El Ministerio del Interior y la Policía Nacional preparan un plan operativo contra la polución sonora, debido a que la mayoría de llamadas de denuncias al Sistema 911 son a causa de este motivo en el primer semestre de este año.

Del 100% de incidentes, el Sistema de Emergencias 911 registra un 66% del total de llamadas denunciando polución sonora, en gran parte desde las viviendas o automóviles con música a volumen alto en horas de la noche o madrugada.

De enero a junio de 2021, Asunción, además de cuatro ciudades de Central, como Luque, San Lorenzo, Capiatá y Lambaré registran el mayor porcentaje ante el total de incidentes registrados. La Municipalidad de Asunción, ante esta problemática, habilitó un número de teléfono para que los ciudadanos también puedan realizar las denuncias vía WhatsApp al 0986 128-777.

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Esta situación fue procesada a fin de generar concienciación de la ciudadanía ante la gran molestia que se ocasiona entre vecinos lo que perjudica una convivencia pacífica ante el incumplimiento de normativas vigentes. Desde la Policía Nacional no abastecen a cubrir los casos, que finalmente quedan en la resolución entre los propios ciudadanos.

En este sentido, se llevó a cabo una mesa de trabajo entre el Ministerio del Interior y la Policía Nacional en el marco del plan operativo contra la polución sonora, ante el elevado porcentaje registrado en el primer semestre de este año.

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La Ley N° 6.390/20 “que regula la emisión de ruidos” (artículos 8º y 9º) establece claramente que la Policía Nacional está facultada para actuar, de oficio o por denuncias, en conjunto con el Ministerio Público, de manera a ordenar el cese de ruidos molestos, de forma inmediata, en recintos privados y/o públicos.

La Ley Nº 716, que sanciona delitos contra el medio ambiente, establece en el artículo 10º, que serán sancionados con penitenciaría de seis a dieciocho meses y multa de 100 a 500 jornales mínimos legales que van desde ‪8.434.000‬ a ‪42.170.000‬ guaraníes quienes realicen ruidos, vibraciones u ondas expansivas que violen los límites establecidos en la reglamentación correspondiente (inciso A).

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