Santa Rosa del Aguaray. San Pedro. Omar Jara.

El Juzgado de la Niñez y Adolescencia de Santa Rosa del Aguaray, departamento de San Pedro, dispuso la impresión de una resolución judicial en lenguaje braille, sistema de lectura y escritura táctil ideado para personas con discapacidad visual. El mencionado Juzgado está a cargo de la abogada Mónica Duarte. La resolución favorece a una menor de edad y a su familia.

La magistrada explicó que la impresión ha sido posible gracias al pedido de colaboración y solicitud realizada desde el departamento de Educación Inclusiva del Ministerio de Educación y Ciencias y el Centro de Recursos de la Asociación Santa Lucía, en el marco de un proceso sobre guarda, incorporando la integración social a la gestión jurisdiccional para accesibilidad a todos los sectores.

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“Además de la impresión de la resolución en este sistema de lectoescritura, que permite el conocimiento acabado de la decisión; se ordenó que todo el expediente sea impreso en este sistema en coordinación con estamentos dedicados a esta área, buscando formas de lograr una justicia más inclusiva, en caso de ser solicitado por las partes”, agregó la jueza.

Mónica Duarte fundó su resolución en el artículo 46 de la Constitución Nacional sobre las garantías de igualdad y de acciones positivas o protecciones igualitarias a fin de asegurar a las personas con vulnerabilidad el goce de todas las leyes a su favor y que los organismos que tienen que velar por el cumplimiento de las mismas se esmeren en la consecución de este cometido.

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Asimismo, sustentó su decisión en los artículos 54 y 58 de la ley fundamental, que responsabiliza a la familia, a la sociedad y al Estado, de la protección de los derechos del niño y además de disponer medidas a favor de personas excepcionales en igualdad de condiciones; y en la Ley 3549/2008 que aprueba la Convención sobre Derechos de personas con discapacidad y el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las personas con discapacidad como obligación del Estado, tendiente a aplicar compromisos internacionales en casos concretos.

En el proceso, el juzgado ordenó que la notificación sea dada en formato audio a través de mensajerías y tuvo en cuenta esencialmente que el sujeto de derecho se trata de una niña con derecho a vivir en familia, siendo la pareja del entorno, sumado a la formación académica universitaria de los solicitantes quienes a pesar de ser invidentes son profesionales en el área de la educación y con solvencia moral. Con ello también se busca precautelar el mantenimiento constante del vínculo familiar con otros miembros de la familia biológica y favorecer la idea de una justicia con alta sensibilidad e inclusión social.

Los datos y nombres que guardan relación con el proceso judicial en sí mismo se reservan en virtud del artículo 29 del Código de la Niñez y Adolescencia.

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