El Ministerio de Hacienda a través de la Resolución General N° 65, estableció los procedimientos para la emisión del certificado de Residencia Fiscal para fines tributarios y su solicitud a residentes de los Estados contratantes para la aplicación de convenios para evitar la doble imposición.
Entre otras cosas, la mencionada resolución establece que la persona física o jurídica o estructura jurídica, podrá solicitar la expedición de un documento que certifique su condición de residente en Paraguay para fines tributarios. Además, menciona que este certificado acreditará que la persona se encuentra sujeta a las normas tributarias de nuestro país, por el periodo o ejercicio fiscal indicado en el documento.
Indica también que la solicitud deberá ser presentada en las mesas de entrada habilitadas en la Secretaría de Estado de Tributación (SET) completando el formulario “Solicitud de Certificado de Residencia Fiscal” disponible en la página web www.set.gov.py.
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Requisitos
Los requisitos establecidos para la solicitud en caso de ser contribuyentes son: tener Ruc; estar al día en el cumplimiento de las obligaciones tributarias; presentar una copia de la Cédula de Identidad vigente del contribuyente o representante legal. En caso de que no sea contribuyente el solicitante deberá presentar una copia de su Cédula de Identidad Civil vigente.
En caso de que el certificado lo solicite una persona física, se requiere de la presentación de una Constancia de Movimiento Migratorio emitida por la Dirección General de Migraciones.
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Ejecutivo remite pedido de intervención de municipios de CDE y Asunción
El Poder Ejecutivo remitió este miércoles a la Cámara de Diputados el pedido de intervención a las intendencias de Ciudad del Este y Asunción, en base al pedido de la Contraloría General de la República (CGR). La nota dirigida al presidente de la Cámara Baja, Raúl Latorre, fue firmada por el vicepresidente de la República, presidente en ejercicio, Pedro Alliana, y el ministro del Interior, Enrique Riera.
La nota se sustenta lo establecido por el artículo 165 de la Constitución Nacional, y en la Ley n.º 317/1994 “que reglamenta la intervención de los Gobiernos departamentales y/o a los Gobiernos municipales”, para someter a consideración de la Cámara Baja le pedido de intervención a las administraciones de los intendentes Miguel Prieto y Óscar Rodríguez.
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El documento debe ingresar oficialmente a la instancia legislativo para iniciar por los procesos correspondientes, lo que se podría darse en la próxima sesión ordinaria, el viernes 23 de mayo. Una vez que ingrese, debe ser derivada a las comisiones asesoras para que éstas emiten un dictamen a favor o en contra de la intervención.
El pleno de la Cámara de Diputados debe aprobar el pedido de intervención y a partir de allí se debe instalar una comisión especial, en este caso la Comisión de Intervención que deberá llevar adelante el proceso de investigación para analizar las documentaciones elaboradas por la Contraloría, convocar a los intendentes para dar su descargo, y emitir un dictamen.
“La intervención no se prolongará por más de 90 días, y si de ella resultase la existencia del caso previsto en el inciso 3, (grave irregularidad en la ejecución del presupuesto o en la administración de sus bienes, previo dictamen de la Contraloría), la Cámara de Diputados por mayoría absoluta, podrá destituir al gobernador o el intendente”, refiere el artículo 165 de la CN.
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Internas PLRA: medida cautelar impide avanzar en cronograma electoral del TEI
El presidente del Tribunal Electoral Independiente (TEI), del Partido Liberal Radical Auténtico, Gustavo Bernal, señaló que el mayor impedimento que hoy tiene la nucleación política para ir a elecciones internas no es la falta de las máquinas de votación, sino la falta de la resolución del juicio de nulidad contra la resolución de la Convención y que a raíz de esto existe una medida cautelar que les impide avanzar con el calendario electoral.
Bernal, se refirió de este modo, sobre las declaraciones del titular del Tribunal Superior de Justicia Electoral TSJE, Jaime Bestard, quien dijo que espera que el PLRA revea su decisión de desdoblar las internas y volver a pasar sus comicios junto con las municipales 2026 porque no podrán entregar las máquinas de votación este año.
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El titular del TEI explicó que el problema que ahora enfrenta el TEI no tiene que ver con la imposibilidad de que tiene la Justicia Electoral de proveer las máquinas de votación porque las elecciones de cargos partidarios, y mirando las experiencia de otros partidos de la oposición, ellos están en condiciones de llevar las elecciones con papeletas.
“El verdadero impedimento que hoy nos pesa es el juicio de nulidad de lo resuelto por la Convención que está pendiente, y que tiene varias medidas cautelares, una de ellas es la restricción de innovar el padrón electoral”, precisó.
Al respecto, recordó que el año pasado inició un juicio de nulidad contra la resolución de la Convención que había acordado desdoblar las elecciones internas y adelantar a agosto de este año. Indicó que en el marco de este juicio se emitieron varias medidas cautelares, pero de las cuales una afecta directamente al TEI.
“Ahora mismo el TEI está paralizado totalmente debido a la medida cautelar y no como dice el presidente Bestard que porque no pueden disponer de las máquinas para agosto; es que no podemos avanzar con el cronograma de las internas prevista para el 17 de agosto próximo”.
Explicó que el Directorio partidario, a través de sus apoderados habían apelado esas medidas cuatelares, pero sigue aún pendiente de que el TSJE resuelva este tema.
Mencionó que esta medida cautelar les imposibilita agregar nuevos afiliados al padrón, ni sacar a aquellos que ya no están activos. Así también, les prohíbe seguir avanzando con el cronograma electoral.
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TEI del Partido Liberal aún no fue notificado sobre suspensión de internas
El presidente del Tribunal Electoral Independiente (TEI) del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), Gustavo Bernal, indicó que la instancia electoral aún no fue notificada acerca de la resolución del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) sobre la suspensión de las elecciones internas partidarias del 17 de agosto de este año.
El tribunal de primera instancia de la Justicia Electoral hizo lugar a varias medidas cautelares, a raíz de la suspensión de la adquisición de las máquinas electorales, por lo cual también se suspenden estas elecciones internas.
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“Nosotros estamos llevando con toda normalidad hasta la fecha, sin ningún problema. Nosotros todavía no fuimos notificados de estas medidas, una vez que tengamos eso, evidentemente nos vamos a estar reuniendo para poder deliberar de alguna u otra manera cuál sería las circunstancias a partir de ahí. No tenemos aún el contenido de esa resolución, en qué se basa”, dijo el titular del TEI en conversación con La Nación/Nación Media.
Bernal mencionó que una vez que se cuente con la resolución de la máxima autoridad electoral se analizará cuál será la decisión a tomar. “Una vez que tengamos evidentemente lo vamos a analizar el contenido de la resolución y después vamos a hacer un pronunciamiento, si seguimos o paralizamos ahí. Se paraliza, no es que se suspende”, señaló.
Aclaró que las elecciones no fueron canceladas ni prorrogadas, sino suspendidas temporalmente. Citó como ejemplo la ley que amplió el mandato de los intendentes por la pandemia en el 2019, por la cual el Tribunal Superior ya sacó el calendario y las elecciones se debieron realizar en el 2020, pero se prorrogó al 2021.
“De la misma forma, si existe una resolución o una medida cautelar, lo que se hace es suspender, no anula todo el proceso que se venía haciendo, como las inscripciones de los movimientos, la presentación de las afiliaciones, la habilitación de varios locales en diferentes puntos del país y el exterior, esos trámites ya se cerraron conforme al calendario”, sentenció.
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Chaco: jueza de la niñez dictó sentencia de adopción conforme a la nueva ley
El juzgado de Primera Instancia Multifuero de Neuland, Loma Plata y Filadelfia, a cargo de la magistrada Fany Cáceres, dictó una sentencia definitiva de adopción conforme a lo establecido en la Ley N.º 6486/20 “De Medidas de Cuidados Alternativos y Adopción”. Así refiere el sitio web del Poder Judicial.
La resolución reconoce el cumplimiento pleno de los requisitos legales y consolida el derecho del niño a vivir en un entorno familiar seguro, afectivo y adecuado para su desarrollo integral, marcando un precedente relevante en la implementación de la normativa en la región chaqueña.
La adopción fue otorgada a una familia postulante seleccionada por el Centro de Adopciones, luego de verificarse el cumplimiento de todos los requisitos legales establecidos, incluyendo la declaración de adoptabilidad del niño y la evaluación favorable del entorno familiar. La propuesta fue presentada por el mencionado centro, que remitió al Juzgado el perfil técnico de los adoptantes.
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Como parte del procedimiento, se desarrolló un período de vinculación, durante el cual se fortaleció el vínculo afectivo entre el niño y la familia adoptiva. Posteriormente, con fecha 19 de marzo de 2025, se dictó la sentencia definitiva, en aplicación de los principios rectores de la Ley N.º 6486/20, priorizando el interés superior del niño.
Durante la audiencia, la jueza dio lectura íntegra a la sentencia, a través de la secretaría del Juzgado, y destacó que la resolución garantiza al niño un entorno familiar adecuado, seguro y afectivo para su desarrollo integral.
En el acto estuvieron presentes la magistrada interviniente, la actuaria judicial, funcionarios del Juzgado Multifuero, los padres adoptivos y el niño. Se labró el acta correspondiente, en la que constan los detalles de la entrega, formalizándose así lo dispuesto en la resolución judicial y marcando el inicio legal de la convivencia familiar.
La Ley N.º 6486/2020 establece un marco jurídico orientado a modernizar el proceso de adopción en Paraguay, promoviendo procedimientos ágiles, transparentes y respetuosos de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Esta resolución representa un avance significativo en la implementación efectiva de dicha normativa en la región del Chaco paraguayo.
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