El juez en lo Civil y Comercial Juan Martín Palacios salió sorteado para entender en el amparo promovido por los padres de los alumnos del colegio Chiang Kai Shek, quienes accionaron judicialmente ante el cese de actividades de la referida institución educativa.
El abogado Ricardo González fue quien promovió el amparo. “Estoy en representación de un grupo de unos 150 padres del colegio Chiang Kai Shek, presentando una acción de amparo en relación a la comunicación vertida por las autoridades del colegio, en cuanto al cierre definitivo”, explicó este viernes el profesional del derecho a La Nación.
Sostuvo que la acción es en contra del cierre definitivo de las actividades administrativas y pedagógicas del colegio, ya que consideran que la medida fue de manera abrupta y los afectados no tuvieron tiempo para buscar alguna alternativa.
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Indicó que se debe precautelar el acceso a la educación, ya que más de 150 alumnos están quedando en la nada con la decisión de la institución. El pedido concreto es que quede sin efecto la disposición de las autoridades del colegio, que es el cierre definitivo.
El magistrado Palacios deberá analizar el pedido de la medida cautelar que se ha presentado en la presente acción y en caso de hacer lugar a la misma se suspenderá el cierre de la institución educativa.
El colegio privado Chiang Kai Shek anunció el cierre definitivo de todas las actividades académicas, pedagógicas y administrativas de la institución luego de 35 años de labor. La decisión fue tomada en asamblea general extraordinaria. Se trata de una institución con elevado nivel de prestigio de enseñanza con clases impartidas en castellano, inglés y chino mandarín, cuyos estudiantes se destacan por su alto nivel académico.
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Segunda imputación contra Miguel Prieto se tramitará en juzgado de Asunción
El juez de Delitos Económicos Humberto Otazú rechazó el incidente de excepción de incompetencia de la territorialidad presentada por las defensas de los imputados por lesión de confianza Miguel Prieto, Higinio Acuña, Richard Ayala Avalos, Maggi Fariña Almada, Nelson Segovia, Francisco Arrúa Álvarez, procesados por un supuesto perjuicio a la comuna esteña de G. 306 millones.
Con la resolución del citado magistrado, el proceso penal de Prieto y otros se tramitará en Asunción. Ahora la defensa de los procesados tiene la posibilidad de apelar el fallo judicial y en caso de ser así, un tribunal de apelación definirá si corresponde que el caso se siga tramitando en un juzgado de la capital.
Otazú sostuvo que existe una ley que establece que el juzgado a su cargo tiene competencia en toda la República, por lo que no corresponde el planteamiento formulado por la defensa de los imputados.
En el caso están igualmente imputados por lesión de confianza, Buena Ventura Morínigo, Emili Vanessa Florentín Páez, Robert Osmar Florentín Silvero, Richard Ayala Avalos, Maggi Elizabeth Fariña Almada, Sebastián Martínez Insfrán, Alex Samhat, Sabino Peralta Martínez, Higinio Ramón Acuña, Cirle Elizabeth Alcaraz Ramírez y Nelson Alexis Segovia Acevedo.
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Los fiscales Silvio Corbeta, Alma Zayas y María Verónica Valdez, de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción, presentaron la imputación contra Prieto y demás personas. Los mencionados fiscales imputaron al intendente por supuesta lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal. Los representantes del Ministerio Público sostienen que existe un perjuicio de G. 300 millones en perjuicio a la comuna esteña.
De acuerdo al acta de imputación, Prieto habría encabezado un esquema criminal, creado para supuestamente desviar recursos a través de licitaciones públicas, cuyas contrataciones estarían direccionadas a empresas afines.
Según el Ministerio Público, el intendente siendo ordenador de gastos de la municipalidad, entre marzo y junio del 2020 habría convocado y promovido la licitación para adquirir por vía de la excepción, insumos para panificados que irían destinados a familias de escasos recursos durante la pandemia por el covid-19.
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Reiteran captura internacional contra Rodrigo Granda por secuestro de Cecilia Cubas
El juez Mirko Valinotti dispuso reiterar la orden de captura internacional con fines de extradición de Rodrigo Granda, considerado como el canciller del grupo guerrillero FARC y quien brindó apoyo a integrantes del Partido Patria Libre para el plagio y asesinato de Cecilia Cubas, hija del expresidente Raúl Cubas hecho ocurrido en el 2004-2005.
El oficio a la Comandancia de la Policía Nacional, como también a la OCN (Oficinas Centrales Nacionales) Interpol Asunción, con el correspondiente código rojo. Con la remisión del oficio a la dependencia policial se da retorno a lo planteado por los abogados querellantes Andrés Casati y Gessy Ruiz Díaz.
Granda, quien maneja varios alias a fin de eludir a los investigadores, soporta proceso en nuestro país por secuestro, homicidio doloso y asociación criminal. En caso de ser detenido en otro país que no sea Colombia, el excanciller de las FARC tendrá que ser extraditado a nuestro país para enfrentar los delitos que el Ministerio Público imputó en su momento.
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La orden de captura internacional con fines de extradición se firmó el 27 de marzo del 2008 y desde aquel entonces se viene reiterando en numerosas oportunidades pero hasta la fecha no se ha podido ejecutar dicha orden judicial de nuestro país.
De acuerdo a la investigación del Ministerio Público, Osmar Martínez, uno de los fundadores del Partido Patria Libre, con Juan Arrom y Anuncio Martí realizaron una visita a Venezuela donde se reunieron con Granda y otros miembros de las FARC, lugar desde donde se inició a la estrategia para secuestrar y asesinar a Cecilia Cubas.
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Proceso penal por lavado de dinero de Erico Galeano seguirá su curso ordinario, resolvió el juez
El juez Osmar Legal decidió que el proceso penal por lavado de dinero que enfrenta el senador Erico Galeano siga su curso procesal normal.
Fue al rechazar el incidente de excepción de falta de acción presentado por la defensa del citado parlamentario que pretendía que el caso se paralice debido a que Galeano cuenta con fueros parlamentarios.
Ahora la defensa del legislador tiene la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación el que tendrá que definir si confirma la determinación adoptada en primera instancia.
Legal argumentó su resolución señalando que “El estudio del desafuero se produce en un único momento, antes del inicio de la causa, dado que es el acto que levanta la inmunidad de proceso, para que el mismo pueda tener inicio.
Una vez producido el desafuero e iniciado el proceso, no cabe un ulterior estudio de la inmunidad parlamentaria para ese mismo proceso, que ya ha iniciado respecto del parlamentario”.
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También sostiene que “En esta tesitura, el nuevo requerimiento realizado por el Ministerio Público en el juzgado en fecha 4 de julio de 2023 a la Honorable Cámara de Senadores, y la correspondiente resolución N° 48 de fecha 20 de julio de 2023 que hace lugar al desafuero del senador de la Nación Erico Galeano Segovia, tampoco tienen relevancia en el proceso dado que, se reitera, el proceso ya se dio por iniciado y tal decisión ha pasado en autoridad de cosa juzgada, y operada la preclusión procesal”.
Igualmente menciona el juez Legal que “La resolución que restituye los fueros al hoy senador Erico Galeano Segovia no tiene incidencia alguna en el presente proceso: en primer lugar, dado que en la misma no se dispone la suspensión de la causa, en segundo lugar, atendiendo que como ya se apuntara precedentemente, el desafuero es requerido únicamente para que el proceso pueda tener inicio, con lo cual una vez otorgado, el mismo debe proseguir hasta su culminación y, por último, la resolución que se pretende hacer valer en la presente causa es la que deroga la resolución N° 48 de fecha 20 de julio de 2023, dictada por la Honorable Cámara de Senadores con posterioridad al inicio del proceso penal”, señala la resolución del magistrado.
Del mismo modo refiere el fallo que “esta magistratura concluye la improcedencia de la excepción de falta de acción, atendiendo que la inmunidad de proceso no implica exención de responsabilidad penal ante la supuesta comisión de un hecho punible por parte de un parlamentario y, respecto de la Resolución Nº 502 de fecha 4 de abril de 2023, dictada por la Honorable Cámara de Senadores, que la misma no tiene incidencia alguna en el presente proceso, atendiendo que el mismo ya ha iniciado y dicha etapa se encuentra preclusa.
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La estrategia trotskista de la confrontación no es para la universidad y el colegio
Por Víctor Pavón
Los recientes hechos en el sector estudiantil donde un grupo de jóvenes lejos de buscar el diálogo para sumar esfuerzos y proponer ideas diferentes y superadoras, muestran que estamos ante un problema grave que seguidamente las señalaré desde cuatro aristas.
La primera es que la educación en todos sus niveles requiere de una profunda reforma, pero no cualquier cambio gatopardista para cambiar para que nada cambie. Segunda arista: algunos estudiantes más bien están dispuestos a seguir el camino erróneo de considerar que el que está enfrente es un enemigo a vencer como en la guerra en una típica actitud trotskista, corriente del marxismo desarrollada por León Trotski.
Esto conlleva a tener consignas de política partidaria en vez de una conducta y acción de carácter gremial como debería ser cuando se está en la universidad y en el colegio.
Tercera arista, considero que la ley que impulsó el Ejecutivo nacional denominada Hambre cero y Arancel Cero fue un paso correcto hacia la mejoría de lo que hoy se tiene, pero, lamentablemente por problemas de comunicación desde el mismo Gobierno y debido a que los mismos estudiantes no se mostraron abiertos y activos en proponer con documentos lo que deseaban desde que se hicieron las audiencias públicas cuando todavía se trataba el proyecto de ley.
Y la cuarta arista a la que me referiré es sobre los estudios del profesor Gary Becquer de la Universidad de Chicago (USA), galardonado con el Nobel de Economía. Resulta clave entender que –además de la inversión en máquinas, tecnologías, informática, fábricas, etcétera – también el capital humano es gravitante para el progreso.
En un mundo cada vez más competitivo y especializado la educación es tan importante como el capital mismo.
La teoría del capital humano tiene por supuesto una relación directa con un enfoque económico. Ese fue el objeto y objetivo de estudios del profesor Gary Becquer. De ahí que el nobel considera al estudiante como un actor racional que busca una inversión que se traducirá en rentabilidad en su futuro.
De manera permanente hacemos o no hacemos algo de acuerdo a un cálculo de costo – beneficio, y esto no lo hacemos de manera deliberada o consciente. Todos, sin excepción, hasta el más malévolo criminal realiza de un modo u otro tal cálculo.
Para la adecuada y eficiente formación del capital humano, nuestros niños y jóvenes requieren de un modelo diferente al que tenemos. Ellos deben elegir bajo asesoría de sus padres y maestros, considerando los costos y beneficios presentes y futuros, que su mejor preparación con valores les redundará ganancias económicas como valores culturales.
Conseguir este propósito requiere dejar de lado el actual modelo de instrucción que no condice con la educación de calidad. Es un error creer que aumentando los gastos en “educación” tal como se cree significa elevar su calidad, pertinencia y eficiencia en la educación: El Estado debe hacerse a un lado.
De ahí que la mejor solución no está en incrementar el presupuesto en educación como se insiste. Países como Singapur tienen menos presupuesto público con relación con el producto interno bruto (PIB) que el nuestro y su educación es mucho mejor siendo una de las mejores a nivel mundial. Sin el fortalecimiento del capital humano no habrá economía ni política para un país en libertad y república.
No obstante, todo ello será imposible de llevar a cabo si la estrategia trotskista de la confrontación sigue siendo incentivada por algunos que prefieren la dialéctica amigo/enemigo, antes que la gremial como debería darse en la universidad y en el colegio.
(*) Presidente del Centro de Estudios Sociales (CES). Miembro del Foro de Madrid. Autor de los libros “Gobierno, justicia y libre mercado”: “Cartas sobre el liberalismo”; “La acreditación universitaria en Paraguay, sus defectos y virtudes” y otros como el recientemente publicado “Ensayos sobre la libertad y la república”.
La teoría del capital humano tiene por supuesto una relación directa con un enfoque económico. Ese fue el objeto y objetivo de estudios del profesor Gary Becquer. De ahí que el nobel considera al estudiante como un actor racional que busca una inversión que se traducirá en rentabilidad en su futuro.
Conseguir este propósito requiere dejar de lado el actual modelo de instrucción que no condice con la educación de calidad. Es un error creer que aumentando los gastos en “educación” tal como se cree significa elevar su calidad, pertinencia y eficiencia en la educación: El Estado debe hacerse a un lado.