Los gobiernos municipales y departamentales ya recibieron G. 971.439 millones del Ministerio de Hacienda en diferentes conceptos en lo que va del año. Incluyen transferencias de royalties y del Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (Fonacide).

Los desembolsos se efectivizan acorde a lo estipulado en la Ley Nº 6.469/2020 “Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el ejercicio fiscal 2020”.

Según el informe del Ministerio de Hacienda, a junio del presente año los municipios recibieron G. 465.735 millones, mientras que las gobernaciones G. 505.705 millones. Detalla que dentro de estos montos se incluyen recursos en concepto de royalties y el Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (Fonacide), que los primeros obtuvieron por G. 392.598 millones, mientras que los gobiernos departamentales por G. 144.625 millones en los mismos conceptos.

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Las gobernaciones igualmente reciben transferencias provenientes de los impuestos; es decir, de Fuente 10 “Recursos del Tesoro”. Hacienda les transfirió al cierre de mayo del presente año G. 309.529 millones en este concepto.

El resto de los recursos transferidos a los gobiernos locales y departamentales corresponden al Impuesto al Valor Agregado (IVA), juegos de azar y otros recursos menores. Los montos de las transferencias a los mismos incluyen la deuda flotante del 2018 y obligaciones pendientes del ejercicio anterior, según el informe.

La Ley Nº 6.528/20 “Que modifica de manera transitoria el artículo 5° y amplía la Ley Nº 3.984/2010 que establece la distribución y depósito de parte de los denominados royalties y compensaciones en razón del territorio inundado a los gobiernos departamentales y municipales”, establece en su artículo 2° la prórroga hasta el 31 de agosto de este año la presentación de informes correspondientes al ejercicio fiscal 2020.

En este contexto, entre mayo y junio se transfirieron a los municipios G. 114.415 en concepto de royalties, Fonacide, conforme lo estable la mencionada normativa respecto al uso de recursos (hasta el 40%) para compra de alimentos o kits de víveres, así como para gastos corrientes y como mínimo el 20% para gastos de capital.

La cartera económica advierte que el incumplimiento de los requisitos obliga al Tesoro Nacional a la suspensión de las transferencias de los recursos financieros hasta tanto se regularice la rendición de cuentas.

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