El juez de Delitos Económicos José Delmás ratificó el arresto domiciliario de Silvio Álvaro Alfaro Bertolo, gerente de la empresa ESSA (Eventos y Servicios SA) y primo del senador colorado Rodolfo Friedmann. La defensa del imputado solicitó la libertad ambulatoria, pero la Justicia decidió confirmar la referida medida para el pariente del citado legislador.
De acuerdo a la resolución se menciona que la situación procesal del imputado no ha variado. Además, el arresto domiciliario es una medida cautelar sustitutiva a la prisión, por lo que corresponde confirmar la prisión domiciliaria de Alfaro Bertolo. Con esta resolución la defensa del procesado tiene la posibilidad de apelar el presente fallo judicial.
En el presente caso está imputado el actual legislador Rodolfo Friedmann así como su esposa Marly Figueredo, la contadora de la firma Essa (Eventos y servicios SA) Lourdes González de Melgarejo. Todos ya fueron beneficiados con medidas alternativas a la prisión.
Según el Ministerio Público, las imputaciones se formularon en el marco de un caso que data de la época en la que Friedmann fue gobernador del departamento de Guairá entre los años 2013-2018. Específicamente, en la causa que la firma Eventos y Servicios SA proveyó almuerzo escolar a la gobernación administrada en ese entonces por el senador entre el 2017 y 2018, y que tenía por socios al legislador imputado y a Hugo Alexander Torales.
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Director de Auditoria del MEC ratificó que inscripción de título de Rivas cumplió con requisitos legales
En una nueva jornada del juicio oral y público al exsenador Hernán David Rivas, procesado por tener título de abogado dudoso, declararon varios testigos. Entre ellos comparecieron el actual presidente de la Cámara de Diputados, Raúl Latorre; el director de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), Roy Rodgers; y Ana Coronil, exalumna de la Universidad Sudamericana.
Lo más relevante de la jornada fue la declaración de Roy Rodgers, quien explicó que el ministro de Educación, Luis Ramírez, solicitó mediante un memorando una auditoría interna para verificar si la Auditoría 026/2020 se había elaborado correctamente. “La revisión concluyó que se cumplieron los requisitos aplicables y que los auditores actuaron de forma adecuada”, afirmó el testigo en relación con el proceso de inscripción del título de Rivas. Este testimonio contradice la acusación del Ministerio Público.
Asimismo, Rodgers indicó que dicha revisión fue ordenada por el ministro Ramírez debido a los fuertes cuestionamientos mediáticos sobre la Auditoría 026/2020, la cual ya había determinado que se cumplió con toda la documentación para la inscripción del título de Rivas.
El testigo confirmó que el trabajo se ajustó a las normas vigentes y aclaró que el MEC aún no define oficialmente qué procedimiento aplicar a las carreras creadas bajo la Ley “Marcos”, que luego fueron cerradas y cuyos títulos se expidieron tiempo después, debido a los cambios normativos entre la finalización de los estudios y el registro del título.
Ante los criterios contrapuestos de la Dirección de Transparencia y la Dirección de Registro de Títulos, se recomendó solicitar a la Asesoría Jurídica del MEC una definición clara para casos como el de Hernán Rivas. Este pedido sigue pendiente de respuesta, manifestó el director.
Declaración del presidente de Diputados
Por su parte, Raúl Latorre, presidente de la Cámara de Diputados, señaló que Hernán Rivas manifestó en su momento la intención de representar a la institución ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) y que la bancada de Honor Colorado respaldó su postulación. Indicó, además, que actualmente no existe un procedimiento interno para verificar o acreditar los requisitos exigidos para ejercer dicha representación, aunque existe un proyecto con media sanción para regularlo.
Pruebas documentales
Durante la audiencia también se introdujeron varias pruebas documentales. Entre ellas destacó un informe del Consejo Nacional de Educación Superior (Cones), el cual estipula que las carreras habilitadas antes de la vigencia de la Ley 4995/2013 son legales, siempre que acrediten su implementación conforme a los requisitos de la Resolución 166/2015 del Cones. Finalmente, se constató que el MEC registró títulos de la carrera de Derecho de la Universidad Sudamericana hasta el año 2022.
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Hijo de Maduro confirma autenticidad de las fotografías de su padre en prisión
El hijo del depuesto mandatario Nicolás Maduro afirmó el martes que las fotografías que circularon el fin de semana de su padre fueron tomadas por personal de la prisión en Estados Unidos y enviadas luego por correo a la familia. La autenticidad de las dos imágenes de Maduro suscitó dudas. En las fotos aparece vestido con un chándal gris mostrando una clara pérdida de peso tras su captura en enero por fuerzas estadounidenses.
Las fotografías fueron compartidas el domingo en las redes sociales del depuesto mandatario, dos días después del anuncio de un histórico acuerdo energético que le otorga a Estados Unidos el manejo de la quinta parte de las reservas petroleras de Venezuela. “Esa foto fue tomada el día 25 de junio, un día después del doble terremoto” que han dejado 6.500 fallecidos, dijo Nicolás Maduro Guerra en un video publicado en X. La fecha coincide con la del registro de la cámara.
“Él (Maduro) nos cuenta que eran a eso de las 6 de la tarde, llegó la persona que tomó fotos y él estaba frente al televisor, estaba muy conmocionado, estaba muy afligido”, narró. Según Maduro Guerra, su padre, recluido en el Centro de Detención Metropolitano (MDC) en Brooklyn acusado de narcotráfico, “no tenía el ánimo de tomarse la foto”, pero “la persona que tomó la foto insistió” y le dijo que luego podía enviarla.
“Efectivamente la foto se la dan impresa, las dos fotos se la dan impresas, y él las envió por correo postal el 13 de julio y nos llegó a una dirección en los Estados Unidos el día martes 25 de agosto”, aclaró.
Maduro Guerra dijo que luego le “enviaron una foto de la foto” y el viernes su padre le dictó un mensaje desde la cárcel que publicó luego junto a las fotografías.
“Nosotros seguimos aquí trabajando en el nombre de Dios sacando el país adelante y luchando por la liberación pronto de Nicolás Maduro Moros y de Cilia Flores”, afirmó Maduro Guerra.
En prisión Maduro no tiene acceso a periódicos ni a internet, pero está autorizado a hablar por teléfono con su familia y sus abogados durante aproximadamente 300 minutos al mes, con un máximo de 15 minutos por llamada.
Fuente: AFP.
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Confirman pena de 28 años de cárcel para condenado por homicidio de exfiscal
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, ratificó la condena de 28 años de cárcel para Óscar Ariel Caballero Sahlmann, condenado por la muerte del exfiscal y exviceministro de Seguridad Interna, Javier Ibarra, ocurrido en noviembre del 2023 en San Lorenzo, departamento Central. Caballero fue sentenciado en abril del 2025 por homicidio doloso y hurto especialmente grave.
Con el voto en mayoría de los ministros Carolina Llanes y Manuel Ramírez Candia, la máxima instancia judicial no admitió el recurso de casación planteado por la defensa del condenado. Ambos altos magistrados señalaron que el escrito carece de fundamentación suficiente que habilite a la Sala Penal para estudiar la procedencia del recurso interpuesto.
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Asimismo, señalan que “los impugnantes se limitan a formular afirmaciones de carácter genérico, sin individualizar cuáles son las pruebas que, a su criterio, fueron omitidas o incorrectamente apreciadas por el Tribunal, ni explicar de qué manera la supuesta errónea valoración probatoria habría incidido en el sentido del fallo. En consecuencia, la crítica recursiva carece del desarrollo argumentativo mínimo necesario para demostrar la existencia del vicio denunciado”, indica la resolución judicial de la Corte.
Condena
El tribunal de sentencia integrado por Gloria Garay, Leticia Frachi y Ana Carolina Silveira, condenó a 28 años de cárcel a Óscar Ariel Caballero Sahlmann luego de ser encontrado culpable por el homicidio del exfiscal Javier Ibarra. La determinación se dio a conocer luego del juicio oral y público. El fiscal del caso fue Julio Ortiz, quien pudo demostrar la responsabilidad del acusado en el grave hecho registrado donde resulto víctima fatal el exrepresentante del Ministerio Público.
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Ypytá: JEM está habilitado a investigar de oficio al juez Édgar Rivas por mal desempeño
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) ya está habilitado para iniciar de oficio una investigación por presunto mal desempeño en sus funciones contra el juez en lo Civil y Comercial de Asunción, Édgar Rivas. El magistrado habría actuado de forma irregular y al margen de la ley en el expediente caratulado “Ypyta SA Inmobiliaria, Ganadera y Comercial sobre convocatoria de acreedores”, en el que firmó un título de propiedad a pesar de que aún no correspondía hacerlo.
El pasado 21 de agosto de 2026 se cumplió el plazo legal. Ahora, los integrantes del órgano juzgador tienen las facultades para estudiar el caso y enjuiciar al cuestionado juez Rivas Laguardia por su dudosa actuación en el mencionado expediente judicial. De acuerdo con los datos recabados, existirían irregularidades suficientes para avanzar con el enjuiciamiento.
Los miembros del JEM —Alicia Pucheta, Enrique Berni, Manuel Ramírez, César Garay, Pedro Díaz Verón, Mario Varela, Alejandro Aguilera y Diego Candia— son quienes deberán votar para iniciar el proceso y, si correspondiera, solicitar la suspensión del magistrado.
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Semanas atrás, el Jurado decidió tomar conocimiento de la causa ante una serie de publicaciones periodísticas del diario La Nación, que se hizo eco de las presuntas y arbitrarias irregularidades cometidas por el juez Rivas.
Las irregularidades
En su momento, la abogada Patricia Rebollo, representante legal de Ypyta, señaló su sorpresa ante la actuación del juez Rivas respecto a la firma del título de propiedad perteneciente a la firma, el cual fue transferido a otra persona. Según explicó, el magistrado no intimó a la empresa ni al síndico de quiebras para realizar dicho acto, lo cual calificó como totalmente ilegal e irregular.
Rebollo señaló: “El hecho de que el juez no haya intimado a la firma Ypyta para poder firmar la transferencia del inmueble en litigio podría causar lesiones a los derechos procesales y a la propiedad que posee la empresa que represento”. Asimismo, fue tajante al aclarar que “todas las actuaciones que se realicen en el presente juicio civil deben ser comunicadas a la firma Ypyta, porque la misma fue rehabilitada legalmente”.
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