El agente fiscal Humberto Houdin representó al Ministerio Público, en un juicio oral que derivó en la condena de 14 años de prisión para un hombre que fue hallado culpable de la comisión del hecho punible de abuso sexual en niños.
El hecho fue denunciado por la madre de la niña de 11 años, quien manifestó que su hija le narró sobre el abuso. Posteriormente, quedó demostrada la existencia del hecho punible mediante la evaluación psicológica realizada por la psicóloga forense del Ministerio Público, como también la inspección física realizada en sede de la clínica forense.
La niña había sido abusada sistemáticamente por su padrastro desde que tenía 8 años. El Tribunal de Sentencia consideró suficiente las evidencias producidas por el Ministerio Público, para luego dictar el fallo condenatorio.
Asimismo, la defensa del sentenciado tiene la posibilidad de apelar el citado fallo judicial y en caso de ser así será un Tribunal de Apelación el que tendrá la posibilidad de analizar la resolución y decidir si la confirma o revoca y ordena que se realice un nuevo juicio oral y público.
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Fiscalía pide 3 años de cárcel y la querella solicita 6 para la exjueza Tania Irún por prevaricato
Los fiscales Silvia González y Christian Benítez solicitaron una condena de 3 años de cárcel para la exjueza en lo Civil y Comercial Tania Irún, acusada del supuesto hecho punible de prevaricato. Se la señala por entregar 310.000 hectáreas de tierra, ubicadas en la franja de seguridad fronteriza en Alto Paraguay, a presuntas empresas de maletín. Por su parte, la querella adhesiva, representada por el abogado Francisco de Vargas, solicitó una pena de 6 años de prisión.
En los alegatos finales, el Ministerio Público sostuvo que la exmagistrada utilizó su cargo para dictar una resolución arbitraria y contraria a derecho. Esto tuvo el objetivo de beneficiar a una de las partes en perjuicio de la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial. Los fiscales afirmaron que Irún dictó la sentencia sin contar con los documentos indispensables para resolver el caso.
Asimismo, el fiscal Christian Benítez manifestó que la actuación de la acusada no puede considerarse un simple error de interpretación. Recordó que, en un fallo de 2015, la propia exjueza reconoció que no disponía de toda la información necesaria sobre las empresas beneficiadas. Indicó además que, durante el proceso, fue advertida sobre la aplicación de la Ley de Seguridad Fronteriza y que contaba con informes que acreditaban que las tierras estaban en dicha zona restringida.
El representante del Ministerio Público también cuestionó la decisión de Tania Irún de interrumpir su reposo por maternidad para dictar la sentencia. Sostuvo que, durante el juicio oral, se comprobó que los estatutos de las empresas permitían transferir acciones por simple endoso, situación que vulneraba abiertamente la normativa vigente. Finalmente, afirmó que la resolución judicial favoreció indebidamente a una de las partes y provocó el despojo de 310.000 hectáreas de tierras soberanas.
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Condenan a 2 años de prisión a policía implicado en el millonario hurto a cambistas de CDE
Este jueves, el Tribunal de Sentencia condenó a 2 años y 3 meses de prisión al suboficial que estuvo involucrado en el atraco a la bóveda de la Asociación de Trabajadores Cambistas (ATC) por el hecho punible de frustración de la persecución penal. La pena quedó compurgada tras cumplir prisión preventiva y arresto domiciliario, por lo que se dispuso su libertad.
El tribunal presidido por el magistrado Milciades Ovelar e integrado por las magistradas Cinthia Garcete y Jorgelina Melgarejo dictó sentencia contra el suboficial Fernando Llamas Ríos, de 29 años, quien fue condenado por el hecho punible de frustración de la persecución penal.
El magistrado indicó que la Fiscalía probó con certeza que el acusado cometió el delito de hurto agravado por omisión, basándose en el artículo 15 del Código Penal, porque como policía activo tenía la obligación constitucional y legal de evitar el crimen que se reportó en febrero del 2024 en Ciudad del Este, departamento de Alto Paraná.
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Además, existieron elementos suficientes para demostrar que Llamas tenía conocimiento del plan y de su ejecución, pero que decidió no actuar cuando tenía la posibilidad de hacerlo. Finalmente, el tribunal indicó que las pruebas no bastaban para afirmar que el acusado dominaba o conocía los detalles del plan delictivo y lo condenó a 2 años y tres meses de prisión.
Han pasado 2 años y cinco meses del aquel atraco, hoy, el condenado ya guardó prisión preventiva más arresto domiciliario y tiene compurgada su condena, por tanto se dispuso su libertad.
El millonario hurto que ocurrió el 4 de febrero de 2024 en Ciudad del Este, cuando una banda transnacional alquiló un local comercial para realizar la excavación de un túnel de más de 130 metros de longitud y llegar a la parte más vulnerable de la pared donde abrieron un boquete sin que nadie se percatara. Vaciaron los cofres de los cambistas, llevándose un millonario botín en diversas divisas.
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Condenan a 10 años de cárcel a esposa de Alejandro Ramos
Un tribunal de sentencia condenó a 10 años de cárcel a Lourdes Ramírez de Ramos, esposa de Alejandro Ramos, con quien fundó el Ejército de Mariscal López y exmiembro del autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), al ser hallada culpable de apología del delito, atentado contra la existencia del Estado y atentado contra el orden constitucional.
De acuerdo con los antecedentes del caso, la ahora sentenciada apareció en un video difundido en enero de 2014, en el cual el grupo criminal reivindicaba la lucha de clases como único medio para acceder al poder e instaurar un gobierno de los pobres. En dicho material audiovisual también se emitían expresiones contra las autoridades nacionales legítimamente constituidas, hechos que sustentaron la condena impuesta.
Durante el juicio oral y público, el fiscal Federico Delfino acreditó la participación de la acusada mediante las pruebas producidas durante el desarrollo de la audiencia oral.
Ahora, la defensa de la condenada tendrá la posibilidad de apelar el fallo judicial, en cuyo caso un tribunal de apelación deberá resolver si corresponde confirmar la sentencia dictada en primera instancia.
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Paraguay hará reconocimiento público de responsabilidad del caso Santiago Leguizamón
La Vicepresidencia de la República reafirma su compromiso con los derechos humanos y el cumplimiento de sentencias internacionales.
En ese marco extiende una invitación al Acto Público de Reconocimiento de Responsabilidad Internacional en memoria del periodista Santiago Leguizamón Zaván y otros vs. el Estado paraguayo.
Al respecto, la directora general de Derechos Humanos de la Vicepresidencia de la República, María Teresa Peralta, informó en comunicación con La Nación/Nación Media, que este acto se llevará a cabo el próximo lunes 27 de julio a las 8:30 en el salón “Serafina Dávalos” de la Corte Suprema de Justicia, encabezado por el titular del Poder Judicial, el ministro Alberto Martínez Simón, quien representará al Estado paraguayo durante la ceremonia oficial.
El acto será transmitido en vivo por todos los medios de comunicación oficial, de tal modo a dar cumplimiento con la sentencia para que llegue la comunicación a toda la ciudadanía en general.
La directora Peralta destacó el compromiso institucional en el cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por el Estado paraguayo, en el marco del acto de reconocimiento público a los familiares del periodista Santiago Leguizamón Zaván, conforme a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Remarcó que este tipo de acciones representan un paso importante en el fortalecimiento del Estado de derecho y en la consolidación de una cultura de respeto a los derechos humanos.
“Detrás de cada sentencia hay personas y familias que durante años esperaron una respuesta del Estado. Este acto de reconocimiento es una muestra de respeto hacia la memoria de Santiago Leguizamón Zaván y de compromiso con sus seres queridos”, expresó.
Cumplimiento de compromisos
Recordó que el 26 de abril de 1991, Santiago Leguizamón fue asesinado durante un atentado donde en la ciudad de Pedro Juan Caballero. En noviembre de 2022 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió su sentencia, en la que uno de los puntos establecía que el Estado paraguayo debe realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional.
“Una vez más el Estado paraguayo va cumpliendo sus compromisos, porque ya cumplimos con la publicación de la sentencia que lo hicimos el año pasado; también se cumplió con el pago de la indemnización a los familiares, así como la construcción del monolito uno en Asunción y otro en la plaza ubicada en Pedro Juan Caballero, que fueron declarados como sitios de memoria, de acuerdo con lo establecido en nuestra normativa”, precisó.
Resaltó el rol que cumple la Comisión Interinstitucional para el Cumplimiento de Sentencias Internacionales (CICSI), impulsada por la Vicepresidencia de la República, para garantizar que las decisiones de los organismos internacionales se traduzcan en acciones concretas.
“El vicepresidente Pedro Alliana ha dado instrucciones permanentes para que la CICSI impulse el cumplimiento efectivo de las obligaciones internacionales del Paraguay, porque cree que una democracia se fortalece cuando reconoce sus deudas y trabaja para repararlas”, afirmó.
La directora Peralta agregó que el cumplimiento de las sentencias internacionales no solo responde a un deber jurídico del Estado, sino que también constituye una oportunidad para fortalecer las instituciones, honrar la memoria de las víctimas y generar garantías de no repetición.
El acto forma parte de las medidas de reparación ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Santiago Leguizamón Zaván vs. Paraguay, reafirmando el compromiso del Estado con la verdad, la memoria, la justicia y la protección de los derechos humanos.
“La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró en relación al caso Santiago de Leguizamón que el Estado paraguayo violó el derecho a la vida, la libertad de pensamiento y de expresión, así como la de su esposa e hijos.
También determinó que se violó el derecho a las garantías judiciales, y la protección judicial y a la integridad personal. Hecho que ocurrió, recordemos en 1991. En base a esa sentencia recaída contra el Estado paraguayo, se está dando cumplimiento los puntos de la sentencia", concluyó.
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