Gremios de contadores solicitaron al Ministerio de Hacienda que otorgue, por única vez, facilidades de pagos para la liquidación del Impuesto a los Dividendos y Utilidades (IDU), que contemple un plazo no mayor a 6 meses, sin intereses y contravenciones considerando la coyuntura generada por la pandemia del COVID-19, explicó Lilian Torres, representante de Resistencia Contable.
La agremiada explicó que la petición fue realizada considerando las medidas adoptadas por el Gobierno para contrarrestar la propagación del coronavirus que consistió en la cuarentena total y que acarreó innumerables situaciones económicas y financieras por más de 90 días de inactividad comercial, la lenta recuperación económica propiciada por la reactivación, entre otros.
“Esta petición se explica teniendo en cuenta que el impacto negativo económico y financiero ha dejado sin recursos a muchas empresas, para hacer frente a la provisión de insumos, mercaderías y otras inversiones que procuren la reactivación de la actividad comercial”, señaló la representante del gremio de contadores.
Agregó que las facilidades de pagos permitirán paliar el impacto económico negativo generado en los ingresos fiscales por los problemas económicos a nivel país, lo que dotará al Estado de ingresos genuinos seguros, sin que profundice aun más la grave crisis económica que soportan las empresas contribuyentes, permitiendo a las mismas invertir mejor capital al factor trabajo, fundamental al momento de generar oportunidades de nuevos ingresos.
Torres explicó que conceder esta facilidad de pago permitirá que muchas empresas regularicen la distribución de sus resultados acumulados aprovechando la tasa del 5% otorgada por el Gobierno en el Art. 142 de la Ley 6380/19.
“Lo que estamos pidiendo es que se den plazos para el pago de este impuesto, no se está pidiendo dejar de pagar, necesitamos que desde Hacienda y la SET entiendan esta proposición”, explicó Torres.
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IPS garantiza pago de jubilaciones “en tiempo y forma” según el cronograma habitual
“Queremos dar tranquilidad a nuestros jubilados y pensionados que los haberes jubilatorios van a ser desembolsados o pagados en tiempo y forma”, afirmó la gerente financiera del Instituto de Previsión Social (IPS), Gladys Vera, en el marco de la decisión tomada este martes por el Banco Central del Paraguay (BCP), referente a la disolución de ueno bank.
“El pago se concretará de acuerdo al cronograma establecido todos los meses. Es importante mencionar que el desembolso de estos haberes proviene del aporte obrero-patronal, no así de las inversiones financieras, entonces está totalmente garantizado”, refirió en una conferencia de prensa.
Vera agregó que “cada uno de nuestros jubilados y pensionados van a recibir en tiempo y forma sus haberes jubilatorio y su beneficio adicional anual el llamado aguinaldo el cual proviene de los intereses de las rentas el cual tenemos reservado para ese pago que será iniciado el 17 de noviembre como todos los años”.
Con relación a los aproximadamente 32.000 jubilados que tenían cuentas habilitadas en ueno bank para los cobros mensuales, Vera afirmó que “ya se iniciaron los procedimientos para habilitarles lo antes posible su dinero en otras entidades bancarias y garantizar el desembolso”.
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Agregó que en el transcurso de los próximos días la previsional informará sobre el procedimiento y las entidades bancarias a las cuales serán migradas los cobros. “Las gestiones se realizarán de manera inmediata de manera a poder garantizar el desembolso en las fechas en que venían cobrando habitualmente, es decir los pagos no tendrán ningún tipo de atrasos, serán conforme al calendario de cada jubilado”, puntualizó.
Manifestó que los más de 32.000 jubilados no deberán realizar ningún tipo de gestión para acceder al pago. “El IPS le estará comunicando a la brevedad posible, de hecho como este es una intervención también nosotros esperamos direcciones del Banco Central del Paraguay con quienes conjuntamente vamos a estar trabajando para la habilitación de esas cuentas bancarias”, indicó.
Con relación a la colocación de inversiones que había realizado el IPS en la entidad bancaria por un monto de USD 360 millones, Vera manifestó que “el IPS va a aplicar todos los procedimientos administrativos y legales necesarios para recuperar las inversiones financieras. Esto entra en el ámbito judicial y el IPS tomará las acciones conformes a las instrucciones que vayamos recibiendo del Banco Central del Paraguay”.
Mencionó además que “esto es un procedimiento que está iniciando, no es una quiebra. Es una intervención donde la administración de la entidad bancaria pasa a manos del Banco Central del Paraguay, nosotros como institución vamos a reclamar nuestras acreencias y seguir los procedimientos legales para estos casos. Como todos saben la garantía es la misma que tienen todas las entidades bancarias equivalente a 75 salarios mínimos”.
Señaló que la institución posee inversiones financieras en 14 instituciones bancarias y que el monto colocado en ueno bank representa el 9 % de todo lo que maneja la institución. “Estaremos expectantes de las resoluciones y las indicaciones que recibamos por el Banco Central del Paraguay”, comentó.
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Reanudan juicio oral contra Prieto en caso conocido como Tía Chela
El proceso judicial contra Prieto se da por el presunto negociado en la compra de kits de alimentos para familias vulnerables durante la pandemia de covid-19.
El día de ayer se reinició el juicio oral contra el exintendente destituido de Ciudad del Este Miguel Prieto, acusado por lesión de confianza por el caso conocido como Tía Chela donde existe un perjuicio de G. 2.130 millones.
La audiencia se reanudó con la exposición de más pruebas documentales. El proceso judicial contra Prieto se da por el presunto negociado en la compra de kits de alimentos para familias vulnerables durante la pandemia de covid-19, causa en la que se investiga un perjuicio patrimonial de G. 2.130.036.016 a la Municipalidad de Ciudad del Este.
Al inicio de esta audiencia, el fiscal acusador, Silvio Corbeta, expuso ante el Tribunal de Sentencia sobre más pruebas documentales en el marco del juicio.
En esta jornada se producirá una gran cantidad de elementos probatorios en relación con los documentos recolectados por el Ministerio Público durante la etapa investigativa y luego se estaría dando el receso diario correspondiente, reportó el periodista de Nación Media Aldo Insfrán desde judiciales.
La acusación fiscal señala que Prieto habría favorecido de forma directa a la empresa Tía Chela SRL mediante una contratación por vía de excepción, a pesar de que la firma carecía de la capacidad operativa y financiera para responder a la demanda.
De acuerdo a los investigadores, la distribución de víveres se realizó de manera parcial, lo que habría generado un perjuicio patrimonial estimado en G. 2.130.036.160 a la municipalidad esteña.
Podría ir a la cárcel por graves amenazas a testigos
El fiscal consideró que la conducta de Miguel Prieto podría motivar la revocatoria de las medidas alternativas a la prisión que cumple actualmente, atendiendo a la gravedad del hecho.
El fiscal Silvio Corbeta sostuvo que el exintendente de Ciudad del Este Miguel Prieto amenaza a los testigos que deben declarar en su contra durante el desarrollo del juicio oral y público en el caso conocido como Tía Chela. En esta causa, el exjefe comunal está siendo juzgado por lesión de confianza y asociación criminal por ocasionar un perjuicio patrimonial de G. 2.130 millones.
El representante del Ministerio Público consideró que la conducta del acusado Prieto podría motivar la revocatoria de las medidas alternativas a la prisión que cumple actualmente, atendiendo a la gravedad del hecho. Las declaraciones del fiscal se generaron luego de que Prieto anunciara que presentará una denuncia penal contra el exconcejal Celso “Kelembu” Miranda, quien debe declarar en el juicio por el supuesto negociado en la compra de kits de alimentos para familias afectadas por la pandemia.
Miranda había presentado previamente una denuncia por presuntas irregularidades en la adquisición de equipos para una planta asfáltica. Dicha investigación fue desestimada y Prieto anunció que denunciaría al exconcejal por denuncia falsa. Corbeta explicó que la desestimación se produjo tras la investigación fiscal y señaló que la denuncia de Miranda motivó a varios proveedores a presentar reclamos, lo que derivó en la nulidad de una licitación que, según el agente, había sido adjudicada a la empresa con la oferta de mayor costo. “Nosotros vamos a seguir litigando, vamos a mantenernos dentro del margen y vamos a evitar cualquier tipo de victimización como acostumbra este señor a realizar”, manifestó el fiscal.
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Defensa de Rivas apeló condena y afirma que la misma se basó en presunciones y no en pruebas
La abogada Alba Zaracho apeló la condena de 8 años de cárcel dictada contra el exsenador Hernán David Rivas por la posesión de un título dudoso de abogado. La defensa de Rivas sostiene que la sentencia de primera instancia adolece de errores de fondo que obligan a su absolución o, como mínimo, a la realización de un nuevo juicio oral para revisar la pena.
Entre los principales argumentos, la defensa menciona que el presunto hecho de producción de documentos públicos de contenido falso ya se encontraba prescripto al momento del inicio del proceso penal. Asimismo, refiere que el fallo no determina las conductas concretas atribuidas al acusado y que el Tribunal de Sentencia lo condenó por hechos que la Fiscalía ni siquiera incluyó en su acusación. A su vez, crítica que no se distinguieron cuáles conductas correspondían a la producción y cuáles al uso de documento no auténtico, un defecto que, según afirman, arrastra el Ministerio Público desde la acusación original.
La abogada Zaracho sostiene además que la condena se basó en presunciones y no en pruebas fehacientes. Añadió que se invirtió la carga de la prueba al exigirle a Rivas demostrar su inocencia, y que se utilizaron elementos que nunca fueron producidos en el juicio oral y público. Respecto a la tipicidad, la defensa argumentó que los instrumentos cuestionados no constituyen “documentos falsos” en el sentido estrictamente penal: “Una designación del Congreso o un acta de juramento no certifican que alguien sea abogado. El título, el certificado de estudios y su registro en el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) son documentos válidos y legales hasta el momento”.
Finalmente, sostiene que la pena de 8 años de penitenciaría, además de ser excesiva, violó garantías de la Constitución Nacional y el Código Penal. El escrito de apelación señala que el tribunal aplicó erróneamente un agravante (la calificación de “especialmente grave”) y duplicó la valoración de los mismos motivos para justificar dicha gravedad, aplicar el concurso de delitos del artículo 70 y realizar la medición de la pena.
Por último, advierten una evidente discordia en los votos de la mayoría, ya que los dos jueces partieron de bases distintas para el cálculo de la sanción, utilizando incluso elementos propios del tipo penal dentro de la medición de la pena.
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Piden a la Corte suspender aumento de matrículas de rematadores por falta de datos estadísticos
La Asociación de Rematadores del Paraguay, presidida por Atilio Estigarribia, solicitó formalmente a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) la suspensión de la nueva acordada de la máxima instancia judicial. Dicha normativa pretende ampliar, sin un estudio previo, la cantidad de rematadores tanto en Asunción como en otras circunscripciones judiciales del país.
El gremio solicitó a los ministros la revisión de la Acordada N° 1747/2024, la cual regula el acceso a la matrícula de Rematador Público. La nucleación alega que la Corte intenta aumentar el número de matrículas en Asunción, Central y otros puntos del país sin contar con un análisis técnico sobre la cantidad de remates judiciales que se realizan de forma mensual, trimestral, semestral o anual.
En el escrito presentado ante los altos magistrados, el gremio pidió postergar por un plazo de 180 días corridos la aprobación de nuevos llamados a concursos públicos de oposición para el ingreso de rematadores. No obstante, aclararon que sí están de acuerdo con que se convoque a concurso para cubrir las vacancias actuales generadas por renuncia o fallecimiento de sus titulares.
En la nota se señala que no existe una evaluación cuantitativa ni cualitativa que determine las necesidades reales del servicio de subastas, así como tampoco la capacidad de supervisión en cada Circunscripción Judicial, motivo por el cual insisten en postergar la implementación de la referida acordada.
Otras solicitudes del gremio
Asimismo se pide por acordada que los jueces a nivel país hagan cumplir el art 167 del Código de Organización Judicial debido a que varios de los rematadores firman pagarés para que se publique en los diarios y sin argumentos los jueces en el interior y en Central suspenden los remates judiciales sin hacer cumplir la norma que es al suspenderse la subasta se debe cubrir los gastos de remate y esta situación no sucede lo que genera grandes deudas al rematador con las editoriales.
Solicitaron el dictado de una nueva acordada que ordene a los juzgados exigir la consignación de gastos y el 50 % de la comisión legal ante suspensiones de subastas solicitadas por las partes.
Remarcan la necesidad de obtener datos oficiales sobre el volumen de subastas realizadas, suspendidas y canceladas entre los años 2021 y 2026, además del número de asignaciones por profesional. Pidieron conformar un espacio de diálogo conjunto entre representantes del gremio y la CSJ para acompañar el análisis metodológico del sector.
Desde la asociación remarcan que el libre ingreso establecido en 2024 no se traduce automáticamente en una mayor cantidad de subastas efectivas, por lo que consideran imprescindible fundamentar el número de auxiliares de la Justicia en datos empíricos que garanticen condiciones materiales dignas para el ejercicio de la profesión.