Las empresas cobradoras no deben informar sobre las deudas de las personas a los familiares ni a los jefes de los afectados, porque con esa práctica se viola la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 1334), sostuvo Enrique López Arce, especialista en empleo. La normativa establece que en ningún caso se debe recurrir a prácticas ilegales, irregulares y coercitivas, indicó a la 1020 AM.

Explicó que como consecuencia de los diversos casos denunciados al respecto, se lanzó la campaña: “Aun con deudas, tenés el derecho de proteger tu empleo”, para informar a los ciudadanos sobre sus derechos.

“La gente debe saber que dentro de sus derechos está, en primer lugar, que nadie tiene que contarle a tu gente o a tu jefe que vos tenés deuda. En segundo lugar, los reclamos tienen que hacerse en día y en horario laboral. No tienen el porqué de enviarte reclamos en feriados o domingos”, manifestó.

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Recordó que este es un momento muy especial porque las empresas están golpeadas y muchas de ellas están preguntándose a quién dejar de lado o a quién mantener. Un planteamiento del tipo mencionado puede influir en la decisión de los empleadores en sentido contrario a los intereses del trabajador, señaló.

Agregó, en ese sentido, que a raíz de los problemas económicos que trae aparejada la pandemia, una gran mayoría de la población se encuentra en situación de morosidad. También hay que decir que todo el reclamo de la deuda debe ser dirigido a la persona y tampoco se debe estar difundiendo información que demerite y que busque desprestigiar al deudor, afirmó.

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