La Subsecretaría de Estado de Tributación emitió la Resolución General N° 67/2020 por la cual amplían las actividades económicas beneficiarias del Régimen Especial y Transitorio del IVA establecido en el Decreto N° 3967/2020 para la prestación de servicios de alojamiento rural, transporte turístico, guías de turismo y organización de eventos.
En este sentido, la normativa incluye en este régimen especial del Impuesto al Valor Agregago (IVA) a los contribuyentes inscriptos en el Registro Único de Contribuyentes, bajo el código 59130 – Actividades de proyección de películas (proyección de películas cinematográficas o cintas de video en salas cinematográficas, instalaciones para proyección al aire libre u en otras salas de proyección y las actividades de cine clubes).
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Cuando el contribuyente enajene o preste los servicios el marco de una organización de eventos dentro del código de actividades mencionado, podrá liquidar e ingresar el impuesto aplicando la tasa del 10% sobre el 50% del precio de venta del bien o servicio, debiendo para ello documentar la presentación del servicio, consignando en el comprobante de venta, en la columna de exentas y gravadas, los valores que así se determinen.
El Régimen Especial y transitorio del IVA fue establecido por el Poder Ejecutivo en el marco de la coyuntura económica por la que atraviesa el país a raíz de la pandemia declarada a causa del coronavirus (COVID-19) y se extiende hasta el 30 de junio del 2021.
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Reapertura de salas
El próximo 12 de noviembre es la fecha indicada para que las salas de los cines vuelvan a reabrir sus puertas al público en nuestro país. Para ello, se ha elaborado un estricto protocolo que contempla todas las medidas sanitarias con el fin de prevenir contagios de COVID-19.
Se estima que para esa fecha se autorizará el ingreso de más de 50 espectadores en los cines de nuestro país, indicaron referentes del sector. Según avance la situación epidemiológica, en diciembre se espera que la cantidad pueda aumentar a 100 espectadores por sala.
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Mitic expone en el Senado acciones para reforzar la ciberseguridad del Estado
La comisión de Ciencias, Tecnología, Innovación y Futuro, presidida por el senador Patrick Kemper, recibió al director general de Ciberseguridad y Protección de la Información del Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (Mitic), Pedro Martínez, a fin de analizar las acciones impulsadas para fortalecer la seguridad informática en las instituciones públicas.
Durante el encuentro, los miembros del ente asesor abordaron la Estrategia Nacional de Ciberseguridad y el Plan Nacional de Ciberseguridad, implementados por el Mitic tras los recientes ciberataques registrados en organismos del Estado. En ese contexto, el director general expuso las principales medidas adoptadas para reforzar la protección de la información y de la infraestructura tecnológica del sector público.
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Al término de la reunión, el presidente de la comisión, senador Patrick Kemper, señaló que el encuentro permitió conocer el alcance de los incidentes de ciberseguridad que afectaron a organismos estatales. Indicó que, de acuerdo con lo informado por el director Pedro Martínez, alrededor de cinco instituciones públicas fueron alcanzadas por ataques informáticos presuntamente perpetrados por grupos vinculados a “Chiquinap”.
Asimismo, explicó que el Mitic viene implementando diversas acciones para prevenir nuevos incidentes, entre ellas programas de capacitación, el fortalecimiento de los mecanismos de protección informática y la cooperación internacional con la República de China (Taiwán) y el Gobierno de los Estados Unidos.
El legislador agregó que la comisión solicitó al Mitic un informe detallado sobre los incidentes registrados, con el propósito de conocer el alcance de la vulneración, identificar la información comprometida y contar con datos precisos que permitan realizar el seguimiento correspondiente.
Kemper informó que la comisión volverá a convocar a representantes del Mitic en el mes de diciembre para evaluar los avances en la implementación de las medidas anunciadas.
Finalmente, señaló que, según lo expuesto por las autoridades del ministerio, muchos de los incidentes de ciberseguridad se originan por errores humanos, como el acceso de funcionarios a enlaces maliciosos, o por la falta de actualización de sistemas y servidores institucionales. Destacó la importancia de fortalecer las capacitaciones y promover una cultura de prevención en materia de seguridad informática.
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Boletín especial: anuncian lluvias y tormentas para los próximos dos días
Este lunes, la Dirección de Meteorología e Hidrología (DMH) emitió un boletín especial en el que anuncia sobre un sistema de tormentas que afectará a gran parte del territorio nacional durante la jornada del martes y miércoles. Se esperan ráfagas de viento en torno a los 90 kilómetros por hora.
Según el último informe emitido por la central meteorológica nacional, desde la madrugada de mañana martes se esperan que las lluvias y tormentas afecten a los departamentos de Ñeembucú, Misiones, Itapúa, Paraguarí, Caazapá y Guairá. Las precipitaciones en estos puntos serán hasta la madrugada del miércoles.
En tanto que, desde la mañana y tarde del martes se espera que el fenómeno climático afecte a Asunción, Central, Cordillera, Alto Paraná, Presidente Hayes, San Pedro, Concepción, Amambay, Canindeyú y Alto Paraguay. El sistema de tormentas en estos puntos se extenderán hasta la tarde de miércoles 22.
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“A partir de la madrugada de mañana, martes 21, un sistema de tormentas ingresaría al país, afectando inicialmente al sur de la Región Oriental y desplazándose entre la mañana y la tarde hacia otras zonas del territorio nacional", expresaron en el boletín especial de la DMH.
Se esperan lluvias, cuyos acumulados rondarían hasta los 90 milímetros, fuertes ráfagas de viento que podrían llegar a los 90 kilómetros por hora y tormentas con alta frecuencia. Además, existe una alta probabilidad de caída de granizo en áreas del sur, centro y norte de la Región Oriental.
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IVA en Paraguay: el impuesto que está presente en casi todas las compras
- Por Antonella Mateu
El Impuesto al Valor Agregado (IVA) forma parte de la vida cotidiana de los paraguayos, cada vez que una persona compra un producto, contrata un servicio o importa un bien, paga este tributo, considerado uno de los pilares de la recaudación tributaria del país.
Según datos de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), durante 2025 el IVA generó una recaudación de G. 12,88 billones, equivalente a más de la mitad de los ingresos tributarios internos administrados por la institución, consolidándose como el impuesto de mayor aporte al Estado.
La contadora Alba Talavera, directora de Educación Continuada del Colegio de Contadores del Paraguay, explicó a La Nación/Nación Media que el IVA grava principalmente la venta de bienes, la prestación de servicios, excepto aquellos realizados en relación de dependencia, y la importación de mercaderías.
“Cuando hablamos del IVA, lo primero que debemos entender es cuál es el hecho generador del impuesto. Este nace con la venta de bienes, la prestación de servicios independientes y también con la importación de bienes”, señaló.
¿Quiénes deben tributar el IVA?
Talavera indicó que son contribuyentes del IVA las personas físicas que prestan servicios profesionales o personales de manera independiente, quienes obtienen ingresos por alquileres de inmuebles, las empresas, cooperativas, asociaciones, fundaciones, sociedades, sucursales de firmas extranjeras, importadores habituales y ocasionales, además de otras entidades contempladas por la legislación tributaria.
Precisó que los trabajadores en relación de dependencia no tributan IVA por los servicios que prestan como empleados, ya que esos ingresos no forman parte del hecho generador del impuesto.
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Débito y crédito: cómo funciona
El gerente general de Impuestos Internos de la DNIT, Ever Otazú, explicó a La Nación/Nación Media que el IVA funciona sobre el valor agregado en cada etapa de la cadena económica.
En la práctica, una empresa cobra el impuesto al vender un producto o prestar un servicio, pero puede descontar el IVA que ya pagó en las compras relacionadas con su actividad económica. La diferencia entre ambos conceptos es el monto que finalmente debe ingresar al fisco.
“Por eso se habla de IVA débito e IVA crédito. El débito corresponde al impuesto generado por las ventas, mientras que el crédito representa el IVA pagado en las compras realizadas por el contribuyente”, explicó.
Por su parte, Talavera recordó que la liquidación del impuesto se realiza mensualmente, conforme al calendario establecido según la terminación del Registro Único del Contribuyente (RUC).
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Tasas vigentes
En Paraguay existen actualmente dos tasas de IVA. La tasa general del 10 % se aplica a la mayoría de los bienes y servicios comercializados en el país, mientras que la tasa reducida del 5 % alcanza a determinados productos y operaciones, entre ellos algunos alimentos de la canasta básica, productos agropecuarios en estado natural, medicamentos de uso humano, venta de inmuebles y alquileres destinados exclusivamente a vivienda.
Otazú recordó además que todos los precios ofrecidos al consumidor final deben incluir el IVA, por lo que el monto exhibido ya contempla el impuesto correspondiente.
Pago del tributo
La especialista explicó que la obligación tributaria nace cuando ocurre la entrega del bien, la prestación del servicio, el cobro total o parcial del precio o el vencimiento del plazo pactado para el pago.
En algunos servicios existen reglas específicas. Por ejemplo, en los suministros de energía eléctrica, agua potable, alcantarillado y telecomunicaciones prestados por empresas públicas, el hecho generador se produce con el vencimiento del plazo para el pago.
Asimismo, en servicios prestados desde el exterior o en operaciones de financiamiento y préstamos, la obligación tributaria también se determina por el primer hecho que ocurra entre el pago o el vencimiento correspondiente.
Cambios incorporados
Uno de los cambios más relevantes incorporados por la Ley n.º 6380 afecta a los bienes que salen del patrimonio de una empresa por destrucción, pérdida, obsolescencia, sustracción u otras causas. Talavera explicó que, en estos casos, el contribuyente debe revertir el IVA crédito previamente utilizado y emitir el comprobante correspondiente, tratándose la operación como si se hubiera realizado una venta.
Otra de las modificaciones beneficia a quienes prestan servicios personales, ya que pueden utilizar como crédito fiscal hasta el 30 % del IVA pagado en la compra de vehículos, siempre dentro de las condiciones previstas por la normativa vigente. Agregó que dicha adquisición también puede considerarse gasto deducible para el Impuesto a la Renta Personal (IRP), respetando el plazo establecido de tres años entre compras.
La importancia de exigir factura
Desde la DNIT resaltan que solicitar factura no solo constituye un derecho del consumidor, sino también una herramienta para combatir la informalidad. Cada comprobante deja constancia de quién realizó la venta, qué producto o servicio fue adquirido, el monto de la operación y el impuesto correspondiente. Esa información permite verificar que el IVA efectivamente sea declarado y abonado.
Además, la factura sirve como respaldo para reclamos, garantías comerciales y, en el caso de los contribuyentes, para ejercer el derecho al crédito fiscal o a determinadas deducciones permitidas por la legislación.
Clave para el financiamiento
Los recursos provenientes del IVA ingresan al Presupuesto General de la Nación (PGN) y constituyen una de las principales fuentes de financiamiento del Estado paraguayo. Con esos ingresos se sostienen áreas como salud, educación, seguridad, infraestructura, programas sociales y el funcionamiento de los servicios públicos.
Para la DNIT, cada factura emitida y cada operación formalizada fortalecen tanto la recaudación tributaria como la economía formal, permitiendo que el Estado disponga de recursos para cumplir sus funciones esenciales.
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MEF transfirió G. 1,67 billones a municipios y gobernaciones en el primer semestre
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) informó que transfirió un total de G. 1,67 billones, alrededor de USD 274,6 millones al cambio actual, a municipios y gobernaciones de todo del país, en diferentes conceptos, al cierre del primer semestre del ejercicio 2026.
Los datos precisos se encuentran consignados en el informe de la Dirección General de Departamentos y Municipios (DGDM), dependiente del Viceministerio de Administración Financiera (VAF). El documento está disponible en la web institucional de la cartera de Estado.
Las gobernaciones recibieron un total de G. 1,168 billones, mientras que las municipalidades percibieron G. 504.884 millones en los primeros seis meses del año. Los recursos desembolsados provienen de Royalties, Impuesto al Valor Agregado (Fuente 10 Recursos del Tesoro), Canon por Juegos de Azar y otras compensaciones.
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Transparencia
Los interesados en realizar el seguimiento de las transferencias que recibe su municipalidad o gobernación pueden ver los datos en este enlace. Ingresando el RUC (Registro Único de Contribuyente) se despliega el monto desembolsado a cada entidad y lo pendiente por recibir. Se trata de una herramienta del MEF que permite transparentar los recursos que reciben los gobiernos locales.
En informe publicado por la cartera de Estado agrega que las entidades deben presentar rendición de cuentas e informes cuatrimestrales para recibir las transferencias correspondientes, las cuales están sujetas al cumplimiento estricto de los requerimientos legales establecidos en la ley que aprueba el Presupuesto General de la Nación (PGN) de cada año y su respectivo decreto reglamentario.