La jueza penal de Garantías de Lambaré, Ana Esquivel, decretó la prisión preventiva en la Comisaría 13 de Itá Enramada, del juez de Paz de Nueva Asunción, Jorge Adolfo Franco Garelik, imputado por prevaricato por el caso Steven Automotores. La resolución judicial se dio a conocer luego de la audiencia de imposición de medidas cautelares llevada a cabo en el juzgado de la mencionada magistrada judicial.
La justicia benefició con medidas alternativas a la prisión a la actuaria judicial Gabriela Noemí Gaona Benítez, imputada por asociación criminal. Esta resolución judicial fue apelada por el Ministerio Público debido a que sostiene que la procesada podría obstaculizar el proceso penal.
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El magistrado suspendido en sus funciones Franco Garelik y Gaona Benítez, en carácter de juez y actuaria del Juzgado de Paz de Chacoi, habrían emitido resoluciones, como órdenes de secuestro, violando los derechos de la otra parte para favorecer a la playa de ventas de automóviles Steven Automotores, a través de su dueño Denis Steven Bareiro y sus representantes legales.
Las resoluciones que fueron emitidas inmediatamente después del escrito de la demanda sin cumplir las formalidades que requiere un juicio ordinario en el ámbito civil, esto se corrobora con el acta de allanamiento realizado en fecha en el Juzgado de Paz de Chaco’i, Nueva Asunción, de donde se incautaron 68 expedientes judiciales sin los requisitos establecidos en el Código Procesal Civil.
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Exjueza Tania Irún: juicio oral, en etapa final y podría conocerse la sentencia
El tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Rossana Maldonado, Lourdes Garcete y Francisco Ortiz, deberá dar a conocer su fallo en el juicio oral y público que enfrenta la exjueza en lo Civil y Comercial Tania Irún, acusada del supuesto hecho punible de prevaricato por entregar 310.000 hectáreas de tierra, ubicadas en la franja de seguridad fronteriza en Alto Paraguay, a presuntas empresas de maletín.
La audiencia oral prosigue este martes a las 13:00 con el tramo final, para luego dar paso a la deliberación de los jueces de sentencia, quienes tomarán la decisión de primera instancia.
Los fiscales Silvia González y Christian Benítez solicitaron una condena de 3 años de cárcel para Irún, mientras que la querella adhesiva, representada por el abogado Francisco de Vargas, solicitó una pena de 6 años de prisión. En los alegatos finales, el Ministerio Público sostuvo que la exmagistrada utilizó su cargo para dictar una resolución arbitraria y contraria a derecho. Los fiscales afirmaron que Irún dictó la sentencia sin contar con los documentos indispensables para resolver el caso.
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Asimismo, el fiscal Benítez manifestó que la actuación de la acusada no puede considerarse un simple error de interpretación. Recordó que, en un fallo de 2015, la propia exjueza reconoció que no disponía de toda la información necesaria sobre las empresas beneficiadas. Indicó, además, que durante el proceso fue advertida sobre la aplicación de la Ley de Seguridad Fronteriza y que contaba con informes que acreditaban que las tierras estaban en dicha zona restringida.
El representante del Ministerio Público también cuestionó la decisión de Tania Irún de interrumpir su reposo por maternidad para dictar la sentencia. Sostuvo que, durante el juicio oral, se comprobó que los estatutos de las empresas permitían transferir acciones por simple endoso, situación que vulneraba abiertamente la normativa vigente.
Condena a exministro de Corte
Los jueces Rossana Maldonado y Juan Francisco Ortiz fueron quienes condenaron al exministro Miguel Óscar Bajac a tres años de prisión por cohecho pasivo. Dicha sentencia fue ratificada en la Cámara de Apelaciones y en la Corte Suprema de Justicia, por lo que se espera que evalúen con el mismo rigor la actuación de la exjueza Tania Irún.
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Senado aborda situación laboral de trabajadores de prensa y reajuste del 5 % del salario mínimo
A petición del vicepresidente segundo de la Cámara Alta, senador Dionisio Amarilla, los miembros de la mesa directiva recibieron este lunes a la ministra de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Mónica Recalde, con el objeto de interiorizarse sobre la situación de los trabajadores de prensa y, en general, respecto al cumplimiento del decreto del Poder Ejecutivo que establece un incremento del 5 % del salario mínimo legal desde el 1 de julio del corriente año.
La reunión estuvo encabezada por el su titular, el senador Basilio Núñez, quien junto con los líderes y vicelíderes de bancadas recibieron el informe de la secretaria de Estado, sobre la situación laboral de los trabajadores de prensa.
Al respecto, el senador Amarilla había solicitado información sobre las diligencias realizadas ante el Ministerio de Trabajo respecto a eventuales denuncias formales presentadas por trabajadores de medios de comunicación, la existencia de contratos colectivos invocados por las empresas y si esta situación afecta exclusivamente a los medios de prensa o constituye una práctica extendida en otros sectores.
Asimismo, el presidente de la Cámara Alta, senador Basilio Núñez, enfatizó la necesidad de conocer con exactitud si el incremento del 5% del salario mínimo legal vigente se aplica a todos los trabajadores y, específicamente, a los trabajadores de prensa.
Mesa tripartita
En ese sentido, la ministra Mónica Recalde explicó que tomaron conocimiento de las denuncias a través de las publicaciones realizadas por diferentes gremios de periodistas. Señaló que se solicitó la conformación de una mesa tripartita con representantes de los distintos medios de comunicación, a fin de analizar el grado de cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 29 del Contrato Colectivo de Condiciones de Trabajo.
La ministra remarcó que el contrato colectivo del gremio de prensa data de 1997 y se encuentra actualmente vigente, pero no ha vuelto a ser negociado, pese a que en diferentes ocasiones se intentó avanzar en su actualización. Agregó que otro de los pedidos específicos del Sindicato de Periodistas del Paraguay (SPP) consiste en contar con una interpretación o dictamen sobre los alcances jurídicos del artículo 29, en relación con los ajustes salariales.
“Lo que tenemos como Estado es regular el salario mínimo legal. La Corte Suprema de Justicia, en un fallo, estableció que el salario mínimo no puede ser reajustado para todos, sino que solo debe ser reajustado el piso mínimo legal; los reajustes superiores al salario mínimo tienen que darse por contrato colectivo o por contratos individuales de trabajo”, señaló la ministra.
Por su parte, el senador Dionisio Amarilla refirió que presentó un proyecto de Declaración que insta al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a realizar los controles correspondientes para verificar el cumplimiento del decreto del Poder Ejecutivo que establece el incremento del salario mínimo legal y de las condiciones estipuladas en los contratos colectivos de trabajo.
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CDE: condenan a 16 años de prisión al hombre que abusó de su hija e hijastra
Este lunes, un Tribunal de Sentencia decidió condenar a 16 años de cárcel a un hombre que abusó sexualmente de su hija de 6 años y su hijastra de 7 años. La Fiscalía reunió pruebas suficientes e irrefutables que comprueban que esta persona fue el autor del terrible hecho.
El tribunal de sentencia de Ciudad del Este presidido por la jueza Flavia Lorena Recalde e integrado por Evangelina Villalba y Lourdes Morínigo, emitió el fallo condenatorio contra el hombre que fue hallado culpable por el hecho de abuso sexual de su hija e hijastra, ambas menores de edad.
La agente fiscal Viviana Sánchez que representó al Ministerio Público presentó pruebas documentales, testimoniales y periciales para demostrar la responsabilidad del acusado. Tras analizar los elementos probatorios en un juicio oral, se condenó a sujeto a 16 años de pena privativa de libertad.
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Antecedentes del caso
Se pudo demostrar que los hechos comenzaron en noviembre de 2017, luego de que la madre de las niñas falleció y estas quedaron bajo el cuidado del padre. Todo trascurrió en una vivienda ubicada en el kilómetro 7 Monday, en la localidad de Presidente Franco, departamento de Alto Paraná.
Una de las niñas contó todo lo que ocurría en la vivienda a una vecina, quien se encargó de presentar la denuncia. La madre de las menores también le había manifestado que su pareja abusaba de ellas e incluso había comunicado la situación a agentes policiales, pero luego pidió que no se prosiga con la investigación debido a las amenazas recibidas.
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Fiscalía pide 3 años de cárcel y la querella solicita 6 para la exjueza Tania Irún por prevaricato
Los fiscales Silvia González y Christian Benítez solicitaron una condena de 3 años de cárcel para la exjueza en lo Civil y Comercial Tania Irún, acusada del supuesto hecho punible de prevaricato. Se la señala por entregar 310.000 hectáreas de tierra, ubicadas en la franja de seguridad fronteriza en Alto Paraguay, a presuntas empresas de maletín. Por su parte, la querella adhesiva, representada por el abogado Francisco de Vargas, solicitó una pena de 6 años de prisión.
En los alegatos finales, el Ministerio Público sostuvo que la exmagistrada utilizó su cargo para dictar una resolución arbitraria y contraria a derecho. Esto tuvo el objetivo de beneficiar a una de las partes en perjuicio de la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial. Los fiscales afirmaron que Irún dictó la sentencia sin contar con los documentos indispensables para resolver el caso.
Asimismo, el fiscal Christian Benítez manifestó que la actuación de la acusada no puede considerarse un simple error de interpretación. Recordó que, en un fallo de 2015, la propia exjueza reconoció que no disponía de toda la información necesaria sobre las empresas beneficiadas. Indicó además que, durante el proceso, fue advertida sobre la aplicación de la Ley de Seguridad Fronteriza y que contaba con informes que acreditaban que las tierras estaban en dicha zona restringida.
El representante del Ministerio Público también cuestionó la decisión de Tania Irún de interrumpir su reposo por maternidad para dictar la sentencia. Sostuvo que, durante el juicio oral, se comprobó que los estatutos de las empresas permitían transferir acciones por simple endoso, situación que vulneraba abiertamente la normativa vigente. Finalmente, afirmó que la resolución judicial favoreció indebidamente a una de las partes y provocó el despojo de 310.000 hectáreas de tierras soberanas.