Con la ampliación de la franja etaria para la vacunación contra el COVID-19 hasta 55 años en adelante, dispuesta por las autoridades sanitarias a medida que van llegando las dosis, fue ordenado que los trabajadores puedan usar un permiso para la aplicación. Así lo manifestó el viceministro de Trabajo, Luis Orué, al tiempo de comunicar que las empresas que no den permiso se exponen a sanciones.

“Se había dictado una sentencia desde el Ministerio de Trabajo para que el trabajador pueda asistir a vacunarse o acompañar a un familiar que necesita hacerlo. Las empresas, en caso de incumplimiento, pueden ser pasibles de sanciones”, expresó en contacto con la radio 800 AM.

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Régimen de licencias

Se trata de la resolución del MTESS Nº 623/2021 “Por la cual se establece el Régimen Excepcional de Licencia para Trabajadores del Sector Privado” de fecha 7 de mayo. En vista a que el Art. 62 inc. h) de la Ley Nº 213/1993 “Código del Trabajo”, en la que se establecen obligaciones para los empleadores del sector privado, respecto a las licencias remuneradas y obligatorias.

No obstante, el trabajador deberá contar y presentar una constancia de que efectivamente realizó dicha actividad, ya sea para sí mismo o como acompañante del familiar, explicó Orué. Asimismo, el viceministro mencionó que los permisos deben ser comunicados a los empleadores, y luego estos remitirlos al Ministerio de Trabajo, como lo establece la normativa.

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Por otro lado, el subsecretario de Estado señaló que los lugares de trabajo son donde menos riesgo de contagio hay, haciendo alusión al cumplimiento de los protocolos sanitarios y que las empresas son las más interesadas en seguir activando la economía.

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