Caso Sabryna: Confirman prisión del acusado Gerardo Stadecker
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La Cámara de Apelación integrada por los jueces Agustín Lovera Cañete, José Waldir Servín y Cristóbal Sánchez ratificó la prisión preventiva de Gerardo Stadecker, acusado por el feminicidio de Sabryna Breuer. La defensa del procesado había apelado la resolución de la jueza Cyntia Lovera, quien había confirmado que el acusado siga en prisión.
Los camaristas señalaron en su resolución que “no están reunidos los requisitos para la revocatoria de la prisión preventiva pretendida por la defensa del procesado y a su vez tampoco están dadas las condiciones para la sustitución de la prisión en atención al tipo de hecho punible que es feminicidio y a su marco penal” refiere parte del argumento de los integrantes del tribunal de alzada para confirmar la prisión de Gerardo Stadecker.
Asimismo agregaron que “se ha obrado correctamente al mantener la prisión del procesado Stadecker y a su vez no ha variado los presupuestos que llevaron al dictamiento de la prisión preventiva por lo que corresponde que el mismo siga recluido y sometido al presente proceso pena” indica parte de la determinación adoptada por el tribunal de apelación.
En el presente caso sigue pendiente la realización de la audiencia preliminar para el acusado Stadecker. En la citada diligencia judicial se definirá si el proceso penal se eleva a un juicio oral y público así como solicitó el Ministerio Público.
Antecedentes
El Ministerio Público sostiene que cuenta con suficientes elementos que probarían la responsabilidad del acusado en el grave hecho. Asimismo, la querella adhesiva, representada por el abogado Rodrigo González Planás, en su momento había criticado las excesivas dilaciones en el presente proceso penal.
El acta de acusación refiere que el hombre supuestamente le propinó un impacto fuerte y seco de puño con los nudillos en la zona del pecho, a la altura del corazón, a Sabryna Breuer, lo que le produjo un taponamiento cardíaco, que tarda algunos minutos en producir la muerte. La mujer fue encontrada sin signos vitales en su residencia ubicada en el barrio Mburucuyá de Asunción el 17 de diciembre del 2017.
Condenan a 10 años de cárcel a esposa de Alejandro Ramos
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Un tribunal de sentencia condenó a 10 años de cárcel a Lourdes Ramírez de Ramos, esposa de Alejandro Ramos, con quien fundó el Ejército de Mariscal López y exmiembro del autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), al ser hallada culpable de apología del delito, atentado contra la existencia del Estado y atentado contra el orden constitucional.
De acuerdo con los antecedentes del caso, la ahora sentenciada apareció en un video difundido en enero de 2014, en el cual el grupo criminal reivindicaba la lucha de clases como único medio para acceder al poder e instaurar un gobierno de los pobres. En dicho material audiovisual también se emitían expresiones contra las autoridades nacionales legítimamente constituidas, hechos que sustentaron la condena impuesta.
Durante el juicio oral y público, el fiscal Federico Delfino acreditó la participación de la acusada mediante las pruebas producidas durante el desarrollo de la audiencia oral.
Ahora, la defensa de la condenada tendrá la posibilidad de apelar el fallo judicial, en cuyo caso un tribunal de apelación deberá resolver si corresponde confirmar la sentencia dictada en primera instancia.
Caso agua tónica: ratifican prisión de extitular de Petropar del gobierno de Abdo
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La Cámara de Apelación ratificó que la extitular de Petropar, Patricia Samudio, y su esposo José Costa Perdomo deben seguir presos para cumplir sus condenas de 4 años, y 3 años y 9 meses, respectivamente. La expresidente de la petrolera estatal durante el mandato de Mario Abdo Benítez fue condenada junto a esposo por lesión de confianza en el caso del negociado en la compra de agua tónica y otros insumos durante la pandemia del covid-19.
La resolución de segunda instancia indica que las medidas cautelares sustitutivas ya no resultan idóneas para garantizar el efectivo sometimiento de los condenados a la ejecución de la sentencia, teniendo en cuenta que la resolución condenatoria ya adquirió estado de ejecutoriedad. Asimismo, los camaristas señalaron que el análisis ya no se centra en los requisitos para la aplicación de la prisión preventiva, sino en los mecanismos necesarios para asegurar el cumplimiento de las resoluciones judiciales.
El tribunal también recordó que la sola presentación de una acción de inconstitucionalidad no suspende los efectos del proceso, salvo que la sala competente haya dispuesto expresamente una medida cautelar con efecto suspensivo, situación que no se da en este caso.
Condena
Durante el juicio oral quedó probado que ambos participaron en un esquema montado durante la pandemia para desviar G. 359.700.000 de Petróleos Paraguayos (Petropar) mediante irregularidades en una licitación para la compra de agua tónica y otros insumos. Según la Fiscalía, el dinero fue utilizado para cancelar una deuda de José Costa Perdomo mediante un proceso licitatorio direccionado.
Entre las principales pruebas valoradas en el juicio se encuentran conversaciones extraídas de celulares entre Costa Perdomo y el representante de la empresa Solumedic S.A., las cuales evidenciarían cómo se planificó y direccionó la licitación para beneficiar a dicha firma.
La presidenta de México, Claudia Sheinbaum, habla durante su conferencia de prensa diaria en el Palacio Nacional de la Ciudad de México. La mandataria dijo que espera que la ley lleve a que “haya cero impunidad” en este delito.Foto: AFP
México impulsa ley para castigar feminicidio con hasta 70 años de cárcel
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El gobierno de México informó el miércoles que presentará ante el Congreso un proyecto de ley para castigar con hasta 70 años de cárcel el feminicidio.
México es uno de los países más afectados por la violencia contra las mujeres, con una decena de asesinatos en promedio al día, según Naciones Unidas.
El feminicidio ha sido motivo de protestas en los últimos años, porque además, en muchos casos, los agresores salieron impunes.
La iniciativa será presentada ante el Congreso bicameral, que ya reformó la Constitución el 6 de mayo para abrir paso a esta ley.
El proyecto homologa la definición del delito y unifica la forma como se investiga, juzga y sanciona. El gobierno apuntó que los 32 estados del país lo hacen de forma distinta y en muchos casos no toma en cuenta el contexto de violencia en el que viven las víctimas.
La presidenta Claudia Sheinbaum dijo que espera que la ley lleve a que “haya cero impunidad” en este delito.
La propuesta establece penas de entre 50 y 70 años de prisión. Actualmente, los estados del país tienen sanciones distintas. Por ejemplo, en Zacatecas es de 30 a 50 años de cárcel.
También establece agravantes que pueden aumentar la sanción como que la víctima sea niña, adolescente o esté embarazada. Además, prohíbe la prescripción del delito.
La consejera jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde, confió en que la iniciativa será aprobada en setiembre, cuando inicia un nuevo periodo de sesiones en el Congreso.
Caso Imedic: confirman cárcel de 3 años para Justo Ferreira por contrabando
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 3 años de cárcel para Justo Ferreira, directivo de la firma Imedic S.A, encontrado culpable por el contrabando de 50 camas hospitalarias durante la pandemia del Covid-19. Asimismo, se confirmó la absolución de su hija Patricia Ferreira y de otras tres personas procesadas en la misma causa.
La máxima instancia judicial no admitió los recursos de casación presentados por la fiscalía y así como la presentada por las defensas al considerar que no cumplían con los requisitos legales para su estudio. La resolución de la Corte lleva la firma de los ministros María Carolina Llanes, Agustín Lovera Cañete y María Belén Agüero.
La acusación fiscal sostuvo que en abril de 2020 ingresaron al país 450 camas hospitalarias, pese a que el contrato con el Ministerio de Salud contemplaba únicamente 400. Las 50 camas excedentes, de alta gama, habrían ingresado sin el pago de los tributos correspondientes. La defensa señaló durante el juicio que dichos impuestos sí fueron abonados.
El tribunal de sentencia concluyó que quedó probado que Justo Ferreira cometió el hecho de contrabando. En cambio, absolvió a Patricia Ferreira al considerar que la Fiscalía no logró demostrar su participación directa y que su condición de representante de la empresa no implicaba responsabilidad penal.
También quedaron firmes las absoluciones de los funcionarios de Aduanas Guillermo Molinas y Gustavo Acosta, así como del despachante Carlos Gamarra, al concluirse que no se acreditó la existencia de dolo en sus actuaciones.