Un tribunal de sentencia integrado por los jueces Juan Carlos Rocholl, Julio López y Gladys Bernal condenó a un año de cárcel con suspensión condicional del procedimiento al sacerdote Silvestre Olmedo, al ser encontrado culpable por el delito de acoso sexual, del cual fue víctima la joven Alexa.
En sus alegatos finales, el Ministerio Público y la querella adhesiva solicitaron la pena de dos años con suspensión condicional. Ahora la defensa del religioso tendrá la posibilidad de apelar la presente resolución y, en caso de ser así, será un tribunal de apelaciones el que tendrá que resolver si corresponde confirmar la sentencia dictada en primera instancia.
Antecedentes
El año pasado, cuando el caso llegó por primera vez a juicio oral, quedó probado que el hecho de acoso sexual existió. Sin embargo, el Tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Leticia de Gásperi, Dina Marchuk y Hugo Segovia Villasanti, en un fallo dividido, resolvió absolver al cura. El fallo dictado fue apelado por la querella adhesiva y el Tribunal de Apelaciones de San Lorenzo anuló la absolución y ordenó la realización de un nuevo juicio oral.
La determinación de anular la absolución del párroco se basó en la errónea interpretación que realizaron los jueces Marchuk y Segovia con respecto a la palabra “hostigamiento”, fundada meramente en el significado lingüístico e ignorando la normativa internacional, así como la supuesta inexistencia de autoridad o influencia de Olmedo.
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Condenan a 8 años de prisión a Hernán Rivas por producción y uso de documentos falsos
Luego de deliberar por más de tres horas, el Tribunal de Sentencia emitió su veredicto en el caso del exsenador Hernán Rivas, estableciendo una condena de 8 años de prisión. La Fiscalía había solicitado una condena de 12 años de cárcel, porque concluyó que su título de abogado es falso.
En la lectura de la sentencia, la presidenta del Tribunal, María Fernanda García de Zúñiga, argumentó que las evidencias expuestas por la Fiscalía demostraron que Rivas carecía de un historial académico de correspondencia y una condición profesional inexistente, según pudieron comprobar en el juicio oral.
Las juezas María Fernanda García de Zúñiga y Yolanda Portillo votaron por 8 años de cárcel y el juez Juan Carlos Zárate votó en disidencia considerando que la pena en este caso debía ser de 14 años. En tanto se mantienen las medidas correspondientes a la libertad hasta tanto quede firme y ejecutoriada la condena.
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Los integrantes del tribunal de sentencia llegaron a la conclusión de que Hernán David Rivas es el responsable de los hechos punibles de producción y uso de documentos públicos de contenido falso, en su modalidad agravada.
Asimismo, sostuvo que durante el juicio oral quedó probado que no existe documentación académica que respalde el certificado de estudios y el título presentados por Rivas para acreditar su condición de abogado y obtener su matrícula ante la Corte Suprema de Justicia.
“Estamos ante lo que podemos denominar un alumno fantasma, una persona cuyo supuesto paso por la carrera de Derecho no dejó ni un solo rastro académico, administrativo o contable”, explicó la presidenta del Tribunal, María Fernanda García de Zúñiga.
Del mismo modo, los magistrados concluyeron, “más allá de toda duda razonable”, que Rivas no realizó ni aprobó el trabajo final requerido para obtener el título de abogado. Respecto a los testigos que afirmaron haberlo visto cursar la carrera en Ciudad del Este, señalaron que sus declaraciones fueron contradictorias.
“Una carrera universitaria no se hace en un papel, se cursa en un lugar durante años”, sostuvo García de Zúñiga, al referirse a la falta de elementos que acrediten que Rivas haya cursado efectivamente la carrera.
Para calificar los hechos como especialmente graves, el Tribunal remarcó que las consecuencias de la falsedad trascendieron la utilización de una condición de abogado que no le correspondía, ya que Rivas llegó a integrar un órgano constitucional encargado de juzgar a magistrados, fiscales y defensores públicos.
En sus alegatos finales, el Ministerio Público decidió avanzar con un proceso de investigación a siete personas que se presentaron como testigos de la defensa, incluidos la universidad que emitió el documento falso, por presuntas declaraciones falsas ante el tribunal.
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Condenan a 18 años de cárcel a profesor de taekwondo por abuso sexual
Un Tribunal de Sentencia condenó a un hombre a 18 años de cárcel luego de ser encontrado culpable por abuso sexual en niños, registrado en la ciudad de Altos. La agente fiscal Mayra Palacios, de la Unidad Zonal de Emboscada, fue quien representó al Ministerio Público en el juicio oral y público.
La representante del Ministerio Público logró probar la responsabilidad penal del acusado a través de diversos elementos probatorios expuestos ante el Tribunal de Sentencia que, de forma unánime, resolvió dictar la condena.
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Antecedentes
De acuerdo con los antecedentes de la causa, los abusos se registraron el 3 de mayo de 2025, a las 20:00, aproximadamente. La víctima, de 13 años, fue llevada desde su domicilio por su profesor de taekwondo con la excusa de comprar hamburguesas; sin embargo, fue trasladada hasta una zona boscosa en inmediaciones de un camino vecinal, donde el hoy condenado cometió el hecho en el interior de su vehículo para luego llevarla nuevamente a su vivienda.
El Tribunal de Sentencia estuvo presidido por la magistrada Liliana Ruiz Díaz Guerrero e integrado por las juezas Ángela Carolina Jara Vallejos y Cristel Sandrina Müller de Peralta. El colegiado sostuvo que se pudo demostrar la responsabilidad del acusado por el grave hecho sucedido, por lo que la pena que corresponde es la de 18 años de cárcel.
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“Tía Chela”: Prieto afronta juicio este lunes mientras avanza otro proceso en su contra
El Tribunal de Sentencia conformado por las juezas especializadas en Delitos Económicos: Ana Rodríguez Brozón, Karina Cáceres y Yolanda Morel, dará continuidad este lunes 7 de septiembre al juicio oral y público contra el exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. Mañana se deberán definir los planteamientos de las partes antes de avanzar con la producción de pruebas en el caso conocido como Tía Chela. La Fiscalía contestará los incidentes de las defensas, en una jornada que podría marcar el rumbo del juicio contra Prieto.
El exjefe comunal esteño enfrenta juicio oral y público por lesión de confianza y asociación criminal tras el presunto desvío de G. 2.949.650.000 de las arcas municipales. Este proceso representa un paso crucial para el Ministerio Público, que busca una sentencia condenatoria ejemplar ante la gravedad de un hecho que golpeó directamente los recursos de los ciudadanos del Este.
La semana pasada, se había retomado el juicio oral luego de incidentes presentados por la Fiscalía y la defensa. Ahora el Ministerio Público tendrá que contestar los incidentes presentados por la defensa de Prieto y los demás acusados. Una vez contestados, el Tribunal de Sentencia deberá resolver los pedidos de la defensa, por lo que el juicio continuará mañana desde las 08:00.
La semana pasada, el fiscal Silvio Corbeta planteó cuatro incidentes probatorios al inicio del juicio; el primero tiene que ver con la incorporación de información sobre el cambio de marcas de los productos que habían sido licitados para los kits de alimentos. También solicitó incorporar como testigo al director de la DNCP, Agustín Encina, para que explique la nota presentada por la empresa Tía Chela y las cuestiones relacionadas con el procedimiento de contratación.
Por otra parte, solicitó un informe a la Contraloría General de la República para determinar si la nota recibida por Prieto fue presentada y analizada cuando se elaboró el dictamen técnico sobre la contratación. Así como solicitó un informe a la DNIT sobre la trazabilidad de las facturas y mercaderías y si la empresa comunicó el cambio de marcas de los productos.
En tanto que, por parte de la defensa, el abogado Martín Prieto, representante del acusado Julián Benítez Gamarra, uno de los 10 imputados en esta causa, pidió la suspensión del juicio al alegar que no había tenido acceso a la investigación. En este caso, el tribunal ya rechazó el planteamiento y dispuso además una sanción disciplinaria contra el abogado.
Caso Tajy
El proceso judicial en el caso Tía Chela no es el único juicio oral que deberá enfrentar el exintendente Miguel Prieto, teniendo en cuenta que el pasado 3 de agosto la Fiscalía ratificó la acusación en su contra por el denominado caso Tajy junto a otros presuntos cómplices. Al día siguiente, juez penal de Garantías de Delitos Económicos, Humberto Otazú, elevó la causa a juicio oral y público.
En este caso, la Fiscalía acusó al exintendente por lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal, por el daño patrimonial que supera los G. 306 millones.
El Ministerio Público refiere que, el 11 de junio del 2020, la administración de Prieto efectuó el pago irregular de G. 306.188.500 a favor de la empresa proveedora Tajy por mercaderías que no fueron entregadas, constituyéndose en un hecho de corrupción y perjuicio a las arcas del municipio.
También se encuentran acusados en esta causa: Sebastián Martínez Insfrán, Robert Osmar Florentín Silvero, Alex Yamal Samhat González, Francisco Raimundo Arrúa Álvarez, Emili Vanessa Florentín Páez, Higinio Ramón Acuña, Nelson Alexis Segovia Acevedo, Maggi Elizabeth Fariña Almada, Buena Ventura Morínigo, Cirle Elizabeth Alcaraz Ramírez. A la vez, los fiscales solicitaron el sobreseimiento definitivo de Richard Ayala y provisional para Sabino Peralta.
Consejo de Salud
A la par que se desarrolla el juicio oral y público, del caso Tía Chela, la Fiscalía presentó una nueva acusación contra el exintendente Prieto, y otras tres personas por el hecho punible de lesión de confianza por un presunto perjuicio patrimonial de G. 757 millones a la comuna esteña. El daño se habría ocasionado a través del pago por obras inexistentes financiadas por el Consejo Local de Salud de la comuna de Alto Paraná.
La acusación formal fue presentada por los fiscales Silvio Corbeta, Yeimy Adle Monges, María Verónica Valdéz ante el juzgado penal de Garantías de Delitos Económicos 1° turno, cuya investigación reveló que Prieto habría ordenenado transferencias a favor del Consejo Local de Salud del Hospital Regional de Ciudad del Este. Una parte importante de estos recursos se habría destinado supuestamente a la inversión física y edilicia dentro del mencionado centro médico.
Los otros dos imputados en la misma causa son Sebastián Martínez Insfrán y Valeria Romero, ambos por participar en la comisión de un hecho punible de lesión de confianza en calidad de cómplices. En este tercer proceso penal, siete de los once imputados ya admitieron los hechos de corrupción presuntamente cometidos por Prieto y su entorno.
Ahora se aguarda la fecha para el desarrollo de la audiencia preliminar, en la que se definirá si Prieto enfrentará su tercer juicio oral y público, atendiendo a que el primer juicio ya se inició, el segundo debe comenzar en los próximos meses y, en la tercera causa, ya se acusó y se pidió que el proceso se eleve a juicio.
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Condenan a 18 años de cárcel a un hombre por abuso sexual en niños
Un tribunal de sentencia condenó a 18 años de pena privativa de libertad a un hombre encontrado culpable por el hecho punible de abuso sexual en niños. La agente fiscal, Cynthia Carolina Huespe Ortega, estuvo a cargo de sostener la acusación fiscal.
El hoy condenado abusó en reiteradas ocasiones de una niña de 11 años, entre los años 2019 y 2020. Durante el juicio oral, la representación fiscal expuso de manera detallada el daño psicológico y físico ocasionado a la víctima.
Las declaraciones de la menor (realizadas bajo el sistema de Cámara Gesell para evitar su revictimización), los testimonios de familiares y los informes de los peritos médicos y psicológicos, así como las demás pruebas documentales ofrecidas, fueron producidas ante el Tribunal de Sentencia. Dicho colegiado dictó la pena de 18 años de encierro al quedar plenamente demostrada la conducta reprochable del acusado en el hecho.
Tras la lectura íntegra del fallo, la defensa del condenado cuenta con el plazo legal establecido por la ley para interponer un recurso de apelación especial. En caso de presentarse dicha objeción, el caso será remitido a un Tribunal de Apelación en lo Penal. Esta instancia de alzada tendrá la responsabilidad de examinar el proceso y definir si corresponde confirmar, revocar o modificar la sentencia condenatoria dictada en primera instancia.
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