La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) informó este miércoles la lista de vencimientos de pago de los impuestos de los contribuyentes, correspondiente a enero de este 2023. Los casos que se regirán por el Calendario Perpetuo son el Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) presunto y especial, Anticipo IRE general, Impuesto de Zona Franca y el Tributo Único Maquila.
Según indicaron, la fecha para la confirmación de liquidación tanto para las retenciones del IVA como de los Impuestos a las Rentas del periodo fiscal respectivo a diciembre de 2022, rige hasta este viernes 6 de enero, y el plazo para el pago es al 7 de enero, en ambos casos. Así también, el periodo para la confirmación de liquidación de retenciones del Impuesto a los Dividendos y a las Utilidades (IDU) va hasta el 12 de este mes, mientras que el tiempo para abonarlo tiene una fecha tope, la cual es el 13 del corriente.
Puede interesarle: Créditos siguen creciendo impulsados por el sector agrícola y el consumo
Desde la dependencia económica explicaron que si el vencimiento conforme a las fechas fijas de cada mes correspondiere a un día inhábil, este se trasladará al primer día hábil siguiente, sin que ello implique el diferimiento de las demás caducidades. Con respecto al informe sobre productos derivados del tabaco, mencionaron que debe presentarse hasta el 25 de este mes.
También, comunicaron que el día 15 de enero es el plazo para el pago de la Declaración Jurada mensual, y del Impuesto a la Renta de No Residentes (INR) que aplica solo para aquellos proveedores de servicios digitales que cuenten o no con representación o poder en el país, de acuerdo a lo establecido por la Resolución General N° 114/2022.
Lea también: Rusia sigue siendo un mercado complicado para la carne paraguaya, señalan
Dejanos tu comentario
Régimen de facilidades de pago permitió regularizar más de G. 13.000 millones, según la DNIT
Durante junio, el régimen de facilidades de pago establecido en el Decreto N.º 5154/2025 permitió gestionar deudas tributarias por G. 13.336 millones a través de la Gerencia General de Impuestos Internos (GGI), de acuerdo con los datos de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT).
Según la institución, desde la entrada en vigencia del régimen y hasta el 13 de julio de 2026, se gestionaron deudas por un total de G. 108.070 millones, mediante la aprobación de 2.226 facilidades de pago y la atención de 1.228 contribuyentes que solicitaron acogerse a los beneficios contemplados en la normativa.
Del monto total regularizado, el 50,02 %, equivalente a G. 54.054 millones, corresponde a deudas en instancia judicial, mientras que el 49,98 % restante, unos G. 54.016 millones, se relaciona con deudas administrativas. Para la DNIT, estos datos reflejan una utilización equilibrada del régimen en ambas instancias de cobro.
Lea más: El Tesoro paga hoy cerca de G. 20.000 millones a proveedores del Estado
Pequeños contribuyentes concentraron el mayor volumen
Por segmento de contribuyentes, los pequeños contribuyentes concentraron el mayor volumen de regularización, con el 66 % del monto total, equivalente a G. 71.344 millones. Les siguieron los medianos contribuyentes, con el 21 % (G. 22.372 millones), y los grandes contribuyentes, con el 13 % (G. 14.354 millones).
En junio, además, fueron otorgadas 226 facilidades de pago y se concretaron 28 pagos al contado. Las entregas iniciales realizadas por los contribuyentes alcanzaron G. 1.346 millones, lo que, según la DNIT, evidencia la continuidad del proceso de regularización de obligaciones tributarias.
La institución recordó que este régimen busca ofrecer alternativas para que los contribuyentes puedan ponerse al día con sus obligaciones fiscales, promoviendo el cumplimiento voluntario y fortaleciendo la cultura tributaria, al tiempo de contribuir a una mayor recaudación y al saneamiento de las obligaciones pendientes.
Le puede interesar: Lote 2 del Corredor Bioceánico entra en etapa de pavimentación
Dejanos tu comentario
Facturación electrónica elevó hasta 40,7 % el IVA a pagar, según evaluación del BID
Resultados preliminares de una evaluación de impacto sobre la implementación del Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional (Sifen) fueron presentados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), de acuerdo con informaciones de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT).
Según el organismo, el estudio confirma que la facturación electrónica se consolida como una herramienta clave para fortalecer la administración tributaria y promover la formalización de la economía.
De acuerdo con la evaluación, basada en información correspondiente al período 2018-2023, los contribuyentes incorporados al Sifen registraron un incremento del 27,3 % en la base imponible del IVA, un aumento del 31,3 % en el IVA declarado y un crecimiento del 40,7 % en el IVA a pagar, resultados que reflejan un mayor nivel de cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Metodología internacional de “Diferencias en Diferencias”
El estudio analizó una base de datos compuesta por 1.369 empresas y 98.568 registros, utilizando la metodología internacional de Diferencias en Diferencias, ampliamente empleada para evaluar políticas públicas. Este enfoque permitió medir de forma objetiva el impacto de la facturación electrónica, aislando sus efectos de otros factores que inciden en el comportamiento tributario.
Además del incremento en el cumplimiento fiscal, la evaluación concluye que el Sifen fortalece la transparencia y la trazabilidad de las transacciones comerciales, mejora la calidad y oportunidad de la información disponible para la administración tributaria y optimiza la gestión de riesgos mediante el uso de datos confiables para las tareas de control y fiscalización.
Adopción voluntaria del Sifen
El informe también resalta que un importante número de contribuyentes adoptó voluntariamente el sistema antes de que su uso fuera obligatorio, lo que refleja una favorable aceptación por parte del sector privado y evidencia el interés de las empresas por avanzar en la digitalización de sus procesos tributarios.
Según la DNIT, los resultados preliminares respaldan la estrategia institucional de continuar ampliando la incorporación de contribuyentes al Sifen, fortalecer las acciones de capacitación y aprovechar la información generada por la facturación electrónica para modernizar la gestión tributaria, mejorar la eficiencia institucional y contribuir al desarrollo económico del país.
Lea más: Encuentro tratará la competitividad del agronegocio con enfoque femenino
Dejanos tu comentario
IVA en Paraguay: el impuesto que está presente en casi todas las compras
- Por Antonella Mateu
El Impuesto al Valor Agregado (IVA) forma parte de la vida cotidiana de los paraguayos, cada vez que una persona compra un producto, contrata un servicio o importa un bien, paga este tributo, considerado uno de los pilares de la recaudación tributaria del país.
Según datos de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), durante 2025 el IVA generó una recaudación de G. 12,88 billones, equivalente a más de la mitad de los ingresos tributarios internos administrados por la institución, consolidándose como el impuesto de mayor aporte al Estado.
La contadora Alba Talavera, directora de Educación Continuada del Colegio de Contadores del Paraguay, explicó a La Nación/Nación Media que el IVA grava principalmente la venta de bienes, la prestación de servicios, excepto aquellos realizados en relación de dependencia, y la importación de mercaderías.
“Cuando hablamos del IVA, lo primero que debemos entender es cuál es el hecho generador del impuesto. Este nace con la venta de bienes, la prestación de servicios independientes y también con la importación de bienes”, señaló.
¿Quiénes deben tributar el IVA?
Talavera indicó que son contribuyentes del IVA las personas físicas que prestan servicios profesionales o personales de manera independiente, quienes obtienen ingresos por alquileres de inmuebles, las empresas, cooperativas, asociaciones, fundaciones, sociedades, sucursales de firmas extranjeras, importadores habituales y ocasionales, además de otras entidades contempladas por la legislación tributaria.
Precisó que los trabajadores en relación de dependencia no tributan IVA por los servicios que prestan como empleados, ya que esos ingresos no forman parte del hecho generador del impuesto.
Leé también: Invertir en Paraguay: las seis claves que deben considerar las empresas extranjeras
Débito y crédito: cómo funciona
El gerente general de Impuestos Internos de la DNIT, Ever Otazú, explicó a La Nación/Nación Media que el IVA funciona sobre el valor agregado en cada etapa de la cadena económica.
En la práctica, una empresa cobra el impuesto al vender un producto o prestar un servicio, pero puede descontar el IVA que ya pagó en las compras relacionadas con su actividad económica. La diferencia entre ambos conceptos es el monto que finalmente debe ingresar al fisco.
“Por eso se habla de IVA débito e IVA crédito. El débito corresponde al impuesto generado por las ventas, mientras que el crédito representa el IVA pagado en las compras realizadas por el contribuyente”, explicó.
Por su parte, Talavera recordó que la liquidación del impuesto se realiza mensualmente, conforme al calendario establecido según la terminación del Registro Único del Contribuyente (RUC).
Podés leer: Tecnología en el campo: la apuesta del agro para producir más y mejor
Tasas vigentes
En Paraguay existen actualmente dos tasas de IVA. La tasa general del 10 % se aplica a la mayoría de los bienes y servicios comercializados en el país, mientras que la tasa reducida del 5 % alcanza a determinados productos y operaciones, entre ellos algunos alimentos de la canasta básica, productos agropecuarios en estado natural, medicamentos de uso humano, venta de inmuebles y alquileres destinados exclusivamente a vivienda.
Otazú recordó además que todos los precios ofrecidos al consumidor final deben incluir el IVA, por lo que el monto exhibido ya contempla el impuesto correspondiente.
Pago del tributo
La especialista explicó que la obligación tributaria nace cuando ocurre la entrega del bien, la prestación del servicio, el cobro total o parcial del precio o el vencimiento del plazo pactado para el pago.
En algunos servicios existen reglas específicas. Por ejemplo, en los suministros de energía eléctrica, agua potable, alcantarillado y telecomunicaciones prestados por empresas públicas, el hecho generador se produce con el vencimiento del plazo para el pago.
Asimismo, en servicios prestados desde el exterior o en operaciones de financiamiento y préstamos, la obligación tributaria también se determina por el primer hecho que ocurra entre el pago o el vencimiento correspondiente.
Cambios incorporados
Uno de los cambios más relevantes incorporados por la Ley n.º 6380 afecta a los bienes que salen del patrimonio de una empresa por destrucción, pérdida, obsolescencia, sustracción u otras causas. Talavera explicó que, en estos casos, el contribuyente debe revertir el IVA crédito previamente utilizado y emitir el comprobante correspondiente, tratándose la operación como si se hubiera realizado una venta.
Otra de las modificaciones beneficia a quienes prestan servicios personales, ya que pueden utilizar como crédito fiscal hasta el 30 % del IVA pagado en la compra de vehículos, siempre dentro de las condiciones previstas por la normativa vigente. Agregó que dicha adquisición también puede considerarse gasto deducible para el Impuesto a la Renta Personal (IRP), respetando el plazo establecido de tres años entre compras.
La importancia de exigir factura
Desde la DNIT resaltan que solicitar factura no solo constituye un derecho del consumidor, sino también una herramienta para combatir la informalidad. Cada comprobante deja constancia de quién realizó la venta, qué producto o servicio fue adquirido, el monto de la operación y el impuesto correspondiente. Esa información permite verificar que el IVA efectivamente sea declarado y abonado.
Además, la factura sirve como respaldo para reclamos, garantías comerciales y, en el caso de los contribuyentes, para ejercer el derecho al crédito fiscal o a determinadas deducciones permitidas por la legislación.
Clave para el financiamiento
Los recursos provenientes del IVA ingresan al Presupuesto General de la Nación (PGN) y constituyen una de las principales fuentes de financiamiento del Estado paraguayo. Con esos ingresos se sostienen áreas como salud, educación, seguridad, infraestructura, programas sociales y el funcionamiento de los servicios públicos.
Para la DNIT, cada factura emitida y cada operación formalizada fortalecen tanto la recaudación tributaria como la economía formal, permitiendo que el Estado disponga de recursos para cumplir sus funciones esenciales.
Leé más: Bancarización: cuentas básicas se triplican en tres años y ascienden a 2,76 millones
Dejanos tu comentario
Trabajadoras denuncian a institución de educación superior por falta de pago de salarios
Tres mujeres denunciaron que la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso) Paraguay, dejó de pagarles sus salarios por seis meses e intentaron que sigan trabajando, por más tiempo, pero decidieron acudir ante el Ministerio de Trabajo para denunciar la situación. Hoy, exigen que la institución pague los salarios, aguinaldos que les adeudan hasta la fecha y una indemnización por sus años de antigüedad.
Según Alba María Cubilla Duarte, que se desempeñaba en la parte administrativa, desde julio de 2025 no recibió pago por parte de la institución que se dedica a realizar investigaciones para entes estatales. Las mismas trabajaron hasta el 2 de enero del 2026, luego decidieron retirarse porque ya no tenían cómo costear gastos de traslados y alimentación.
“Yo cumplí al igual que mis compañeras que también tienen sus años de antigüedad, sin embargo, dejaron de abonarnos pese a que nosotras cumplimos a cabalidad de lunes a viernes, todos los meses hasta el último día de diciembre. El viernes, 2 de enero del 2026, nos volvimos a presentar”, expresó Cubilla, en entrevista con La Nación/Nación Media.
Explicó que el 2 de enero de este año, el director les comunicó que no disponía de los fondos para abonar lo adeudado y que debían tomarse sus vacaciones las cuales pasaron sin percibir remuneración alguna. Al volver el 16 de febrero les exigieron continuar con sus labores habituales. “Nos estuvimos yendo al trabajo haciendo préstamos personales”, detalló.
Lea también: Trabajador murió aplastado por una amasadora en Villa Hayes
Denuncia y proceso legal
La afectada resaltó que tras volver y no habiendo garantías sobre el pago de sus sueldos atrasados, decidieron recurrir al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) para formalizar la denuncia e iniciar la demanda laboral.
“El director nos dijo que no tiene la plata, que no nos va a abonar y que tenemos que seguir haciendo nuestras actividades. Desde allí tuvimos que acercarnos al Ministerio de Trabajo, hacer nuestra denuncia, estamos en este momento en eso, sin cobrar nuestro salario del 2025″, refirió.
Agregó que la representación legal de Flacso Paraguay respondió a la demanda laboral alegando supuesta inmunidad jurídica basada en su Ley de Creación N° 2836. Bajo este argumento, la institución pretende eximirse del pago de salarios devengados, el reconocimiento de la antigüedad y las indemnizaciones correspondientes.
Violación laboral
Cubilla indicó que se trata de un caso grave de violencia laboral que afecta directamente el sustento de sus familias y cuestionó la contradicción de la entidad académica internacional dedicada históricamente a la investigación social, la pobreza y los derechos humanos, pero que vulneran los derechos laborales de sus propios trabajadores.
“Tenemos familia que alimentar y hasta hoy día no nos han abonado ningún guaraní de lo que nos están adeudando. Pedimos ayuda, pedimos que se conozca este tipo de violencia laboral, porque violentan nuestros derechos. Envíe una nota al Ministerio de Educación para solicitar su apoyo queremos que se hagan eco de lo que estamos pasando”, puntualizó.
Las afectadas son Alba María Cubilla Duarte (administradora con 18 años de antigüedad), Letizia (contadora) y María Julia Duarte (secretaria general). Las trabajadoras señalan que la institución justifica el cese de los pagos argumentando la falta de firma de convenios estatales con el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), fondos de los cuales dependía el financiamiento de sus rubros desde el año 2016.
Lea también: Tarjeta rota de la justicia: árbitro es arrestado en la cancha por deuda alimentaria