Un tribunal de sentencia integrado por Hugo Segovia, Jorge Romero y Rodrigo Duré condenó a 3 años de cárcel y 3 años de prohibición de ejercer la medicina al doctor Hernán Daniel Domaniczky Vargas, encontrado culpable por homicidio culposo por el fallecimiento de la exmodelo y política Paola Gaete.
El colegiado sostuvo que se probó la responsabilidad del acusado en el grave hecho y además el Ministerio Público arrimó todos los elementos probatorios durante el desarrollo del juicio oral y púbico. El fiscal del caso fue Carlos Acuña, quien presentó todos los elementos de prueba para lograr la sentencia condenatoria.
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Por su parte Raquel Gaete hermana de la víctima indicó que “tras varios años se hizo justicia por la muerte de mi hermana”. Agregó que “mis padres se quedaron muy dolidos por el fallecimiento de mi hermana y por suerte se hizo justicia”.
El médico cirujano fue acusado por el hecho punible de homicidio culposo a raíz de la muerte de la exmodelo y política Paola Gaete, ocurrido en el 2022. En aquella oportunidad, Gaete ingresó al quirófano para una cirugía estética que estaba a cargo de Domaniczky, aunque unas horas después se produjo su fallecimiento.
Por su parte, la defensa del condenado médico anunció que apelarán la sentencia condenatoria. Durante los alegatos finales pidieron la absolución de culpa y pena, pero los jueces no tuvieron en cuenta eso y decidieron condenar a Domaniczky.
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Extraño pedido de camaristas en caso de abuso sexual en el que el acusado es hermano de fiscala
El presidente del Tribunal de Apelación de San Lorenzo, Gustavo Bóveda, en el marco del proceso penal por abuso sexual en niños que enfrenta el hermano de una agente fiscal, pidió de forma sorpresiva y llamativa al Juzgado de Garantías de Lambaré el expediente judicial y la carpeta fiscal. Además de Bóveda, el Tribunal de Alzada está integrado también por los camaristas Alicia Orrego y Dionisio Nicolás Frutos.
De acuerdo con la información que se maneja, el pedido de los camaristas respondería a la intención de favorecer al acusado, puesto que ya habrían actuado de la misma manera en casos similares de abuso. Este hecho debería alertar a los integrantes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) y al ministro superintendente de Central ante posibles actuaciones irregulares.
Piden ratificar juicio oral
Meses atrás, la fiscala Andrea Ríos Dos Santos solicitó al mismo Tribunal de Apelación que ratifique íntegramente la resolución que elevó la causa a juicio oral y público. Ríos Dos Santos contestó la apelación de la defensa, la cual pretende introducir como prueba un test de credibilidad que ya fue rechazado en el Juzgado de Garantías y cuya exclusión ya había sido confirmada por la propia Cámara de Apelación de Central.
El expediente se encuentra en manos de los camaristas desde hace tres meses sin que hasta el momento se haya dictado una resolución, lo que genera sospechas sobre presuntas maniobras para favorecer al procesado. Ante esto, se espera que la Justicia actúe conforme a derecho.
La Fiscalía sostiene que la prueba propuesta por la defensa no es necesaria, debido a que el Tribunal de Sentencia está plenamente facultado para valorar de forma directa los elementos introducidos al juicio, escuchar a los profesionales intervinientes y resolver las objeciones de las partes.
Asimismo, argumenta que tampoco resulta útil una pericia cuyo objeto sea volver a valorar medios probatorios ya existentes, puesto que no aportaría un conocimiento técnico autónomo, sino una simple opinión sobre el mérito de otras pruebas.
Finalmente, el Ministerio Público sostiene que el pedido de la defensa es excesivo, ya que supone una nueva evaluación general de las actuaciones practicadas, sin delimitar qué aspecto científico requiere aclaración ni qué insuficiencia técnica pretende subsanar. Por lo tanto, corresponde confirmar el auto de apertura a juicio oral y público, rechazando la pretensión de la defensa.
Acusación
El Ministerio Público presentó una contundente acusación contra el procesado, arrimando un total de 62 elementos probatorios recolectados durante la etapa investigativa. Asimismo, ofreció la declaración de 21 testigos para el juicio oral entre otras pruebas contundentes como:
- declaraciones testificales
- un diagnóstico médico
- contención psicológica con relato del hecho
- informes psicológicos
- la Cámara Gesell
- un informe fonoaudiológico
- un informe psicopedagógico inicial
- y un perfil neurocognitivo.
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Ratifican prisión para fisioterapeuta imputado por abuso sexual en niños con discapacidad
El Tribunal de Apelación Penal confirmó la prisión preventiva del fisioterapeuta Santiago Luis Guillermo Capello, imputado por los supuestos hechos de abuso sexual de tres niños con discapacidad motriz y del habla. Los camaristas consideraron que persisten los peligros de fuga y de obstrucción a la investigación.
Capello cumple prisión preventiva desde el 8 de setiembre, en el marco de la causa por supuestos hechos de abuso sexual en personas indefensas y abuso sexual en niños. Los hechos investigados habrían ocurrido en el centro de rehabilitación “A Pasitos”, de Asunción, donde el fisioterapeuta prestaba servicios.
Los camaristas mencionaron que, por la etapa procesal en la que se encuentra la causa, existe la posibilidad de que el imputado, estando en libertad, destruya, modifique u oculte elementos de prueba. Además, aún está pendiente la recolección de elementos de cargo y descargo que podrían ser utilizados en etapas posteriores del proceso.
Igualmente, el tribunal de alzada sostuvo que no están dadas las condiciones para sustituir la prisión preventiva, atendiendo a la gravedad del hecho punible investigado y a las circunstancias de la causa. Respecto a los documentos presentados por la defensa —entre ellos certificados, constancias y documentación de inmuebles y vehículos ofrecidos como caución real—, el fallo señaló que estos no cuentan con la entidad ni la fuerza jurídica necesaria para enervar el peligro de fuga o el de obstrucción.
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Corte ratifica juicio oral contra médico por muerte de exmodelo Paola Gaete
La sala penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó que el médico Hernán Domaniczky Vargas debe volver a enfrentar un juicio oral y público por el delito de homicidio culposo, cuya víctima fue Paola Karina Gaete Rodríguez, exmodelo y excandidata a concejal de Lambaré, quien murió en enero de 2022 durante una liposucción.
El nuevo juicio será únicamente para determinar una nueva sanción penal. La máxima instancia judicial no dio curso a la casación planteada por la defensa contra el fallo del Tribunal de Apelación que, el 24 de abril pasado, que anuló la sentencia de 3 años de cárcel y ordenó realizar un nuevo juicio sobre la pena.
La Corte consideró que el recurso de casación carecía de fundamentación y que la resolución recurrida no pone fin al proceso. La decisión fue firmada por los ministros Carolina Llanes, Manuel Ramírez Candia y Luis María Benítez Riera. De esta manera, quedó ratificado que el médico deberá afrontar un nuevo juzgamiento luego de que fuera anulada la condena dictada en el primer juicio, realizado en julio de 2025.
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Gaete Rodríguez, de 45 años, falleció en la mañana del 26 de enero de 2022 en el Sanatorio San Sebastián de Fernando de la Mora. Según la acusación, alrededor de las 11:00 ingresó a la sala quirúrgica para ser sometida a una liposucción a cargo de Domaniczky Vargas, procedimiento que posteriormente derivó en su muerte.
La autopsia, realizada por el patólogo Edwin Escobar, estableció como probable causa de muerte un shock hipovolémico provocado por lesiones en tejidos blandos de la región lumbar que ocasionaron una hemorragia local. Según la Fiscalía, el acusado infringió el deber de cuidado al realizar la cirugía sin los estudios médicos prequirúrgicos necesarios, pese a que la paciente era portadora de una enfermedad autoinmune, específicamente esclerosis sistémica.
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Un tribunal de apelaciones de EE. UU. frena las deportaciones a terceros países
Un tribunal federal de apelaciones de Estados Unidos confirmó en parte el viernes un fallo de una instancia inferior que restringe una política del gobierno de Donald Trump de deportar a migrantes indocumentados a países que no son los suyos.
El panel de tres jueces señaló que las personas que enfrentan deportaciones a un “tercer país” deben recibir un aviso efectivo con la debida antelación sobre el lugar al que serán enviadas, para que puedan plantear preocupaciones sobre una posible persecución.
El Congreso ha establecido como política de Estados Unidos no deportar a personas a países donde sus vidas correrían peligro o donde podrían ser sometidas a tortura.
“El derecho de una persona a impugnar su expulsión a un país basándose en el temor a la persecución en ese país significa poco si no recibe aviso previo del destino previsto para su expulsión y una oportunidad significativa para impugnar ese destino”, escribió el juez Seth Aframe en nombre del panel unánime de este tribunal de apelaciones.
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La política del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) “negaría acceso a esa protección a una amplia franja de no ciudadanos que son enviados a terceros países sin aviso de su destino”, señaló el juez.
Las deportaciones forman parte de la controvertida campaña de combate a la inmigración ilegal del presidente Donald Trump. Centenares de migrantes hispanos han sido deportados a países africanos.
Se espera que el gobierno de Trump apele el caso ante la Corte Suprema, de mayoría conservadora.
Donald Trump hizo campaña para la presidencia prometiendo expulsar a millones de migrantes indocumentados de Estados Unidos y ha tomado una serie de medidas destinadas a acelerar las deportaciones desde su regreso a la Casa Blanca.
El gobierno de Trump ha defendido las deportaciones a terceros países como necesarias, ya que los países de origen de algunas de las personas que están sujetas a expulsión a veces se niegan a aceptarlas.
- Fuente: AFP
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