El agente fiscal Humberto Houdin representó al Ministerio Público, en un juicio oral que derivó en la condena de 14 años de prisión para un hombre que fue hallado culpable de la comisión del hecho punible de abuso sexual en niños.
El hecho fue denunciado por la madre de la niña de 11 años, quien manifestó que su hija le narró sobre el abuso. Posteriormente, quedó demostrada la existencia del hecho punible mediante la evaluación psicológica realizada por la psicóloga forense del Ministerio Público, como también la inspección física realizada en sede de la clínica forense.
La niña había sido abusada sistemáticamente por su padrastro desde que tenía 8 años. El Tribunal de Sentencia consideró suficiente las evidencias producidas por el Ministerio Público, para luego dictar el fallo condenatorio.
Asimismo, la defensa del sentenciado tiene la posibilidad de apelar el citado fallo judicial y en caso de ser así será un Tribunal de Apelación el que tendrá la posibilidad de analizar la resolución y decidir si la confirma o revoca y ordena que se realice un nuevo juicio oral y público.
Podés leer: El diputado Ulises Quintana seguirá recluido en la cárcel de Viñas Cué
Dejanos tu comentario
Condenan a mujer a cuatro años de cárcel por ocultar que su hija era abusada por su pareja
Un Tribunal de Sentencia resolvió la condena a cuatro años de cárcel de una mujer de 32 años que no denunció el abuso sexual de su hija de seis años por parte de su padrastro y pareja de la condenada. Durante el proceso, la niña fue contagiada de una enfermedad de transmisión sexual.
La agente fiscal Julia González Medina, de la Unidad Especializada en Hechos Punibles contra Niños y Adolescentes de Ciudad del Este, había pedido una condena de cuatro años de prisión para la madre de la menor, por su complicidad en el abuso registrado contra su hija.
“La acusada fue encontrada culpable de violación del deber del cuidado y frustración de la persecución y ejecución penal por no denunciar el abuso sexual de su hija”, expresaron desde el Ministerio Público. Según el informe, el abuso fue cometido por el padrastro de la niña, y quien además la contagió con sífilis (VDRL).
Podés leer: Alertan sobre estafas con billetes falsos
Antecedentes
Durante el juicio se presentaron pruebas que demostraron que la madre violó gravemente su deber legal de cuidar a su hija. Además, de que pese a las lesiones graves y el dolor intenso que sufría la niña no permitió que recibiera la atención médica.
La pequeña fue llevada al Hospital Regional de Ciudad del Este, donde una pediatra informó a la mujer sobre la sospecha de abuso sexual y se activó el protocolo. Pero la madre huyó del hospital con la víctima, impidiendo el procedimiento y el tratamiento médico.
Cuando el estado de la menor empeoró, acudió a otro centro asistencial, donde la médica de turno también confirmó la sospecha de abuso y las lesiones. Se dio aviso a las autoridades, pero la mujer intentó huir nuevamente, todo para proteger a su pareja.
Podés leer: Médico denuncia suplantación de identidad para promocionar medicamento desconocido
Dejanos tu comentario
Corte ratifica condena de 31 años de cárcel para Laura Villalba
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en mayoría, declaró inadmisible el recurso de casación presentado por la defensa de Laura Villalba, hermana de Carmen Villalba, una de las cabecillas del grupo criminal autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP) y, por ende, queda firme la condena de 25 años de cárcel más 6 años de medidas de seguridad.
Laura Villalba, conocida como la “enfermera del EPP”, fue condenada por terrorismo, asociación terrorista, producción de riesgos comunes, resistencia y detentación.
Los ministros Luis María Benítez Riera y Carolina Llanes votaron por declarar inadmisible el recurso extraordinario de casación, mientras que el ministro Manuel Ramírez Candia votó por dar trámite y estudiar el fondo del caso.
Los ministros consideraron que el escrito presentado por la defensa de Villalba contra el fallo que ratificó la condena no reúne los presupuestos exigidos en la ley para considerar el pedido.
En el marco de la investigación, se pudo corroborar que Villalba ingresó a Paraguay procedente de Argentina el 21 de diciembre del 2019 a fin de integrarse a las filas del grupo criminal por pedido de los líderes, quienes desde la clandestinidad hicieron saber esto a los familiares radicados en el vecino país.
Hay que señalar que durante la detención de la mujer, los intervinientes incautaron en poder de la misma un arma de fuego, dinero en efectivo, documentos de identidad de dos menores de edad, quienes serían hijas gemelas de Carmen Villalba y Alcides Oviedo, también varias tomas fotográficas de menores de edad, imágenes satelitales y cartográficas del Cerro Sarambi, Cerro Guazú y Estancia Cagatá, ubicados en la zona limítrofe entre los departamentos Concepción y Amambay, zona de influencia del EPP.
El grupo criminal, que opera en el norte del país, lleva en su haber varios secuestros y ataques a estancias y puestos policiales.
Dejanos tu comentario
Querella pide 15 años de cárcel tras fallido atentado a Cristina Kirchner
Los abogados de la expresidenta argentina Cristina Kirchner pidieron este miércoles 15 años de prisión para dos de los tres acusados por intentar asesinarla en 2022, en la primera jornada de alegatos del juicio que se realiza en Buenos Aires.
Te puede interesar: “Asumimos los errores que se detectaron”, expresa directivo de minimercado
La querella de la expresidenta (2007-2015) y exvicepresidenta (2019-2023) pidió condenar por tentativa de homicidio agravado a Fernando Sabag Montiel, quien gatilló el arma contra Kirchner sin que llegara a dispararse, ya su expareja Brenda Uliarte, acusada como coautora.
El abogado Marcos Aldazábal alegó que ambos “actuaron como coautores funcionales” del atentado fallido y destacó que, en su declaración en el juicio, Sabag Montiel “básicamente confesó el hecho” y “declaró él mismo ser consciente de lo que estaba haciendo”.
La querella demostró que el intento de homicidio estuvo agravado por el uso de arma de fuego y por violencia de género.
En su alegato, Aldazábal criticó la etapa de investigación de la causa y demostró que la jueza a cargo “obstruyó” la búsqueda de posibles autores intelectuales del crimen conectados con rivales políticos de Kirchner.
“Tenemos sentados (en el banquillo) a los autores materiales pero no a los ideólogos y financistas”, había dicho Kirchner durante su declaración en el juicio el año pasado.
Sobre el tercer acusado, Nicolás Carrizo, que era apuntado como “planificador”, Aldazábal señaló: “No existen los elementos para que nosotros lo podamos acusar hoy”.
La noche del 1 de septiembre de 2022 Sabag Montiel gatilló dos veces en la cabeza de la expresidenta, sin conseguir que el arma se disparase.
Se había camuflado entre los simpatizantes que a diario se congregaban frente a su casa para apoyarla en momentos en que se le seguía un juicio por corrupción.
La expresidenta fue condenada a seis años de prisión e inhabilitación política perpetua por esa causa en junio de este año. Actualmente cumple su condena en prisión domiciliaria.
Leé también: Operativos de control migratorio impiden ingreso de hinchas argentinos con prohibición
El juicio por el atentado fallido comenzará el próximo miércoles con los alegatos de los fiscales.
Fuente: AFP
Dejanos tu comentario
Condenan a dueño de “La Chispa” por emisión de ruidos dañinos
Un tribunal de sentencia en mayoría condenó a 9 meses de cárcel con suspensión de la ejecución de la pena a Juan Sebastián Coronel Bareiro, responsable del Centro Cultural “La Chispa” de Asunción, luego de ser encontrado culpable por contaminación del aire y emisión de ruidos dañinos.
El condenado no pisará la cárcel debido a que la sentencia será reemplazada por varias reglas de conducta que tendrá que cumplir Coronel Bareiro. Los jueces de sentencia que votaron por la condena son Héctor Capurro y Juan Carlos Zárate, mientras que la jueza Yolanda Portillo votó por la absolución.
Te puede interesar: Hallan cadáver de un hombre en un inquilinato en Fernando de la Mora
Los magistrados hallaron culpable al acusado de los delitos de contaminación de aire y ruidos dañinos, debido a que sobrepasó los niveles máximos de sonido en varias actividades realizadas en el Centro Cultural La Chispa, ubicado en Estrella entre Colón y Montevideo, de nuestra capital.
El magistrado Capurro señalo que La Chispa cumplía con su labor cultural, y que la música y el arte, era indudable, sin embargo, indicó que se constató que hubo violación de la ordenanza respecto a la medición de los decibeles, y que en ese sentido en dos hechos fueron los comprobados, el 21 de abril del 2024, a las 00:30, cuando se registró un máximo de 85 y en el 1 de marzo del 2024 con un máximo de 86 decibeles.
El juez Capurro manifestó que en dos ocasiones se superaron los valores máximos, en la ordenanza, no así en cuanto a las demás. Citaron también las actuaciones fueron por las denuncias de los vecinos.
Alegatos
La fiscala Elvia Chávez, en sus alegatos finales, pidió la pena de 4 años de cárcel, por los mencionados hechos punibles, tras indicar que los testigos que mencionaron que no podían dormir de los ruidos, lo que repercutió en su salud. Además, había señalado las mediciones que realizaron tanto la Policía como la Fiscalía y los funcionarios municipales, en los cuales se sobrepasó el tope máximo de decibeles de sonido que establecen las leyes administrativas.
Por su parte, la defensa a cargo de la abogada Emilia Yoguvich, había señalado que los hechos no eran típicos, ya que la Fiscalía usó leyes y ordenanzas que no estaban vigentes, por lo que no existía delitos. Esto fue rechazado en mayoría.
Los jueces habían dejado para más adelante, resolver junto con la sentencia, los incidentes presentados por la defensa al inicio del juicio oral.
Podes leer: Víctimas de la “mafia de los pagarés” se movilizan frente al Palacio de Justicia