El tribunal de sentencia integrado por Claudia Criscioni, Cándida Fleitas y Yolanda Morel absolvió este martes de culpa y pena al exintendente de Lambaré Roberto Cárdenas en el marco del proceso penal por el desvío de fondos jubilatorios. Mientras que el colegiado condenó a tres años de cárcel a Guido Salcedo, exadministrador de la referida comuna.
El colegiado consideró que no se probó en la audiencia oral la acusación del Ministerio Público, por lo que corresponde absolver de culpa y pena a Cárdenas. Mientras que sí se pudo demostrar la responsabilidad del exadministrador de la comuna de Lambaré Guido Salcedo, por lo que la pena justa es la de 3 años de cárcel.
Por su parte, los fiscales Luis Said y Teresita Torres analizarán la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y, en caso de ser así, será un tribunal de apelación el que deberá decidir si confirma la resolución de primera instancia.
Otras condenas
En su momento, el Ministerio Público consideró que ambos procesados participaron de hechos irregulares consistentes en las transferencias intercuentas de pavimentación y royalties a la cuenta institucional entre los años 2011 y 2015 durante su gestión como administrador de la Municipalidad de Lambaré. El monto de transferencias realizadas es de G. 6.764 millones que no fueron restituidos a sus cuentas de origen.
El exintendente de Lambaré Roberto Cárdenas está cumpliendo la condena de privación de libertad de 2 años por el hecho de usurpación de funciones públicas. El mismo se presentó en el departamento de Judiciales de la Policía Nacional para cumplir con su condena. Al respecto, el juzgado de ejecución de Luque, a cargo de la jueza Rosalía González, ya emitió el oficio de remisión a la cárcel de Tacumbú para el exjefe comunal.
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Condenan a 8 años de prisión a Hernán Rivas por producción y uso de documentos falsos
Luego de deliberar por más de tres horas, el Tribunal de Sentencia emitió su veredicto en el caso del exsenador Hernán Rivas, estableciendo una condena de 8 años de prisión. La Fiscalía había solicitado una condena de 12 años de cárcel, porque concluyó que su título de abogado es falso.
En la lectura de la sentencia, la presidenta del Tribunal, María Fernanda García de Zúñiga, argumentó que las evidencias expuestas por la Fiscalía demostraron que Rivas carecía de un historial académico de correspondencia y una condición profesional inexistente, según pudieron comprobar en el juicio oral.
Las juezas María Fernanda García de Zúñiga y Yolanda Portillo votaron por 8 años de cárcel y el juez Juan Carlos Zárate votó en disidencia considerando que la pena en este caso debía ser de 14 años. En tanto se mantienen las medidas correspondientes a la libertad hasta tanto quede firme y ejecutoriada la condena.
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Los integrantes del tribunal de sentencia llegaron a la conclusión de que Hernán David Rivas es el responsable de los hechos punibles de producción y uso de documentos públicos de contenido falso, en su modalidad agravada.
Asimismo, sostuvo que durante el juicio oral quedó probado que no existe documentación académica que respalde el certificado de estudios y el título presentados por Rivas para acreditar su condición de abogado y obtener su matrícula ante la Corte Suprema de Justicia.
“Estamos ante lo que podemos denominar un alumno fantasma, una persona cuyo supuesto paso por la carrera de Derecho no dejó ni un solo rastro académico, administrativo o contable”, explicó la presidenta del Tribunal, María Fernanda García de Zúñiga.
Del mismo modo, los magistrados concluyeron, “más allá de toda duda razonable”, que Rivas no realizó ni aprobó el trabajo final requerido para obtener el título de abogado. Respecto a los testigos que afirmaron haberlo visto cursar la carrera en Ciudad del Este, señalaron que sus declaraciones fueron contradictorias.
“Una carrera universitaria no se hace en un papel, se cursa en un lugar durante años”, sostuvo García de Zúñiga, al referirse a la falta de elementos que acrediten que Rivas haya cursado efectivamente la carrera.
Para calificar los hechos como especialmente graves, el Tribunal remarcó que las consecuencias de la falsedad trascendieron la utilización de una condición de abogado que no le correspondía, ya que Rivas llegó a integrar un órgano constitucional encargado de juzgar a magistrados, fiscales y defensores públicos.
En sus alegatos finales, el Ministerio Público decidió avanzar con un proceso de investigación a siete personas que se presentaron como testigos de la defensa, incluidos la universidad que emitió el documento falso, por presuntas declaraciones falsas ante el tribunal.
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“Tía Chela”: Prieto afronta juicio este lunes mientras avanza otro proceso en su contra
El Tribunal de Sentencia conformado por las juezas especializadas en Delitos Económicos: Ana Rodríguez Brozón, Karina Cáceres y Yolanda Morel, dará continuidad este lunes 7 de septiembre al juicio oral y público contra el exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. Mañana se deberán definir los planteamientos de las partes antes de avanzar con la producción de pruebas en el caso conocido como Tía Chela. La Fiscalía contestará los incidentes de las defensas, en una jornada que podría marcar el rumbo del juicio contra Prieto.
El exjefe comunal esteño enfrenta juicio oral y público por lesión de confianza y asociación criminal tras el presunto desvío de G. 2.949.650.000 de las arcas municipales. Este proceso representa un paso crucial para el Ministerio Público, que busca una sentencia condenatoria ejemplar ante la gravedad de un hecho que golpeó directamente los recursos de los ciudadanos del Este.
La semana pasada, se había retomado el juicio oral luego de incidentes presentados por la Fiscalía y la defensa. Ahora el Ministerio Público tendrá que contestar los incidentes presentados por la defensa de Prieto y los demás acusados. Una vez contestados, el Tribunal de Sentencia deberá resolver los pedidos de la defensa, por lo que el juicio continuará mañana desde las 08:00.
La semana pasada, el fiscal Silvio Corbeta planteó cuatro incidentes probatorios al inicio del juicio; el primero tiene que ver con la incorporación de información sobre el cambio de marcas de los productos que habían sido licitados para los kits de alimentos. También solicitó incorporar como testigo al director de la DNCP, Agustín Encina, para que explique la nota presentada por la empresa Tía Chela y las cuestiones relacionadas con el procedimiento de contratación.
Por otra parte, solicitó un informe a la Contraloría General de la República para determinar si la nota recibida por Prieto fue presentada y analizada cuando se elaboró el dictamen técnico sobre la contratación. Así como solicitó un informe a la DNIT sobre la trazabilidad de las facturas y mercaderías y si la empresa comunicó el cambio de marcas de los productos.
En tanto que, por parte de la defensa, el abogado Martín Prieto, representante del acusado Julián Benítez Gamarra, uno de los 10 imputados en esta causa, pidió la suspensión del juicio al alegar que no había tenido acceso a la investigación. En este caso, el tribunal ya rechazó el planteamiento y dispuso además una sanción disciplinaria contra el abogado.
Caso Tajy
El proceso judicial en el caso Tía Chela no es el único juicio oral que deberá enfrentar el exintendente Miguel Prieto, teniendo en cuenta que el pasado 3 de agosto la Fiscalía ratificó la acusación en su contra por el denominado caso Tajy junto a otros presuntos cómplices. Al día siguiente, juez penal de Garantías de Delitos Económicos, Humberto Otazú, elevó la causa a juicio oral y público.
En este caso, la Fiscalía acusó al exintendente por lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal, por el daño patrimonial que supera los G. 306 millones.
El Ministerio Público refiere que, el 11 de junio del 2020, la administración de Prieto efectuó el pago irregular de G. 306.188.500 a favor de la empresa proveedora Tajy por mercaderías que no fueron entregadas, constituyéndose en un hecho de corrupción y perjuicio a las arcas del municipio.
También se encuentran acusados en esta causa: Sebastián Martínez Insfrán, Robert Osmar Florentín Silvero, Alex Yamal Samhat González, Francisco Raimundo Arrúa Álvarez, Emili Vanessa Florentín Páez, Higinio Ramón Acuña, Nelson Alexis Segovia Acevedo, Maggi Elizabeth Fariña Almada, Buena Ventura Morínigo, Cirle Elizabeth Alcaraz Ramírez. A la vez, los fiscales solicitaron el sobreseimiento definitivo de Richard Ayala y provisional para Sabino Peralta.
Consejo de Salud
A la par que se desarrolla el juicio oral y público, del caso Tía Chela, la Fiscalía presentó una nueva acusación contra el exintendente Prieto, y otras tres personas por el hecho punible de lesión de confianza por un presunto perjuicio patrimonial de G. 757 millones a la comuna esteña. El daño se habría ocasionado a través del pago por obras inexistentes financiadas por el Consejo Local de Salud de la comuna de Alto Paraná.
La acusación formal fue presentada por los fiscales Silvio Corbeta, Yeimy Adle Monges, María Verónica Valdéz ante el juzgado penal de Garantías de Delitos Económicos 1° turno, cuya investigación reveló que Prieto habría ordenenado transferencias a favor del Consejo Local de Salud del Hospital Regional de Ciudad del Este. Una parte importante de estos recursos se habría destinado supuestamente a la inversión física y edilicia dentro del mencionado centro médico.
Los otros dos imputados en la misma causa son Sebastián Martínez Insfrán y Valeria Romero, ambos por participar en la comisión de un hecho punible de lesión de confianza en calidad de cómplices. En este tercer proceso penal, siete de los once imputados ya admitieron los hechos de corrupción presuntamente cometidos por Prieto y su entorno.
Ahora se aguarda la fecha para el desarrollo de la audiencia preliminar, en la que se definirá si Prieto enfrentará su tercer juicio oral y público, atendiendo a que el primer juicio ya se inició, el segundo debe comenzar en los próximos meses y, en la tercera causa, ya se acusó y se pidió que el proceso se eleve a juicio.
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Tribunal absolvió por duda razonable a exjueza acusada por prevaricato
Un tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Rossana Maldonado, Juan Ortiz y Lourdes Garcete, decidió absolver de culpa y pena por duda razonable a la exjueza en lo civil, Tania Irún. La exmagistrada fue juzgada por el presunto delito de prevaricato tras entregar más de 310.000 hectáreas de tierra a empresas de maletín en Alto Paraguay.
De acuerdo con el colegiado, el Ministerio Público no logró probar qué motivación o interés habría llevado a la procesada a dictar la resolución cuestionada.
Tanto la querella como la Fiscalía adelantaron que analizarán los argumentos del tribunal de Sentencia para apelar el fallo judicial. En caso de ser así, un tribunal de Apelación definirá si corresponde que otro tribunal de Sentencia vuelva a juzgar a Irún.
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Jueces contra el voto de ministros
Los jueces de Sentencia Rossana Maldonado, Juan Ortiz y Lourdes Garcete desmeritaron los votos de los ministros de la Corte Suprema de Justicia, Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia, integrantes de la Sala Penal. Ambos ministros, en su calidad de miembros del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), habían señalado que la entonces jueza Tania Irún violó la ley de seguridad fronteriza, motivo por el cual se había resuelto su destitución.
Con esta sentencia de absolución, los magistrados contradijeron el criterio de los dos ministros de la máxima instancia judicial.
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Condenan a 10 años a miembro del EPP
Lourdes Ramírez, junto a su esposo Alejandro Ramos, integraron el EPP y fundaron el Ejército de Mariscal López.
Un tribunal de sentencia condenó a 10 años de cárcel a Lourdes Ramírez de Ramos, esposa de Alejandro Ramos, con quien fundó el Ejército de Mariscal López y exmiembro del autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), al ser hallada culpable de apología del delito, atentado contra la existencia del Estado y atentado contra el orden constitucional.
De acuerdo con los antecedentes del caso, la ahora sentenciada apareció en un video difundido en enero de 2014, en el cual el grupo criminal reivindicaba la lucha de clases como único medio para acceder al poder e instaurar un gobierno de los pobres. En dicho material audiovisual también se emitían expresiones contra las autoridades nacionales legítimamente constituidas, hechos que sustentaron la condena impuesta.
PRUEBAN SU PARTICIPACIÓN
Durante el juicio oral y público, el fiscal Federico Delfino acreditó la participación de la acusada mediante las pruebas producidas durante el desarrollo de la audiencia oral.
Ahora, la defensa de la condenada tendrá la posibilidad de apelar el fallo judicial, en cuyo caso un tribunal de apelación deberá resolver si corresponde confirmar la sentencia dictada en primera instancia.