El fiscal Silvio Corbeta ratificó la posición del Ministerio Público, la cual se ajusta a derecho la decisión del magistrado Gustavo Amarilla, quien había citado al diputado Erico Galeano para una audiencia de imposición de medidas. Por su parte, la defensa presentó un recurso de reposición contra la decisión del juzgado bajo el argumento de que se debe correr traslado por escrito.
En caso de que el juez Amarrilla rechace el recurso de la defensa, el expediente debe ser trasladado a la Cámara de Apelaciones para que resuelva la cuestión. Galeano fue imputado por la Fiscalía en el marco de la causa abierta por los supuestos hechos de asociación criminal y lavado de dinero, el 19 de mayo.
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La carpeta fiscal en la cual está imputado el legislador es una prosecución de la investigación iniciada por el Ministerio Público luego de la realización de varios allanamientos en el operativo A Ultranza Py. La defensa de Galeano sostiene que el juzgado intervino erróneamente en la causa, teniendo en cuenta los fueros parlamentarios del imputado.
Los agentes fiscales Silvio Corbeta y Deny Yoon Pak son los que presentaron la imputación contra Erico Galeano y solicitaron la prisión preventiva. La imputación menciona que a cambio de una aeronave, el legislador habría recibido sumas de dinero provenientes del tráfico internacional de drogas, las cuales habría insertado dentro del sistema financiero y económico nacional.
El diputado, y actualmente senador proclamado, solicitó la pérdida de sus fueros como congresista para responder ante la justicia sobre la causa iniciada. De este modo, el 24 de mayo la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad el pedido de desafuero impulsado por él mismo.
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Final feliz: la niña volvió a los brazos de su madre, pero la batalla judicial recién empieza
La niña de dos años, con iniciales MBR, ya está con su madre en la ciudad de Resistencia, Argentina, donde el padre fue detenido ayer viernes por la gendarmería del vecino país, e imputado en Paraguay por los hechos punibles de desacato de orden judicial, frustración de la persecución penal y violación del deber de cuidado.
Tras activarse los protocolos nacionales e internacionales de búsqueda, la niña fue hallada a salvo.
Los padres de la niña tenían en Chile un régimen de convivencia compartida. El papá se negaba a que la madre visitara Paraguay hasta que ella consiguió un permiso, pero debía regresar el 5 de enero y no lo hizo. Allí se inició un juicio de restitución internacional, que continuó en nuestro país con nuevas reglas.
La niña chilena de dos años, de madre paraguaya, pero de padre chileno, se encuentra con su mamá en Resistencia, Argentina, desde donde regresará a Paraguay para reanudar el proceso judicial que quedó en pausa.
A partir de ahora, el proceso debe continuar tanto en Paraguay como en Chile.
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Los antecedentes señalan que la madre llegó a fin de año del 2025 a Paraguay con su hija, mediante un permiso judicial obtenido en Chile, por el cual debía regresar a ese país el 5 de enero. Como no lo hizo, alegando motivos de salud (según ella misma admite), entonces Chile inició un juicio de restitución internacional, que en la legislación chilena se llama secuestro internacional.
El Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y Adolescencia de Chile solicita a la justicia paraguaya que dé trámite a esa restitución internacional. La madre decidió litigar desde aquí y, en ese marco, también se inició un juicio en Paraguay, a los efectos de responder al pedido de la justicia chilena.
En ese contexto, el padre vino a Paraguay, donde se dispuso un relacionamiento provisorio mientras dure este juicio. En medio de ese proceso, el padre también incumplió ese régimen de convivencia dispuesto por la justicia paraguaya, al no restituir a la niña el miércoles 8 de julio a las 5 de la tarde.
“El juicio inicia con el pedido de restitución del padre. Comienza por el requerimiento que hace el padre a la justicia chilena para dar cumplimiento a la resolución de la justicia de Chile; otro trámite procesal era que la madre fuera hasta allá a apelar la resolución, pero ella vino a litigar acá”, explicó el fiscal a las 650 AM.
El juicio de restitución internacional promovido por Chile quedó en suspenso a partir de que el padre huyó con la niña. No obstante, una vez que se reanude, la jueza de primera instancia de la niñez de la Capital debe decir: sí o no a la entrega de la niña bajo la figura de la restitución internacional solicitada por Chile.
Sin embargo, en Paraguay el padre fue imputado por desacato de una orden judicial y violación del deber del cuidado. El Juzgado ordenó la prisión preventiva del procesado.
Entretanto, la jueza de la Niñez y la Adolescencia de Paraguay, Natalia Ortellado, decidió entregar a su madre a la niña de dos años hasta tanto culmine el juicio que se está tramitando en dicho juzgado.
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Imputan a un grupo de cinco personas por coacción sexual, rapto, robo y extorsión
- Ciudad del Este. Agencia regional
El fiscal Alcides Giménez Zorrilla, de la Unidad Penal N.º 9 de Ciudad del Este, inició proceso contra cinco personas (tres hombres y dos mujeres), por la presunta comisión de los hechos punibles de coacción sexual y violación, privación de libertad y extorsión agravada. La víctima es un joven de 26 años, de nacionalidad paraguaya.
Uno de los imputados es Edson Andrade Pimenta Sobrinho (57), de nacionalidad brasileña y está detenido con pedido de prisión preventiva. Los otros cuatro procesados son paraguayos y están prófugos.
La causa investigada tiene que ver con los hechos ocurridos el 6 de julio de 2026, alrededor de las 15:00, en un inquilinato del barrio Acaray de Ciudad del Este.
El denunciante contó que acudió al lugar para mantener un encuentro previamente acordado con una mujer, con quien había establecido contacto a través del celular.
Ya estando en la habitación, la mujer habría iniciado una agresión y generó un altercado con el hombre, situación que fue aprovechada por los supuestos cómplices para ingresar al sitio, reducir al joven y retenerlo contra su voluntad.
Posteriormente, lo habrían agredido físicamente y sometido sexualmente, mientras registraban el hecho en un video.
De acuerdo con la pesquisa de la Fiscalía, tras consumar la agresión, los presuntos autores utilizaron un arma de fuego y la grabación, para amenazar a la víctima con difundir las imágenes, si no accedía a sus exigencias. Asimismo, habrían obtenido las claves de acceso del teléfono y realizaron extracciones y transferencias de dinero a sus cuentas bancarias.
Luego de todo eso, la víctima fue liberada con la previa advertencia de no denunciar lo ocurrido, porque si lo hacía, el vídeo sería divulgado. Sin embargo, el afectado acudió a la subcomisaría 54 para denunciar el hecho.
Personal policial fue hasta el lugar y aprehendió a unos de los involucrados, el ciudadano brasileño, quien había permanecido en el lugar.
El Ministerio Público dispuso la inspección médica forense de la víctima, cuyo informe constató lesiones físicas compatibles con la denuncia presentada.
Fue requerido al Juzgado Penal de Garantías la declaración de rebeldía y la emisión de órdenes de captura contra los cuatro ciudadanos paraguayos que permanecen prófugos.
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Fiscalía imputa al representante de Alpha College por presunta utilización indebida de marcas
El Ministerio Público formuló imputación contra Jaime José Benítez Domínguez, presidente y representante legal de Alpha Sociedad Anónima, firma propietaria de Alpha College Paraguay, por la presunta comisión del hecho punible de violación de los derechos de marca, en el marco de una investigación relacionada con el supuesto uso no autorizado de signos distintivos vinculados a la Universidad Americana.
La causa fue impulsada a partir de una denuncia presentada por el Instituto de Capacitación y Desarrollo Empresarial S.A.E. (INCADE S.A.E.), titular de los registros marcarios asociados a la Universidad Americana, que sostiene que la autorización contractual para la utilización de dichas marcas expiró el 1 de enero de 2023.
De acuerdo con el acta de imputación, la Fiscalía considera que existen elementos suficientes de sospecha para sostener que Alpha College habría continuado utilizando, sin autorización vigente, denominaciones comerciales, elementos gráficos, tipografías y referencias institucionales asociadas a la Universidad Americana, incluso presentándose públicamente como “Alpha College – Colegio de la Universidad Americana”.
La representación fiscal sostiene que la continuidad en el uso de estas referencias podría haber generado en estudiantes, padres y consumidores la percepción de una vinculación institucional o comercial que, según la parte denunciante, había dejado de existir tras la conclusión de la relación contractual entre las partes.
Entre los elementos incorporados a la investigación figuran contratos suscritos entre las instituciones involucradas, certificados de registro y renovación de marcas, actas notariales, capturas de pantalla de plataformas institucionales, intimaciones formales remitidas a la institución educativa e informes técnicos especializados elaborados durante la pesquisa.
Según la imputación, uno de los informes periciales concluye que existen indicios suficientes sobre la presunta comisión de hechos relacionados con la protección de derechos de propiedad intelectual, reforzando la hipótesis investigativa sostenida por el Ministerio Público.
La conducta atribuida fue calificada provisoriamente como violación de los derechos de marca, hecho previsto y sancionado por el artículo 184 del Código Penal paraguayo.
La agente fiscal Myriam Rodríguez Quiñónez, titular de la Unidad Especializada en Propiedad Intelectual y Contrabando, solicitó además un plazo de seis meses para la realización de diligencias complementarias y la posterior presentación del requerimiento conclusivo.
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Asimismo, el Ministerio Público requirió la aplicación de medidas alternativas a la prisión preventiva, entre ellas la obligación de comparecer periódicamente ante las autoridades judiciales, la prohibición de salida del país y la prestación de caución personal o real.
La causa quedó radicada ante el Juzgado Penal de Garantías N.º 8 de la Capital, a cargo del magistrado José Agustín Delmás Aguiar.
Cabe señalar que la imputación constituye una etapa inicial del proceso penal y no implica una declaración de culpabilidad, correspondiendo exclusivamente a la autoridad judicial determinar, mediante resolución firme, la eventual existencia de responsabilidad penal.
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Caso Tajy: fijan prohibición a Prieto de salir del país y fianza de G. 500 millones
En el marco de la causa conocida como Tajy, el juez penal de garantías Osmar Legal otorgó al exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, libertad ambulatoria e impuso medidas, la prohibición de salir del país y una fianza de G. 500.000.000. El líder del partido YoCreo está acusado por un supuesto perjuicio de alrededor de G. 306.000.000, que habrían desviados de los fondos municipales.
La audiencia se realizó tras dos años de sistemáticos incidentes o chicanas para impedir la imposición de medidas la prosecución del proceso por supuesta lesión de confianza y administración en provecho propio, asociación criminal, acusación presentada por fiscales Silvio Corbeta, Yeimy Adle y Verónica Valdez.
Miguel Prieto y su entorno habrían realizado una compra simulada de alimentos a una firma unipersonal, denominada Tajy, propiedad de un constructor de pozo artesiano, al que el exintendente hizo pasar como proveedor de 50.000 kilos de harina, entre otros productos, en una compra simulada de alimentos, durante la pandemia por el covid-19.
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El caso Tajy consiste en un esquema de compra simulada de víveres por la urgencia de la pandemia que llevaron adelante Prieto y funcionarios cercanos, ubicados en puestos clave de la municipalidad de Ciudad del Este, por un lado y, por el otro, clanes familiares de amigos y expareja que simularon competencia en procesos licitatorios para el desvío de fondos públicos.
La pequeña firma unipersonal corresponde al hoy extinto Buenaventura Morínigo, tío de la expareja del intendente destituido, Vanessa Florentín (Vanemi). El supuesto propietario se dedicaba en realidad a la construcción de pozos artesiano, pero utilizaron su factura en el esquema de compra simulada de alimentos por urgencia para blindar el proceso.
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