El gobernador de Central Hugo Javier González, imputado por violar la cuarentena sanitaria, fue traslado hasta el juzgado de Garantías de turno ubicado en San Lorenzo para que el juez Miguel Bernárdez pueda realizar la audiencia de imposición de medidas cautelares. En la citada diligencia judicial se conocerá si el gobernador será beneficiado con medidas alternativas a la prisión o se dispondrá su arresto domiciliario.
Hugo Javier fue trasladado en una patrullera de la Comisaría de Luque hasta la sede judicial, donde ya en minutos más se realizará la audiencia de imposición de medidas cautelares.
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El Gobernador se presentó con su abogado Fausto Portillo esta mañana ante la fiscala Sandra Ledesma para la audiencia indagatoria. Luego de esta diligencia fiscal y debido a que tenía orden de detención fue derivado hasta el juzgado de turno de San Lorenzo.
La fiscala Mirtha Ortiz imputó a Hugo Javier González por violar la cuarenta sanitaria debido a que supuestamente se realizó una fiesta dentro de la sede de la Gobernación ubicada en Areguá.
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Juez cuestiona requerimiento fiscal que otorgó domiciliaria a presunto abusador en Encarnación
- Rocío Gómez. Corresponsal en Itapúa
El juez Miguel López, titular del Juzgado de Garantías n.° 2 del departamento de Itapúa, aclaró que no fue él quien otorgó la prisión domiciliaria a Matías Ezequiel López, imputado por coacción sexual y violación a una menor de 15 años en la causa 8947/2026.
Según explicó, la causa ingresó el viernes 16 de octubre, cuando él estaba de permiso y lo interinaba la jueza Melissa Carlson. El magistrado señaló que el pedido de arresto domiciliario provino de la misma fiscal del caso, Giovanna Vera Kettermann, de la Unidad 4.
“Fue el propio Ministerio Público el que pide el arresto domiciliario. No pidió prisión la Fiscalía. En estas condiciones, el Juzgado no puede dictar prisión preventiva. No existe la prisión preventiva de oficio”, afirmó López, citando una acordada de la Corte Suprema que prohíbe a los jueces dictar prisión si la Fiscalía no la solicita, para evitar abusos.
López calificó el trabajo fiscal como mal hecho y sin fundamentos. Sostuvo que la gravedad del hecho es solo el primer requisito para una prisión preventiva, pero que deben justificarse también el peligro de fuga y la afectación a la investigación. “Si me llegaba esta causa, le iba a devolver la imputación y le iba a excarcelar, porque está mal hecho”, aseguró.
Sobre el punto más cuestionado, que el imputado cumple la medida a una cuadra de la víctima, reconoció que es atendible y anunció una solución inmediata. Dijo que hoy mismo intimará a la defensa a presentar un nuevo domicilio lejano, con constitución judicial para verificarlo, y que remitirá el caso a atención permanente para su revisión urgente.
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Tía Chela: tribunal advierte a Miguel Prieto que será juzgado también por estafa y otros
El Tribunal de Sentencia de Delitos Económicos —integrado por Ana Rodríguez, Karina Cáceres y Yolanda Morel— advirtió al exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, y a otros diez acusados que deben preparar sus defensas ante la posibilidad de que los hechos investigados en el caso “Tía Chela” sean calificados también como estafa y producción de documentos no auténticos.
La acusación actual corresponde a los hechos punibles de lesión de confianza y asociación criminal. La advertencia fue realizada por el colegiado durante el juicio oral por el presunto negociado en la compra de kits de alimentos para familias vulnerables durante la pandemia de covid-19, causa en la que se investiga un perjuicio patrimonial de G. 2.130.036.016 a la Municipalidad de Ciudad del Este.
Con relación a Prieto, el Tribunal de Sentencia indicó que debe preparar su defensa ante una eventual calificación de estafa en calidad de coautor y producción de documentos no auténticos en la modalidad de uso. Para los demás procesados, la advertencia contempla los mismos hechos punibles, pero con distintos grados de participación.
En la fecha, la audiencia oral prosiguió con la lectura de las pruebas documentales ofrecidas por el Ministerio Público. Por el momento, no está prevista la declaración de testigos. La Fiscalía sostiene que probará que Prieto habría causado el millonario perjuicio al encabezar un supuesto esquema de desvío de recursos municipales en el que habrían participado funcionarios de su administración.
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Juez define si dispone prisión domiciliaria o no para Hugo Javier
Hugo Javier cumpliría prisión domiciliaria si así lo determina el juez de Ejecución Penal, Carlos Mendoza, tras evaluar informes médicos y psicológicos forenses sobre el estado de salud del exgobernador de Central. Los estudios señalan que presenta secuelas graves, amnesia y alucinaciones luego de sufrir un traumatismo de cráneo grave.
González Alegre recibió el alta hospitalaria en el Hospital Nacional de Itauguá tras permanecer internado por un traumatismo craneoencefálico sufrido el pasado 6 de setiembre en su lugar de reclusión.
El director del nosocomio público, Miguel Ferreira, confirmó que el paciente se encontraba en condiciones de abandonar el hospital. Sin embargo, no significa que haya concluido su tratamiento.
El profesional de la salud mencionó que necesita continuar con su tratamiento y proceso de recuperación, que incluye controles médicos, fisioterapia y rehabilitación neurológica y motriz.
Según los profesionales de salud, González aún presenta episodios de alucinaciones y dificultades de memoria. Por ello, recomendaron que permanezca bajo supervisión permanente durante su recuperación.
El exanimador de fiestas metido a la política cumple una condena de 10 años de prisión por lesión de confianza. El doctor explicó que ya está “súper bien”, estable y con alta médica, pero remarcó la diferencia que hay entre el cuidado de un ser querido y el de una enfermera desconocida para su recuperación total. Por eso es indispensable que tenga a su familia cerca las 24 horas.
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Prietismo viola veda electoral con propaganda a favor de Pereira Mujica
En pleno desarrollo de los comicios generales municipales, el prietismo incurrió en la violación de la veda electoral con la difusión de afiches alusivos a las candidaturas del intendentable Daniel Pereira Mujica y el aspirante a concejal Víctor Torales.
Según la denuncia, el hecho se registró frente a la escuela y colegio 8 de diciembre del barrio 23 de octubre de Ciudad del Este. La propaganda a favor de ambos políticos se encontraba instalada en un vehículo utilizado aparentemente para el traslado de votantes.
El hecho cobró relevancia teniendo en cuenta que durante la jornada electoral rige la prohibición de realizar actos de propaganda y proselitismo, conforme a las disposiciones del Código Electoral. La abierta violación fue registrada ante la presencia de efectivos policiales, quienes se encontraban apostados en la zona.
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Sin embargo, los agentes policiales no intervinieron ante la presencia del vehículo que exhibía los afiches de ambos candidatos del Partido Yo Creo, liderado por el exjefe comunal destituido por corrupción Miguel Prieto.
La presencia de los afiches en plena elecciones constituye un incumplimiento de las restricciones vigentes para los comicios municipales.
El periodo de propaganda electoral el cual se entiende como exposición en la vía y espacios públicos de pasacalles, afiches, gigantografías, la realización de pintatas, afiches y pancartas, finalizó el pasado 1 de octubre.
Las sanciones para quienes infrinjan el plazo de propaganda electoral están fijadas en los artículos 323 y 329 del Código Electoral.
Los mismos estipulan penas de uno a tres años de cárcel más una multa equivalente a doscientos jornales a quienes realizaren actos de propaganda electoral una vez finalizado el plazo y de dos a seis meses de cárcel más una multa equivalente a quinientos jornales mínimos para los directivos o responsables de los medios masivos de comunicación que infringieren los plazos de propaganda electoral previstas en la ley.