Con la “Ronda de la Caridad” que consistió en llevar 600 porciones de comida y canastas de alimentos no perecederos a familias afectadas por la crisis económica causada por la pandemia del COVID-19, la Legión de la Buena Voluntad (LBV) celebró 37 años de labor de amor y solidaridad.
La LBV desarrolla programas y proyectos destinados a miles de familias de escasos recursos y en situación de vulnerabilidad en ciudades como Asunción, Lambaré, Gran Asunción y kilómetro N° 9 Acaray de Ciudad del Este.
Leé más: Más de 12.000 paraguayos viajaron a Estados Unidos desde la reapertura de vuelos
La organización realiza acciones enfocadas a la educación y a la inclusión social que buscan el desarrollo integral de las personas con el objetivo de contribuir en la mejora de la calidad de vida.
Sin fines de lucro
La LBV es una Organización de la Sociedad Civil Internacional sin fines de lucro, y fue Paraguay el primer país en adoptar, después de Brasil, el ideal de la Buena Voluntad con el trabajo social y educacional.
En este tiempo de aislamiento es cuando la organización necesita el apoyo de personas de buen corazón que quieran ayudar brindando su colaboración para el sostenimiento de las acciones que desarrolla la institución y así poder seguir llegando a cientos de familias de escasos recursos.
Leé también: Guardias e internos del penal de Ciudad del Este caen por extorsión y amenaza de muerte
“Quien hace caridad, persistiendo en ella, recibe de Dios la caridad de él, o sea, su infinita misericordia”, fueron las palabras de José de Paiva Netto, presidente y fundador de la Legión de la Buena Voluntad.
Los interesados en realizar sus donativos pueden hacerlo a través de giros al: 0985 677662 y al 0981 200840, mientras que los que quieran hacer depósitos bancarios pueden hacerlo a través de la Caja de Ahorro del Banco Visión N°2030929, o la caja de ahorro N°72000427/4 del Banco Itaú o las tarjetas de crédito de Bancard, Visa y Mastercard. El Ruc LBV 800 12712-9.
Podés leer: Forense determina que Analía Rodas falleció por traumatismo de cráneo
Dejanos tu comentario
Destacan labor de funcionarios del TSJE durante las elecciones municipales
Los miembros del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) destacaron la labor de los funcionarios de la institución durante las elecciones municipales del pasado domingo 4 de octubre, celebradas en 263 distritos del país.
“Agradecemos la labor de los funcionarios y funcionarias de la Justicia Electoral, a la Comisión Nacional de Elecciones, en los aspectos de seguridad al Ministerio Público y la Policía Nacional, a la Ande y a la prensa. Todos han contribuido en forma vital para que este trabajo esté llegando a buen término”, expresó el presidente del TSJE, Jorge Bogarín, a través de un posteo en “X”.
El ministro agradeció el trabajo conjunto desplegado por varias instituciones que posibilitó llevar adelante una jornada electoral tranquila.
Te puede interesar: Hugo Javier González ya está con alta hospitalaria, confirman
A su vez, el ministro Jaime Bestard resaltó la institucionalidad y el sistema TREP, expresando su satisfacción por el trabajo realizado por los funcionarios.
“Al final de cuentas la institucionalidad es lo que consolida el desarrollo de un país democráticamente establecido. La herramienta que tenemos en la Justicia Electoral nos permite saber en tiempo real (TREP) y con una precisión increíble los resultados, no solo de los cargos uninominales, sino también de las concejalías. Estamos sumamente satisfechos por el trabajo que se ha realizado”, significó.
El ministro César Rossel también exteriorizó su reconocimiento a quienes hicieron posible un proceso electoral exitoso. El magistrado electoral felicitó a los funcionarios del TSJE, a los medios de prensa y a las Misiones de Observación Electoral.
“Felicito a los funcionarios de la Justicia Electoral que mojan la camiseta. También agradezco a los medios de prensa y no obviar a gente clave en este día, a los observadores internacionales, que siempre nos dan una visión de su país, una visión global y que nos ayudan a mejorar”, remarcó.
Leé también: Embajador presentó cartas credenciales ante Trinidad y Tobago
Dejanos tu comentario
El vori vori vuelve a conquistar el primer lugar entre las mejores sopas del mundo
El emblemático vori vori paraguayo vuelve a posicionarse en el primer lugar del ranking de las mejores sopas del mundo, según la clasificación de Taste Atlas, actualizada el 15 de septiembre de 2026.
Se mantiene en el podio. Taste Atlas es una enciclopedia en línea y un mapa interactivo dedicado a catalogar y promover platos tradicionales, ingredientes locales y restaurantes auténticos de diferentes países. La plataforma reúne más de 10.000 alimentos, bebidas e ingredientes, además de recomendaciones gastronómicas.
Sus listados incluyen clasificaciones de los mejores platos, bebidas, ciudades y cocinas del mundo, elaboradas a partir de valoraciones de usuarios y reseñas de críticos gastronómicos.
Un plato con identidad propia. El vorí vorí es un plato tradicional de la gastronomía paraguaya, caracterizado por un caldo de consistencia espesa que contiene pequeñas bolitas elaboradas con harina de maíz y queso. Su reconocimiento en el ranking internacional vuelve a poner en el centro de la escena a uno de los sabores representativos de la identidad culinaria del país.
Taste Atlas describe la preparación del plato como una mezcla de harina de maíz finamente molida con queso rallado y una pequeña cantidad de grasa o caldo para formar una masa firme, darle forma de pequeñas esferas y cocerlas a fuego lento en un caldo hasta que se hinchen y se ablanden. Para la sopa se sazona con cebolla, ajo, perejil y, ocasionalmente, pimientos, y se sirve tan pronto como las bolitas alcancen una textura uniforme, señala.
Dejanos tu comentario
Directora de Garantías Constitucionales cumple con los requisitos para el cargo
La Dirección de Asuntos Jurídicos de la Corte Suprema de Justicia hizo mención a cuáles son los requisitos para acceder a un cargo titular cualquier dirección general en el Poder Judicial. En ese sentido, recordó que las acordadas dictadas en los años 2019, 2020 y 2022 no introdujeron la exigencia de título universitario para ser designado como director general en el Poder Judicial, sino que reconocieron expresamente la naturaleza de confianza de las Direcciones Generales y establecieron un régimen compatible con la permanencia de quienes ya las ejercían.
Esta aclaración se dio en vista de las publicaciones periodísticas en las que se cuestiona que la titular de la Dirección General del Poder Judicial no cuenta con título universitario.
El dictamen hace mención a los requisitos establecidos para ocupar el cargo de director/a general, en cualquier Dirección General del Poder Judicial, cargo que actualmente ocupa la señora Verónica Lina Sienra Bertón quien ejerce funciones en esa dependencia hace aproximadamente tres décadas.
Primeramente, el artículo 47, numeral 3, de la Constitución de la República, garantiza el acceso igualitario a las funciones públicas no electivas sin más requisito que la idoneidad.
El dictamen explica que esta idoneidad no se identifica necesariamente con un título universitario, en tanto que dicha exigencia comprende la formación, la experiencia, los conocimientos y la trayectoria necesarios para el adecuado desempeño del cargo. Un título académico sólo es exigible cuando una norma o el perfil específico del puesto lo establece expresamente, y ninguna disposición aplicable a la Dirección General de Garantías Constitucionales lo hace.
Seguidamente, no puede dejarse de mencionar la trayectoria de la funcionaria. La señora María Verónica Lina Sienra Bertón ingresó al Poder Judicial el 11 de septiembre de 1998, contratada como jefa de la dependencia de Garantías Constitucionales, Remates y Peritos Judiciales, cuando el actual ministro Luis María Benítez Riera todavía no integraba la Corte Suprema de Justicia. Desde entonces, desempeñó de manera continua funciones de jefatura en la misma dependencia: fue nombrada en el año 2000, confirmada como jefa supervisora en 2002 y designada como jefa de sección en 2008.
Su nombramiento como directora general, el 31 de enero de 2012, no significó el ingreso de una persona ajena a la institución ni el acceso repentino a un cargo gerencial, sino la culminación de más de trece años de carrera desarrollada en el área cuyos procedimientos conocía desde todos los niveles de responsabilidad.
En cuanto al marco normativo, señala el dictamen que no existe reglamentación alguna al tiempo del nombramiento en el 2012, que exigiera un título universitario para acceder al cargo de Directora General y, conforme al principio de irretroactividad del artículo 14 de la Constitución de la República y la regla tempus regit actum, la validez de una designación debe juzgarse según las normas vigentes al momento de dictarse.
Las Acordadas posteriores (N° 1.309/2019, N° 1.479/2020 y N° 1.679/2022) tampoco incorporaron esa exigencia: declararon a las Direcciones Generales como cargos de confianza, contemplaron expresamente la permanencia de quienes ya los ocupaban y, al referirse al “nivel académico necesario”, emplearon una fórmula funcional que no impone una titulación específica.
A su vez, la Acordada N° 1.815/2025 define a la Dirección General de Garantías Constitucionales como una unidad administrativa de asistencia jurisdiccional que no ejerce jurisdicción, así como tampoco exige una profesión reglamentada.
En conclusión, las acordadas dictadas en los años 2019, 2020 y 2022 no introdujeron la exigencia de título universitario para ser designado como director general en el Poder Judicial, sino que reconocieron expresamente la naturaleza de confianza de las Direcciones Generales y establecieron un régimen compatible con la permanencia de quienes ya las ejercían.
Asimismo, la Acordada N° 1.815/2025 define a la Dirección General de Garantías Constitucionales como una unidad de estructura administrativa de asistencia jurisdiccional y no exige para su titularidad una profesión reglamentada ni un título universitario de grado determinado. Dicha dependencia no resuelve casos judiciales, ni ejerce función jurisdiccional algunos reservados a los jueces.
En consecuencia, concluye el dictamen, no corresponde inferir la irregularidad en la designación o la permanencia de la funcionaria en el cargo, a partir de la ausencia de una titulación universitaria que ninguna disposición aplicable exige.
Podes leer: Jueza ordenó captura de condenadas por la muerte de Sol Chávez
Dejanos tu comentario
Gobierno protege como bien patrimonial cultural el legado del Pa’i Puku en el Chaco
El Gobierno, a través de la Secretaría Nacional de Cultura, declaró como bien de valor patrimonial cultural al conjunto histórico del Vicariato Apostólico del Pilcomayo, ubicado en la ciudad de Mariscal José Félix Estigarribia, departamento de Boquerón. El sitio mantiene además una estrecha vinculación con la vida y la labor de monseñor Pedro Shaw OMI, que fue conocido como Pa’i Puku, cuyos restos descansan en la iglesia.
Esta declaratoria se estableció mediante la Resolución SNC n.º 394/2026, del 6 de julio de 2026, y comprende tres manzanas: la Iglesia San Miguel Arcángel y sus construcciones anexas; la Casa Episcopal, conocida como San Miguel Róga, y sus anexos; los talleres de los antiguos colonos menonitas.
De acuerdo con el documento, el reconocimiento se sustenta en el valor arquitectónico, histórico y simbólico del conjunto. Las edificaciones conservan características constructivas propias de su periodo de origen, entre ellas el uso de ladrillos a la vista, galerías laterales, cubiertas a dos aguas y aberturas con arcos de medio punto. Su disposición dentro de tres manzanas forma parte de la configuración histórica del área urbana del distrito de Mariscal Estigarribia.
Al respecto, resaltan que la Iglesia San Miguel Arcángel y la Casa Episcopal fueron construidas en 1956. La iglesia funcionó como sede principal del Vicariato Apostólico del Pilcomayo y el conjunto estuvo vinculado al proceso de evangelización desarrollado por los Misioneros Oblatos en el Chaco Central y sus áreas de influencia.
Legado
Mencionan que el sitio mantiene una estrecha relación con la vida y la labor de monseñor Pedro Shaw OMI, conocido como Pa’i Puku, quien desarrolló su misión en el Chaco desde 1952 y fue vicario apostólico del Pilcomayo desde 1981 hasta su fallecimiento, en 1984. Sus restos descansan en la Iglesia San Miguel Arcángel y, entre los bienes vinculados a su memoria, se conserva la Land Rover de la misión en la que viajaba cuando sufrió el accidente que causó su muerte, el 21 de junio de 1984, sobre la ruta Transchaco.
La declaratoria fue impulsada a partir de la solicitud presentada por el entonces administrador apostólico del Vicariato Apostólico del Pilcomayo, padre Miguel Fritz OMI. El procedimiento incluyó la verificación del sitio y la evaluación de sus valores patrimoniales por parte de la Dirección de Bienes Culturales, dependiente de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la SNC.
“Con esta resolución, el conjunto de inmuebles queda incorporado al régimen de protección de bienes culturales establecido por la Ley n.º 5621/2016, de Protección del Patrimonio Cultural. La medida forma parte de las acciones desarrolladas por la Secretaría Nacional de Cultura para identificar, registrar y proteger bienes vinculados a la historia, la arquitectura y la memoria de las comunidades del país”, concluye el informe.
Lea además: TSJE activa la fase de pruebas del TREP para las municipales del 4 de octubre