El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), a través del Viceministerio de Transporte (VMT), verificó una denuncia contra la línea 15-1, donde una persona con discapacidad fue expulsada de la misma tras intentar acceder al derecho del pasaje gratuito.
Tras el hecho, resolvió imponer una multa a la citada empresa por el incumplimiento de la Ley 6.556/2020.
El monto de la multa impuesta a la empresa asciende a 50 jornales o G. 4.402.550, de acuerdo a lo establecido en el decreto 4.821 del Poder Ejecutivo, exponiéndose a sanciones más severas ante la reincidencia. La denuncia fue realizada vía redes sociales días atrás y publicado en medios de comunicación. Tras ello, se recuerda la vigencia de la Ley 6.556/2020 que establece el pasaje gratuito para personas con discapacidad.
Número para reclamos
Desde la secretaría de Estado se insta a los ciudadanos que sean víctimas de hechos similares a lo publicado a que realicen la denuncia correspondiente a través de la línea de WhatsApp del centro de reclamos, que tiene el número (0986) 898-600.
Se recomienda además remitir como evidencia un video en donde se pueda constatar el número de línea y de coche, para así poder tomar las medidas correspondientes con la mayor celeridad posible.
Podés leer: “Epidemia” de accidentes viales también colapsa al Hospital Nacional de Itauguá
Dejanos tu comentario
Derrumbe en Encarnación: diputado Pereira debería poner a disposición a su banca, refieren
La empresa del diputado Carlos Pereira Rieve, fue una de las firmas que formó parte en la provisión del hormigón en la obra del edificio derrumbado en Encarnación y que se cobró la vida de dos personas, de una mujer y de su nieta. Sobre esto, el senador Dionisio Amarilla expresó su parecer y cuestionó el actuar del legislador de su partido.
“En un país serio, el señor Pereira, cuanto menos, estaría poniendo su banca a disposición y también se sometería a la investigación fiscal. Evidentemente, este señor bastante bravucón por cierto, no solamente sigue trabajando en su empresa, siendo que le prohíbe la Constitución Nacional”, enfatizó.
Amarilla recordó que la Carta Magna solo admite a los parlamentarios a ejercer la docencia o a realizar investigaciones científicas, no así, dedicarse a actividades empresariales. Asimismo, el senador liberal indicó que Pereira no es el único que aún sigue operando en el sector privado.
Lea también: Empresa de diputado Pereira cargó la losa del edificio caído en Encarnación
“El diputado Pedro Gómez también vende a la Gobernación de Itapúa, esperemos que la justicia haga su trabajo porque políticamente, aparentemente, tiene una suerte de manto de protección de parte de sus colegas también y como es otra Cámara, nosotros no podemos hacer más que este tipo de manifestaciones”, señaló ante la 650 AM.
En una conferencia de prensa, en conjunto con su plantel societario y gerencial de la empresa, Pereira había reconocido que su hormigonera proveyó el concreto y que además ellos hicieron las losas, es decir, los que iban a ser los pisos del edificio que se derrumbó al no aguantar los 8 niveles que elevaron en altura sobre una estructura preparada solo para 5 pisos, no obstante, hasta el momento no ha habido consecuencias legislativas ni desde la justicia hacia el legislador del Partido Liberal.
Le puede interesar: Latorre y Alliana afinan iniciativas prioritarias dentro de agenda legislativa
Dejanos tu comentario
“Deporte e inclusión: rompiendo barreras para las personas con discapacidad”
- Por Óscar Pineda
- Profesor de Educación
- Física y atleta guía.
Varios atletas y guías participamos por primera vez de una corrida de calle gracias a una alianza entre la Federación Juntos por la Inclusión y Asunción Runners.
La experiencia emocional que vivimos antes, durante y después de la carrera fue maravillosa.
Antes de la fecha estuvimos entrenando bastante para que se pueda dar ese vínculo, esa confianza entre el atleta y el guía y de esa forma poder compartir, disfrutar y culminar la distancia correspondiente.
En lo personal, fue un momento inolvidable. Era mi primera vez como guía, y tuve el privilegio de acompañar a Myrian Acuña, una verdadera campeona. Nuestro objetivo inicial era recorrer 800 metros. Pero, con ganas de correr más, Myrian me preguntó:
—Oski, ¿te animás a hacer los 3k?
—¡Sí, pero a nuestro ritmo!, le respondí.
Durante los 3k compartimos momentos únicos; palabras de aliento, sonrisas y apoyo mutuo. A mitad de camino, Myrian me dijo que no creía poder terminar porque estaba muy cansada. Le respondí que faltaba poco, que lo estábamos logrando. Paso a paso, sin rendirnos, llegamos a la meta. ¡Y completamos los 3k!
El deporte es salud, alegría, comunidad, nos permite conocer a nuevas personas y hacer amistades. Tiene el poder de unir a las personas y regalarnos experiencias únicas. Sin embargo, no todas las personas tienen la oportunidad de practicarlo. Las personas con discapacidad, en particular, enfrentan muchas barreras: desde la falta de guías hasta la inaccesibilidad de muchos espacios.
Por eso, animamos a más personas a convertirse en guías. Para que cada vez más atletas con discapacidad puedan vivir experiencias como la organizada por la Federación Juntos por la Inclusión. Yo la viví como guía, y Myrian como atleta. Y estoy seguro de que, con más encuentros así, la diversidad será parte natural de nuestra vida en sociedad.
Dejanos tu comentario
Usar el celular al conducir es considerado falta grave y tiene una multa de G. 753.389
En el marco del compromiso del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) con la seguridad vial, se recuerda a la ciudadanía que el uso de celulares, como dispositivos que generan distracción durante la conducción está expresamente prohibido por la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial n.º 5016/14 y dicha infracción tiene una multa de 7 jornales equivalentes a la suma de G. 753.389. Así informó el MOPC.
El teléfono móvil es el principal distractor que más perjuicio trajo al tráfico en los últimos tiempos, ya sea para mirar mensajes, consultar la aplicación de mapas o realizar llamadas. La seguridad en el tránsito depende en gran medida de la atención plena del conductor, y respetar las normativas es esencial para prevenir siniestros y proteger la vida de todos los usuarios de la vía pública.
Te puede interesar: Hernandarias: de nuevo fue internado paciente con miasis en la cabeza
De acuerdo al inspector principal Andrés Benítez, director interino de educación y seguridad vial de la Patrulla Caminera, dependiente del MOPC, “la conducción de vehículos utilizando auriculares y/o sistema de comunicación manual continua de voz, texto o datos se considera falta grave”, conforme al artículo 66, inciso V de la normativa vigente. El incumplimiento representa una multa de 7 jornales equivalente a G. 753.389 .
Manos libres también genera peligro
Si bien el uso de manos libres para atender llamadas dentro del vehículo es una opción permitida por la ley, esta acción puede generar distracciones que afectan la capacidad de concentración del conductor, por lo que no se recomienda su uso.
Por ello, se exhorta a los conductores a extremar los cuidados al volante, evitando el uso de teléfonos móviles, manos libres y otros elementos que disminuyan su capacidad de reacción. Es mejor detener el vehículo en un lugar seguro para atender llamadas o enviar mensajes.
El agente también remarcó que la disposición incluye cualquier acción que implique desatender el entorno vial. “Tenemos que aclarar que en esto ya se incluye lo de tomar tereré, mate, hasta inclusive gaseosa, porque el conductor tiene que estar en todo momento pendiente del tránsito y no distraerse con lo que va dentro del vehículo”, subrayó. La distracción, incluso momentánea, puede derivar en accidentes de consecuencias graves, especialmente en zonas de alta circulación.
Desde ambas instituciones se recuerda que, mantener la concentración plena en la conducción es vital para la seguridad de todos. Cada segundo que se aparta la vista del camino, se incrementa exponencialmente el riesgo de sufrir un accidente. Por ello, se insta a todos los conductores a adoptar prácticas responsables y a tomar conciencia de los peligros que conllevan los distractores al conducir.
Podés leer: Tras denuncias por extorsión, autoridades ejecutan requisa en penal de Itapúa
Dejanos tu comentario
Definen si deforestación de 1.600 hectáreas queda con leve sanción o se eleva a juicio oral
La Fiscalía Adjunta de Filadelfia, Chaco, debe definir si el proceso penal por la deforestación 1.600 hectáreas de tierras quedará con leve sanción o se pide que el caso se discuta en un juicio oral y público. En un llamativo cambio de postura la fiscala Laura Ávalos primero ratificó que la causa penal se eleve a juicio oral, pero luego cambió de criterio y prestó su acuerdo para que el acusado pueda simplemente donar alguna suma de dinero y obtener la salida procesal, que es la suspensión condicional del procedimiento.
La jueza Fanny Cáceres se opuso a la salida procesal atendiendo a la gravedad del hecho. Están procesados por delito ambiental Nicole Bibolini y Miguel Antonio Bibolini. El sitio donde se registró la deforestación es en Mariscal Estigarribia.
Te puede interesar: Juez reiteró captura internacional de Rodrigo Granda por plagio de Cecilia Cubas
Ahora, la fiscala adjunta del departamento de Boquerón, María Estefanía González, deberá corregir o avalar el llamativo consentimiento que tuvo la agente fiscal Laura Ávalos, quien primero se ratificó en la acusación y luego estuvo de acuerdo con la suspensión condicional del procedimiento para Miguel Bibolini y el sobreseimiento definitivo para Nicole Bibolini.
Durante la etapa investigativa se recolectaron varios elementos probatorios que sustentan la investigación que realizó el Ministerio Público por lo que llamó poderosamente la actuación de la fiscala Ávalos.
En caso de que se haga lugar a la leve sanción dejaría un precedente negativo para otros casos donde se investigan delitos ambientales y más cuando se trata de tala de árboles.
Podes leer: Caso Cecilia Cubas: confirman condena de 28 años de cárcel para fusilero del EPP