El senador colorado Javier Zacarías Irún ya no será investigado por el delito de enriquecimiento ilícito. Así resolvió la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia al rechazar in limine la acción de inconstitucionalidad promovida por los agentes fiscales Luis Said, Josefina Aghemo, Susy Riquelme y Osmar Legal, quienes recurrieron a la máxima instancia judicial para tratar de revertir los fallos dictados en primera y segunda instancia, en los que se rechazó reabrir la investigación por el mencionado delito contra Zacarías Irún.

Los ministros Antonio Fretes, César Diesel y César Garay firmaron la presente resolución judicial. Estos argumentaron que los recurrentes, es decir, el Ministerio Público, no han expuesto el agravio irreparable y concreto que le ocasionan las resoluciones judiciales impugnadas. Por lo tanto, no habiéndose expresado con claridad y precisión el planteamiento, corresponde el rechazo in limine de la referida acción de inconstitucionalidad, menciona el argumento de los altos magistrados.

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Fallo de Cámara

Los camaristas de Ciudad del Este Stella Marys Zárate, Isidro González y Miriam Meza ratificaron la resolución del juez Marino Méndez, quien rechazó reabrir la investigación contra el legislador. Con esto, la causa queda archivada definitivamente.

El camarista Isidro González sostuvo que su argumento, al igual que el de sus colegas, es que el Ministerio Público no hizo nada en 10 años y la causa ya prescribió. Incluso, sostuvo que no se pudo probar que Zacarías Irún haya sido funcionario público.

La denuncia por enriquecimiento ilícito fue realizada inicialmente por las abogadas Kattya González y María Esther Roa, de la Coordinadora de Abogados del Paraguay, el 21 de junio del 2017. Este caso fue desestimado por pedido de la fiscala Yolanda Portillo, quien refirió que el delito de enriquecimiento ilícito había prescripto. Luego, los fiscales mencionados más arriba pretendieron reabrir la investigación, pero la Justicia sostuvo que ya no corresponde la reapertura del presente caso.

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