El Ministerio del Ambiente (Mades) comunicó que no es la institución responsable de intervenir en los casos de incendios forestales ni de quema de basura y pastizales en los centros urbanos. Por medio de documento afirman que las municipalidades son los organismos encargados de hacer cumplir las normativas vigentes.

“Teniendo en cuenta la situación actual de quemas de pastizales y de residuos sólidos urbanos, ya sean estas accidentales o provocadas, que están causando que el humo cubra varias ciudades de nuestro país, el Mades insta a las autoridades municipales a hacer cumplir las normativas vigentes, en lo que refiere a la prevención y control de incendios, así como a las sanciones que deban ser aplicadas en caso de que estas sean provocadas”, señala un comunicado emitido esta siesta.

En el mismo texto se añade que el Mades “comprende las críticas de la ciudadanía”, pero reitera que la institución “no es la responsable de intervenir en los casos de incendios forestales ni de residuos sólidos urbanos y aunque tuviera la atribución de apagar incendios, tampoco cuenta con presupuesto para esa eventual función”.

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Municipios deben controlar

En el manifiesto emitido por el Mades, se recuerda la vigencia de la Ley N° 4014/10 “De Prevención y Control de Incendios”, cuya autoridad de aplicación son los municipios, tal como lo establece el artículo 3° de la normativa; dicha Ley tiene por objeto establecer normas aptas paras prevenir y controlar incendios rurales, forestales, de vegetación y de interfase, por lo que queda prohibida la quema no controlada de pastizales, bosques, matorrales, barbechos, campos naturales, aserrín o cualquier otro cereal de leguminosas o tipo de material orgánico inflamable que pudiera generar cualquiera de los incendios definidos en esta Ley.

“Por tanto y como autoridad ambiental en la República del Paraguay, el Mades insta a los municipios a hacer cumplir las disposiciones vigentes, ya que son estas las instituciones encargadas de expedir “las autorizaciones para Quema Prescripta”, dice el documento.

Por último, se recuerda que se encuentra prohibida la “quema o incineración de residuos sólidos a cielo abierto, en cursos de agua, en lagos o lagunas o en los lugares de disposición final que no sean rellenos sanitarios”.

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