Un Tribunal de Apelación Especializado integrado por Arnaldo Fleitas, Silvana Luraghi y Claudia Criscioni ratificó la prisión preventiva de Alexandre Rodrigues Gomes, hijo del exdiputado Eulalio Gomes, procesado por lavado de dinero y asociación criminal. La defensa del imputado apeló la resolución del juez Osmar Legal, quien había confirmado la prisión de Rodrigues Gomes.
La defensa del imputado pidió que sea beneficiado con arresto domiciliario atendiendo a que otros dos procesados en el proceso penal fueron ya beneficiados con la prisión domiciliaria en el caso conocido como Pavo Real II.
Los camaristas decidieron confirmar la prisión preventiva del imputado argumentando que aún sigue el peligro de fuga y de obstrucción en la investigación, por lo que corresponde que el procesado siga privado de su libertad.
Actualmente Rodrigues Gomes está privado de su libertad en la cárcel de Encarnación, donde fue trasladado luego de realizarse la audiencia de imposición de medidas cautelares, oportunidad en que se decretara su prisión.
De acuerdo al acta de imputación del Ministerio Público, el establecimiento ganadero Negla Poty, situada en Pedro Juan Caballero, que fue adquirida por Alexandre Rodrigues Gomes, fue usada por este y su padre, Lalo Gomes, para simular actividad ganadera y así acceder a préstamos del rubro para lavar dinero.
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Condenan a 25 años de cárcel a la “Viuda Negra” de Curuguaty y a sus cómplices por sicariato
Un tribunal de sentencia condenó a 25 años de cárcel a María Liliana Velázquez Villasanti, considerada la “Viuda Negra”, tras ser encontrada culpable del homicidio de su cónyuge en calidad de autora intelectual.
En la fecha finalizó el juicio oral por el hecho de sicariato ocurrido en octubre de 2023 en Curuguaty, donde un hombre fue ultimado a tiros mientras realizaba una caminata junto a su esposa y su madre.
La investigación fiscal demostró que la propia esposa planificó y financió la muerte de su marido con la ayuda de su amante. Ante esto, el Tribunal determinó condenar a 25 años de cárcel a los tres procesados en el caso.
El suceso conmocionó a todo el departamento de Canindeyú, ya que la víctima, Alfredo Jara, era un conocido taxista y comerciante, además de hermano del presidente de la Junta Municipal de Curuguaty. El crimen se habría originado por la ambición de la mujer de quedarse con todos los bienes para luego unirse a su amante.
Asimismo, los jueces de sentencia condenaron a Rubén Darío Benítez Gómez a 25 años de pena privativa de libertad en calidad de autor material del hecho punible de sicariato; a María Liliana Velázquez Villasanti a 25 años en calidad de instigadora; y a Rubén Rodas Portillo también a 25 años por su participación como intermediario en la planificación y ejecución del delito.
Durante el juicio, el Ministerio Público acreditó que, una semana antes del crimen, Rubén Rodas Portillo contactó desde la penitenciaría a Rubén Darío Benítez Gómez para proponerle el asesinato por encargo. El 13 de octubre de 2023 se reunieron en Curuguaty y, posteriormente, mantuvieron un encuentro con María Liliana Velázquez Villasanti, quien encargó la muerte de su pareja por la suma de G. 25.000.000.
Al día siguiente, Velázquez Villasanti entregó a Benítez Gómez un adelanto de G. 10.000.000 y un chip telefónico que sería utilizado para coordinar el momento y el lugar del ataque. El 17 de octubre de 2023, alrededor de las 06:40, Benítez Gómez se trasladó hasta el lugar acordado y efectuó varios disparos contra la víctima, provocándole la muerte. Posteriormente, huyó del sitio y entregó el arma utilizada junto a otras evidencias a Rodas Portillo.
Tras la valoración de las pruebas producidas durante el juicio oral, el Tribunal de Sentencia declaró la responsabilidad penal de los tres acusados e impuso las penas de 25 años de privación de libertad.
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Condenan a 19 años de cárcel a un hombre encontrado culpable por abuso sexual en niños
Un tribunal de sentencia dictó la condena de 19 años de pena privativa de libertad contra un hombre hallado culpable del hecho punible de abuso sexual en niños, cuyas víctimas fueron dos menores de edad.
Durante la audiencia oral y pública, la acusación del Ministerio Público fue sostenida de manera firme por el agente fiscal Fidel Walter Castro Bogarín, de la sede fiscal de María Auxiliadora, en el departamento de Itapúa.
Durante el desarrollo del juicio oral, la representación fiscal presentó y produjo un sólido caudal probatorio compuesto por testimonios claves, informes psicológicos especializados y otros elementos científicos y periciales que permitieron acreditar de forma fehaciente tanto la existencia del hecho punible como la plena responsabilidad penal del acusado.
De acuerdo con los antecedentes recopilados en la carpeta de investigación, los abusos se perpetraron en reiteradas ocasiones a lo largo del año 2022.
La rigurosidad en la recolección de evidencias y el trabajo articulado con profesionales del área psicológica fueron determinantes para esclarecer el caso ante el órgano judicial, logrando finalmente que el Tribunal de Sentencia imponga una condena ejemplar en resguardo de los derechos de la niñez y la adolescencia.
Igualmente, la defensa del condenado tiene la posibilidad de poder apelar el fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación quien definirá si corresponde confirmar la sentencia condenatoria o dispone que se realice un nuevo juicio oral.
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Condenan a 16 años de cárcel a un hombre por abuso sexual en niños
Un Tribunal de Sentencia dictó una condena de 16 años de pena privativa de libertad para un hombre penalmente responsable del hecho punible de abuso sexual en niños.
La acusación y el sostén probatorio durante el juicio oral y público estuvieron a cargo de la agente fiscal María Angélica Insaurralde, representante de la Fiscalía Barrial n.° 8 de Asunción.
A lo largo del debate oral, la fiscala presentó un conjunto sólido de elementos probatorios recabados durante la etapa preparatoria.
Estas evidencias científicas, testimoniales y periciales permitieron al colegiado judicial comprobar con certeza legal la existencia del hecho, así como la autoría y la reprochabilidad del encausado.
Ante las pruebas introducidas por la Fiscalía, los magistrados determinaron que correspondía aplicar la sanción penal de 16 años de encierro.
De acuerdo con los antecedentes del proceso, el agresor formaba parte del círculo de allegados de la familia de la víctima.
Esta condición de cercanía le facilitó el acceso al entorno íntimo de la menor. El ahora condenado aprovechó deliberadamente un momento de vulnerabilidad en el que quedó a solas con la niña para consumar los actos de abuso.
Por expreso mandato del artículo 29 del Código de la Niñez y la Adolescencia de Paraguay, que busca salvaguardar la integridad psicológica, la intimidad y la dignidad de las víctimas menores de edad, se omiten la identidad del sentenciado y cualquier otro dato que permita identificar de forma directa o indirecta a la niña.
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Jueza decreta prisión preventiva para conductor ebrio que atropelló a un guardia
La jueza Norma Salomón Marín, del Juzgado Penal de Control y Garantías No. 1 de Capiatá, dispuso ayer la prisión preventiva de Jorge Nahuel Ortiz Riquelme (22), imputado por homicidio culposo tras protagonizar un accidente de tránsito estando ebrio, donde falleció un guardia de seguridad mientras esperaba en una parada de buses camino a su trabajo.
El joven guardará reclusión en la Comisaría 8va Central de Capiatá por el plazo de diez días. Posteriormente, será remitido al Centro Nacional de Prevenidos (ex Tacumbú), según señala la resolución judicial.
“Pedimos su prisión preventiva porque el muchacho estaba libre. La Fiscalía le dejó en libertad desde un principio, pero el Juzgado decretó ayer su prisión preventiva”, explicó este viernes la abogada de la familia, Hilse Villalba Barriocanal, en diálogo con LN.
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La víctima, Arsenio Vera Zárate (63), falleció el pasado 20 de septiembre luego de ocho días de agonía a raíz de las graves lesiones que sufrió. El jueves 1 de octubre se realizó la audiencia de imposición de medidas en el Juzgado en coincidencia con el cumpleaños del trabajador, quien debía cumplir 64 años.
Además, la defensa solicita el cambio de la carátula de homicidio culposo a homicidio doloso, atendiendo que el conductor manejaba estando alcoholizado a sabiendas de que podía ocasionar un accidente.
“En este caso, el accidente produjo el desenlace fatal del señor Arsenio Vera. Entonces, para nosotros configura una actitud dolosa. Queremos que se cambie la carátula a homicidio doloso con el grado de dolo eventual”, precisó Villalba.
Asimismo, cuestionó la posición de la fiscala Carolina Martínez, que señala que el imputado estaba en “aparente” estado etílico, cuando la prueba de alcotest dio positivo, arrojando 0.670 mg/l de resultado.
“La Fiscalía dice que él estaba en aparente estado de ebriedad. No es aparente estado de ebriedad. Estaba borracho y además había botellitas de cerveza en su auto. También la velocidad con la que iba era terrible, era como para matar a alguien”, expresó la abogada.
En ese sentido, recordó que el domingo 13 de setiembre, a tempranas horas de la mañana, el muchacho perdió el control debido a la alta velocidad sumada al estado etílico y chocó primeramente contra el vehículo de una de las sobrinas del fallecido y posteriormente, arrolló a don Arsenio.
Familiares y amigos se manifestaron frente al Juzgado pidiendo justicia. “Un joven irresponsable truncó la vida de un hombre de familia, sano, trabajador, que estaba a un año de jubilarse. Por lo tanto, esperamos que la justicia obre en consecuencia y se haga justicia”, concluyó.
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