivo o hijastro, o con un niño o niña cuya educación o tutela o guarda este a su cargo.
Agrega que cuando concurra más de una circunstancia de las señaladas en el inciso 2, el autor será castigado con pena privativa de libertad de quince a veinte años. En los casos señalados en el inciso 1, la pena privativa de libertad no será menor de 15 años cuando el autor haya realizado el coito con la víctima. En caso de que la víctima sea menor de diez años, la pena no será menor de veinte años. Menciona que se entenderá por niño, a los efectos de este capítulo, la persona que no haya cumplido catorce años de edad.
En su artículo 135, inciso b referente al abuso por medios tecnológicos, el proyecto de ley argumenta que “el que por medio de publicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, solicite o exija de cualquier modo a un niño o niña que realice actos sexuales o que le envíe imágenes de sí misma con contenido sexual, será castigado con pena privativa de libertad de hasta tres años. Será castigada también la tentativa”.
Mientras que en su artículo 135, inciso C hace referencia al abuso bajo otras formas el cual expresa que “el que elaborara, distribuyera, comercializara, promocionara, difundiera, publicara materiales impresos o realizara actos que pudieran interferir, alterar o dañar la percepción natural del niño acerca de la sexualidad, el ejercicio de ella o su identidad biológica, será castigado con pena privativa de libertad ah de cuatro a diez años”.
Si el hecho fuere cometido por un funcionario público o autoridad electa, será castigado con pena privativa de libertad de diez a quince años. En el caso señalado en el inciso anterior la pena privativa de libertad será de 15 a 20 años cuando el funcionario o autoridad haya autorizado o aprobado tales materiales o actos.
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Diputados aprueba prohibición de casamiento de menores de edad
La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que modifica el Código Civil y prohíbe el matrimonio antes de los 18 años. El texto con media sanción establece que ninguna persona menor de 18 años podrá contraer matrimonio, sin excepciones por consentimiento de los padres, tutores o autorización judicial.
Se prohíbe expresamente el matrimonio entre una persona menor de edad y una persona adulta, con la advertencia de que los casos de incumplimiento serán denunciados ante el Ministerio Público. Durante la sesión, la diputada Dalia Estigarribia, titular de la Comisión de Niñez y Adolescencia, fundamentó a favor de la aprobación del citado proyecto de ley.
Prevenir y erradicar el matrimonio infantil
La legisladora insistió en la necesidad de establecer mecanismos legales que impidan que se produzcan abusos bajo la apariencia de un matrimonio. Aclaró que la propuesta se enmarca en los compromisos asumidos por Paraguay para impulsar acciones, políticas públicas y medidas legislativas orientadas a prevenir y erradicar el matrimonio infantil y las uniones tempranas y forzadas.
Concretamente el texto establece que no podrán contraer matrimonio las personas que no hayan cumplido 18 años, independientemente de que cuenten con el consentimiento de sus padres, tutores o una autorización judicial. Con ello se busca eliminar las excepciones que actualmente permiten habilitar matrimonios antes de esa edad.
Asimismo, incorpora expresamente la prohibición del matrimonio entre una persona menor de edad y una persona adulta, bajo cualquier circunstancia. En cuanto a las situaciones en curso, el proyecto dispone que los matrimonios que se encuentren en proceso de formalización y que involucren a personas menores de 18 años deberán suspenderse hasta que ambas partes alcancen la mayoría de edad.
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