La Secretaría Nacional de Turismo (Senatur) comunicó que empezará a cobrar por trámites de registros a los prestadores de servicios turísticos, con montos que van desde 1 hasta 3 jornales diarios mínimos. Esto en base a la Resolución N.° 170/2024 “Por el cual se establece el cobro de tasas por parte de la Senatur, por los servicios de inscripción, habilitación y revalidación de prestadores de servicios turísticos en el Registro Nacional de Turismo (Registur)”.

La misma entrará en vigencia a partir del 1 de mayo de este año para todos los establecimientos o actividades que competen al turismo en la Registur, lo cual valida y garantiza la formalidad de los emprendimientos del rubro.

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Incluye la inscripción y habilitación de agencias de viajes y operadoras mayoristas de turismo emisivo y receptivo. Foto: Ilustrativa

Monto a abonar

Con relación a los precios mencionados, según la resolución, la inscripción y habilitación de agencias de viajes de turismo emisivo y receptivo categoría A, el monto a abonar es de 3 jornales o G. 372.273. Para el mismo registro de empresas operadoras mayoristas de turismo emisivo y receptivo categoría B igual monto.

Para los establecimientos de alojamientos hoteleros o categoría H es la misma tasa (3 jornales). Los de alojamiento turístico alternativo AT igual monto. Para los establecimientos de hospedaje extra hoteleros HX será de 2 jornales equivalentes a G. 206.182.

En tanto que los establecimientos que forman parte del programa Posadas Turísticas del Paraguay la tasa será de 1 jornal o G. 103.091. Así también las empresas de transporte turístico terrestre T tendrán que pagar 3 jornales (G. 327.273). Deberán igualmente abonar la tasa de 3 jornales las empresas de arrendamiento de vehículos categoría V y los restaurantes, bares y afines en su categoría R, entre otros. Para conocer todos los rubros que deben abonar la tasa ingrese Aquí.

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