Luego de la victoria de Johnny Depp en el juicio por difamación contra su expareja, Amber Heard, ya hace dos meses, la actriz se ha visto en problemas financieros, ya que la suma que debe pagar tras perder el caso es de U$S 15 millones y no cuenta con fondos.
Según confirmó New York Post, para salir de esta situación, Heard tuvo que vender una lujosa casa que se encuentra ubicada en el desierto de Mojave, en California, Estados Unidos, y cuyo valor ronda los 1,03 millones de euros, cifra por la cual fue vendida días atrás.
Heard habría sacado en esta venta un importante plus, pues según recortes periodísticos había comprado la propiedad a comienzos del 2019 por unos 536.000 euros. Según The Post, los nuevos dueños son Richard y Carol-Jeanette Jorgensen, fundadores de Jorgensen & Company LLC. Ambos residen en Nueva Jersey y tienen más propiedades en Nevada.
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La residencia mide 230 metros cuadrados, divididos en tres habitaciones, tres baños y un gran garaje con capacidad para cinco coches y electrodomésticos necesarios para una cocina de alta gama. El dormitorio principal tiene baño propio, con una bañera de obra estilo spa y una gran ducha de piedra, además de grandes lavabos dobles de piedra y vestidores dobles.
La vista desde el lugar es única, ya que se puede disfrutar de las rocas y las montañas del desierto en el que se encuentra. También dispone de un amplio patio trasero, con un puente de madera colgante para sortear el desnivel del terreno.
Toda la casa está pavimentada con suelos de cemento pulido y los techos altos le dan sensación de amplitud, elementos que, junto a las puertas delanteras de hierro macizo, les dan un toque de diseño industrial.
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Casa de Serafina Dávalos: analizan financiamiento
Durante la reunión de la Comisión Nacional para la Restauración y Puesta en Valor de la Casa de Serafina Dávalos, creada por Ley n.º 7679/2026, se analizaron acciones para la recuperación integral del inmueble y su futura transformación en un espacio de memoria, cultura y promoción de los derechos de las mujeres. Además, se coordinó el acto de homenaje y conmemoración previsto para el 27 de setiembre, en coincidencia con los 149 años del nacimiento de Serafina Dávalos.
El encuentro estuvo encabezado por las senadoras Lizarella Valiente y Esperanza Martínez, quienes remarcaron la importancia de encontrar mecanismos que permitan preservar este patrimonio, teniendo en cuenta las restricciones para la utilización de recursos públicos en inmuebles de propiedad privada que no cuenten con la autorización correspondiente.
En ese sentido, también se analizaron mecanismos para garantizar la sostenibilidad del espacio una vez restaurado. Valiente planteó la posibilidad de generar recursos para su mantenimiento. “Estos espacios debemos buscar una alternativa para mantener, como, por ejemplo, cobrar entrada”, propuso.
Mientras que su colega Esperanza Martínez indicó que buscan la conservación del inmueble, señalando la necesidad de encontrar una alternativa que permita avanzar con la restauración de la histórica vivienda. En otro momento, se recordó que el inmueble, ubicado en el Centro Histórico de Asunción, fue declarado “Bien de valor patrimonial cultural” por la Secretaría Nacional de Cultura (SNC) y actualmente pertenece al Instituto de Previsión Social (IPS).
Desde el IPS se explicó que la institución no puede enajenar el inmueble debido a las disposiciones establecidas en su carta orgánica. En ese contexto, se recordó que la legislación sobre patrimonio cultural contempla mecanismos mediante los cuales el Estado puede disponer medidas de conservación cuando los propietarios de un bien patrimonial no cumplen con las obligaciones correspondientes.
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Tía Chela: tribunal desestima a titular de la DNCP y admite a testigos de la defensa
El tribunal de Sentencia conformado por las juezas especializadas en Delitos Económicos, Ana Rodríguez Brozón, Karina Cáceres y Yolanda Morel, dio continuidad este lunes al juicio oral y público contra el exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. El tribunal definió sobre los incidentes planteados tanto por el Ministerio Público, parte acusadora, como de la defensa de Prieto y los demás acusados en el caso conocido como Tía Chela.
La acusación es por lesión de confianza y asociación criminal tras el presunto desvío de G. 2.949.650.000 de las arcas municipales con la distribución de kits de alimentos en época de la pandemia, por parte de la Municipalidad de Ciudad del Este, cuando Prieto era intendente.
Incidentes planteados por el Ministerio Público
Uno de los incidentes planteados por la Fiscalía es una nota del 28 de marzo del 2020, que ya se encontraba en la carpeta fiscal, en este caso se presentó el pedido de solicitar informes a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), la Contraloría General de la República (CGR) y la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (Dnit), sobre el cambio de productos incluidos en el kit de alimentos.
“El tribunal, al haber constatado la existencia de la referida nota, que ya obraba en la carpeta fiscal, no se configura en la circunstancia de hecho nuevo invocado por el Ministerio Público como fundamento de su petición. En consecuencia corresponde rechazar la inclusión de los informes solicitados”, fue la respuesta del tribunal.
Agrega que, “no obstante, si en el transcurso del debate el Tribunal considera necesario de contar con algunos de los dichos informes, pueda disponer la solicitud de los mismos conforme a las facultades que le confiere el artículo 394 del Código Procesal Penal, como medida de mejor proveer”.
Declaración testimonial de Agustín Encina
El tribunal también se expidió sobre el pedido de incluir la declaración testifical del director de la DNCP, Agustín Encina. “Debe señalarse que la prueba testimonial tiene por objeto incorporar al juicio el conocimiento que una persona posee respecto a hechos o circunstancias que ha percibido y que guarda relación con el objeto del proceso. Este tribunal advierte que el Ministerio Público no señaló concretamente hecho u objeto del presente juicio había conocido el señor Agustín Encina, ni que el mismo haya tenido intervención directa en las circunstancias fácticas contenidas de la acusación”, mencionan.
Mientras tanto, el tribunal señala que “al fundamentar su pedido el Ministerio Público sostuvo que su declaración resulta necesaria por tratarse de un testigo calificado y experto que podría responder consultas sobre la pertinencia de la nota del 28 de marzo del 2020 sobre su regularidad o irregularidad y explicar si resulta factible ese tipo de procedimientos en materia de contrataciones públicas. Se rechaza dicha incidencia”.
Incidentes planteados por la defensa
Sobre la inclusión probatoria de 28 enlaces o links correspondientes a publicaciones realizadas en redes sociales que habían sido ofrecidas durante la audiencia preliminar y que no habían sido admitidas por el juzgado penal de Garantías, correspondientes a publicaciones y registros audiovisuales vinculados, entre otros aspectos con la adquisición, preparación y entrega de los kits de alimentos y publicaciones de medios periodísticos, el tribunal considera que corresponde diferir sobre su resolución.
Inclusión de testigos
La defensa dividió la solicitud en dos grupos, el primer grupo cuatro personas, “se sustentó en hechos nuevos señalando que dichas personas fueron localizadas pocos días antes del inicio del juicio, las mismas se encuentran individualizadas entre las 25 personas mencionadas en el informe y sus declaraciones permitirían establecer si se recibieron los kits de alimentos, si las firmas obrantes en las planillas les pertenece, y dónde residía al momento de los hechos, así como confrontar tales circunstancias con el contenido del informe”.
Por lo que el tribunal definió que “sus testimonios pueden resultar útiles para el esclarecimiento de los hechos y para la elaboración del elemento probatorio, razón por la cual corresponde admitirlos”. De igual manera admitió los 56 testigos, ofrecidos por la defensa en un segundo grupo, que no fueron admitidos por el juzgado penal de Garantías, fueron seleccionados de una nómina de 126 personas, afectadas a la preparación y distribución y entrega de los kits de alimentos en distintos.
“Será durante el debate del juicio cuando podrá determinarse si resulta necesaria la declaración de los testigos admitidos, pudiendo prescindirse de aquellos cuyos testimonios resulten repetitivos o sobreabundante”, definió el tribunal.
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Transmisión del juicio
Por otra parte, el tribunal resolvió no hacer lugar al pedido de la defensa, de utilizar las redes sociales del exintendente para la transmisión del juicio, argumentando que los canales institucionales de la Corte y los diferentes medios de comunicación ya están transmitiendo cumpliendo el principio de publicidad.
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Voraz incendio consumió por completo casaquinta del intendente de Encarnación
Un incendio de gran magnitud reportado anoche, consumió totalmente una vivienda ubicada en el barrio Santo Domingo de Encarnación, propiedad del intendente Luis Yd.
Bomberos voluntarios trabajaron intensamente para controlar las llamas y evitar que el fuego se extendiera hacia las casas vecinas. No se registraron personas heridas, aunque las pérdidas materiales fueron considerables.
“Vecinos dijeron que escucharon ruidos, pero no supieron precisar el motivo. Fue consumido en su totalidad, no se pudo salvar nada”, indicó hoy Giannina Arrúa, bombero de Encarnación, en diálogo con el programa “Dos en la ciudad” de canal GEN y Radio Universo 970 AM.
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Añadió que se desconocen las causas del siniestro, porque “los compañeros ya llegaron cuando estaba totalmente consumido por las llamas”, precisó la rescatista.
Explicó que el establecimiento afectado se trata de un bungalow y el temor era que el fuego se extendiera a otras cabañas cercanas además de la vegetación y el pastizal.
Dentro de la casa no había nadie, pero se presentó una persona encargada. “Sería un capataz que vive en los alrededores”, indicó.
Se desconocen las causas del siniestro. “No podemos determinar si fue provocado o si fue ocasionado por algo, porque se consumió en su totalidad. Hubiera sido diferente si se trataba de un principio de incendio y que fuera sofocado de inmediato. En ese sentido, podríamos ver donde inició y determinar las causas”, puntualizó.
Las autoridades investigan qué pudo haber originado el siniestro.
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Juicio de Giuzzio fue suspendido por malestar de su abogada
Este lunes prosiguió el juicio oral y público contra Arnaldo Giuzzio con una sesión corta en que se alistaron pruebas documentales y concluyó, a los diez minutos, debido a una indisposición de salud de la abogada Gilvi Quiñonez, representante legal del exministro del Interior y de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad). El proceso continuará el próximo lunes 14 de setiembre.
Giuzzio está acusado por cohecho pasivo agravado, por haber recibido presuntamente favores del empresario brasileño Marcus Vinicius Espíndola Marquéz de Padua, detenido en Brasil por narcotráfico; mientras ocupaba el cargo de ministro del Interior durante el gobierno de Mario Abdo Benítez, hasta su destitución en febrero de 2022, a causa del escándalo vinculado por dicho relacionamiento.
El proceso judicial en contra del exministro se encuentra en su etapa final, de acuerdo a la presentación de la acusación por parte de la fiscalía, Giuzzio tuvo pleno conocimiento de las intenciones de Marcus Vinicius Espíndola Marqués de Padua de obtener contratos con el Estado paraguayo, concretamente con el Ministerio del Interior, institución que Giuzzio lideró hasta febrero del 2022.
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En el marco del juicio oral, la fiscalía expuso la hipótesis que trabajaron en el caso conforme a supuestas conversaciones vía WhatsApp que fueron anexadas a la documentación de la causa, concluyendo que dichas evidencias exponen que hubo más de un encuentro entre Giuzzio y Marcus Vinicius.
Entre las pruebas presentadas por los agentes fiscales se menciona también que el exsecretario de Estado usó una camioneta particular del capo narco para vacacionar en Brasil entre diciembre del 2021 y enero del 2022. La Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción, integrada por los fiscales Diego Arzamendia y Jorge Arce, realizó la acusación por cohecho pasivo agravado el 16 de agosto del 2023.