El Tribunal de Apelación integrado por los camaristas Gustavo Ocampos, Arnaldo Fleitas y Pedro Mayor Martínez, este último con voto en disidencia, confirmó la prisión preventiva de Reinaldo Javier “Cucho” Cabaña, acusado de narcotráfico. De esta manera, el procesado seguirá recluido en la penitenciaría de Emboscada a la resulta del presente proceso penal.
Días atrás, la jueza penal de Garantías, Alicia Pedrozo, ratificó la prisión preventiva de Cabaña. El abogado Filemón Meza, defensor del acusado, había solicitado revisar la prisión de su representado. Este fallo fue apelado y el Tribunal de Apelación también ratificó que Cabaña seguirá en prisión.
La audiencia de revisión se llevará a cabo por medios telemáticos; es decir, Cucho Cabaña estará en la cárcel de Emboscada en compañía de su abogado y la jueza en su despacho.
En la presente causa falta que se desarrolle la audiencia preliminar en la que se definirá si los acusados en el presente caso enfrentarán o no un juicio oral y público.
Cabe recordar que en julio de este año, Cabaña fue trasladado de la cárcel de Tacumbú, en Asunción, a la penitenciaría de Emboscada, en Cordillera, ante un posible atentado, según comunicaron las autoridades.
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Narcojet: jueza decretó la prisión preventiva para funcionarios de la Dinac y otros imputados
La jueza Lici Sánchez decretó la prisión preventiva de Gustavo Adolfo Sandoval subgerente de Seguridad de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac), así como de Víctor Fernández Arce (vinculado a la empresa de servicios aeroportuarios MUNSER FBO), Herman Cecilio Melgarejo Morales (despachante de vuelo) y José María Fernández Vera. Todos ellos están imputados por hechos punibles relacionados con el narcotráfico, tras la incautación de 263,7 kilos de marihuana premium (conocida como hachís) en un jet privado estadounidense que aterrizó en un hangar privado del Aeropuerto Silvio Pettirossi.
De acuerdo con la resolución judicial, dada a conocer tras la audiencia de imposición de medidas en la oficina de Atención Permanente del Palacio de Justicia, los imputados permanecerán en la Senad durante cinco días y luego serán trasladados al Centro Nacional de Prevenidos, exTacumbú.
Esta nueva imputación, presentada por la fiscal Ingrid Cubilla, corresponde a una segunda fase investigativa que busca determinar las intervenciones en la logística aeroportuaria, la descarga de la sustancia y las gestiones para evitar la verificación de las autoridades.
Según la hipótesis fiscal, el jet Challenger 604, procedente de Estados Unidos y con escala técnica en Panamá, llegó el 29 de mayo de 2026. Al día siguiente, durante la descarga, personal militar detectó bolsones con sustancias que el laboratorio identificó como resina de marihuana o hachís. La investigación atribuye a Fernández Arce la coordinación previa del vuelo y la descarga; a Melgarejo, las gestiones y presiones para liberar la carga; a Fernández Vera, el traslado de los bolsones; y a Sandoval (el subgerente de la Dinac), las comunicaciones para negociar la liberación del cargamento a cambio de una supuesta recompensa.
Para el Ministerio Público, las conductas atribuidas a los cuatro procesados habrían contribuido a facilitar la operación y el eventual retiro de la droga sin los controles correspondientes.
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Condenan a 25 años de cárcel a la “Viuda Negra” de Curuguaty y a sus cómplices por sicariato
Un tribunal de sentencia condenó a 25 años de cárcel a María Liliana Velázquez Villasanti, considerada la “Viuda Negra”, tras ser encontrada culpable del homicidio de su cónyuge en calidad de autora intelectual.
En la fecha finalizó el juicio oral por el hecho de sicariato ocurrido en octubre de 2023 en Curuguaty, donde un hombre fue ultimado a tiros mientras realizaba una caminata junto a su esposa y su madre.
La investigación fiscal demostró que la propia esposa planificó y financió la muerte de su marido con la ayuda de su amante. Ante esto, el Tribunal determinó condenar a 25 años de cárcel a los tres procesados en el caso.
El suceso conmocionó a todo el departamento de Canindeyú, ya que la víctima, Alfredo Jara, era un conocido taxista y comerciante, además de hermano del presidente de la Junta Municipal de Curuguaty. El crimen se habría originado por la ambición de la mujer de quedarse con todos los bienes para luego unirse a su amante.
Asimismo, los jueces de sentencia condenaron a Rubén Darío Benítez Gómez a 25 años de pena privativa de libertad en calidad de autor material del hecho punible de sicariato; a María Liliana Velázquez Villasanti a 25 años en calidad de instigadora; y a Rubén Rodas Portillo también a 25 años por su participación como intermediario en la planificación y ejecución del delito.
Durante el juicio, el Ministerio Público acreditó que, una semana antes del crimen, Rubén Rodas Portillo contactó desde la penitenciaría a Rubén Darío Benítez Gómez para proponerle el asesinato por encargo. El 13 de octubre de 2023 se reunieron en Curuguaty y, posteriormente, mantuvieron un encuentro con María Liliana Velázquez Villasanti, quien encargó la muerte de su pareja por la suma de G. 25.000.000.
Al día siguiente, Velázquez Villasanti entregó a Benítez Gómez un adelanto de G. 10.000.000 y un chip telefónico que sería utilizado para coordinar el momento y el lugar del ataque. El 17 de octubre de 2023, alrededor de las 06:40, Benítez Gómez se trasladó hasta el lugar acordado y efectuó varios disparos contra la víctima, provocándole la muerte. Posteriormente, huyó del sitio y entregó el arma utilizada junto a otras evidencias a Rodas Portillo.
Tras la valoración de las pruebas producidas durante el juicio oral, el Tribunal de Sentencia declaró la responsabilidad penal de los tres acusados e impuso las penas de 25 años de privación de libertad.
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Acusan por cohecho pasivo y piden juicio oral contra exfiscal de Emboscada y su auxiliar
La fiscal Yeimy Adle acusó por cohecho pasivo agravado al exfiscal de Emboscada, Bernardo Javier Elizaur Aguirre, y a su exauxiliar, Lilian Andrea Florenciano Alfonso. El caso investiga una supuesta negociación de dinero para beneficiar a un procesado por lesión grave. Ante esto, el Ministerio Público solicitó que la causa sea elevada a juicio oral y público.
De acuerdo con el escrito acusatorio, los procesados habrían solicitado inicialmente G. 7.000.000 a la abogada defensora Corazón de María Corrales (representante de Mauricio Soel Méndez Gómez), a cambio de presentar un sobreseimiento provisional. Posteriormente, el monto habría aumentado a G. 10.000.000 para otorgar una salida procesal favorable. La investigación sostiene que Florenciano mantenía las comunicaciones con la defensa, mientras que Elizaur tenía a su cargo la decisión sobre el requerimiento fiscal.
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El 21 de septiembre de 2025, ante la falta de pago, el entonces fiscal acusó formalmente a Méndez por lesión grave y producción de riesgos comunes. La fiscal Adle señala que dicha acusación se presentó sin contar con los elementos médicos que la propia Fiscalía consideraba indispensables, pues el diagnóstico de la víctima seguía pendiente y aún no existía un dictamen del médico forense. “Esta secuencia revela que la posición procesal de la Unidad Fiscal no respondía a la existencia de elementos objetivos de convicción, sino que estaba supeditada al pago solicitado a la defensa”, indica el escrito.
El 13 de octubre de 2025, durante una entrega vigilada autorizada judicialmente, la abogada defensora y la hermana del procesado acudieron a la sede fiscal de Emboscada. Florenciano recibió G. 7.000.000, dinero que posteriormente fue hallado en el cajón del escritorio que utilizaba, quedando pendientes los G. 3.000.000 restantes. Tras recibir el pago, la exauxiliar condujo a las mujeres al despacho de Elizaur, quien manifestó que se allanaría a un pedido de suspensión condicional del procedimiento por dos años. Toda la conversación quedó registrada durante el operativo.
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Condenan a 19 años de cárcel a un hombre encontrado culpable por abuso sexual en niños
Un tribunal de sentencia dictó la condena de 19 años de pena privativa de libertad contra un hombre hallado culpable del hecho punible de abuso sexual en niños, cuyas víctimas fueron dos menores de edad.
Durante la audiencia oral y pública, la acusación del Ministerio Público fue sostenida de manera firme por el agente fiscal Fidel Walter Castro Bogarín, de la sede fiscal de María Auxiliadora, en el departamento de Itapúa.
Durante el desarrollo del juicio oral, la representación fiscal presentó y produjo un sólido caudal probatorio compuesto por testimonios claves, informes psicológicos especializados y otros elementos científicos y periciales que permitieron acreditar de forma fehaciente tanto la existencia del hecho punible como la plena responsabilidad penal del acusado.
De acuerdo con los antecedentes recopilados en la carpeta de investigación, los abusos se perpetraron en reiteradas ocasiones a lo largo del año 2022.
La rigurosidad en la recolección de evidencias y el trabajo articulado con profesionales del área psicológica fueron determinantes para esclarecer el caso ante el órgano judicial, logrando finalmente que el Tribunal de Sentencia imponga una condena ejemplar en resguardo de los derechos de la niñez y la adolescencia.
Igualmente, la defensa del condenado tiene la posibilidad de poder apelar el fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación quien definirá si corresponde confirmar la sentencia condenatoria o dispone que se realice un nuevo juicio oral.
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