La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó a los camaristas José Waldir Servín, Arnulfo Arias y Bibiana Benítez para que analicen si confirman la absolución de culpa y pena de la exdefensora general Noyme Yore o anulan la resolución de primera instancia y ordenan un nuevo juicio oral y público. Los ministros que firmaron la resolución son Manuel Ramírez Candia, Carolina Llanes y Gustavo Santander.
El agente fiscal Rodrigo Estigarribia había apelado el fallo que absolvió de culpa y pena a la exdefensora general Noyme Yore por supuesta usurpación de funciones públicas.
Podés leer: Juzgado de Garantías instaló lavatorio portátil
El colegiado que absolvió a Yore estuvo integrado por los magistrados Rossana Maldonado, Jesús Riera y Elsa García, quienes mencionaron en su fallo judicial que la acusada incurrió en el delito mencionado, pero que se le justifica ante la necesidad que tenía de contar con más defensores interinos.
Según resalta el representante del Ministerio Público, la mujer se atribuyó funciones que le correspondían a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), ya que había designado abogados privados como defensores interinos en varias localidades del país para cubrir las vacancias de los titulares.
Por otra parte, la exmáxima autoridad de la defensa pública fue procesada por una supuesta sobrefacturación en la construcción de oficinas.
Te puede interesar: Se pospuso juicio oral de ex ministro de la Niñez
Dejanos tu comentario
Defensa de Bolsonaro pide su absolución por golpismo en Brasil antes de veredicto
La absolución de Jair Bolsonaro es “imperiosa”, sostuvo este miércoles su abogado en la última intervención de la defensa antes de que la corte suprema de Brasil dictamine si el expresidente tramó un golpe de Estado.
El máximo tribunal dará su veredicto la semana próxima en el juicio que define si el líder de extrema derecha intentó aferrarse al poder tras perder las elecciones de 2022 contra el izquierdista Luiz Inácio Lula da Silva.
“La absolución es absolutamente imperiosa para que no tengamos nuestra versión del caso Dreyfus”, afirmó el abogado Paulo Cunha Bueno ante los jueces en Brasilia. El letrado hacía alusión al escándalo de principios del siglo XX en Francia que pasó a la historia como símbolo de la parcialidad judicial.
Mientras se lleva a cabo el juicio, en el Congreso se aceleran negociaciones para incluir la votación de una amnistía en la agenda parlamentaria, con Bolsonaro como eventual beneficiario.
“Sin pruebas”
La corte reanudó este miércoles las sesiones finales del proceso al exmandatario, de 70 años, en prisión preventiva en su casa en Brasilia desde principios de agosto.
Según la fiscalía, la presunta trama golpista incluía un decreto de estado de sitio y un plan para asesinar a Lula, su vicepresidente electo Geraldo Alckmin y el juez Alexandre de Moraes, relator de este juicio.
El plan no habría avanzado por falta de apoyo de la cúpula militar.
La acusación también señala a Bolsonaro como presunto instigador del 8 de enero de 2023, cuando miles de seguidores vandalizaron las sedes de poder en Brasilia para tratar de derrocar a Lula.
El ex jefe de Estado (2019-2022) se declara inocente y dice ser un perseguido político. “No hay una sola prueba que lo vincule” al plan de magnicidio o al 8 de enero, sostuvo otro de sus abogados, Celso Vilardi.
Contra “presiones”
Ya inhabilitado políticamente hasta 2030, Bolsonaro puede enfrentar hasta 43 años de prisión. El juez Moraes aseguró el martes que el tribunal ignorará las “presiones internas o externas” al emitir su veredicto.
Sus declaraciones se producen en medio de una crisis diplomática con Estados Unidos. El presidente Donald Trump impuso el 6 de agosto aranceles punitivos a las exportaciones brasileñas por lo que calificó como una “caza de brujas” contra su aliado Bolsonaro. Además, Washington sancionó a Moraes y otros funcionarios brasileños.
Te puede interesar: Para opositora venezolana “falta poco” para la caída de Maduro
En caso de condena, la defensa y la fiscalía “tendrán hasta cinco días” para interponer un recurso de aclaración o de revisión, explicó a la AFP Thiago Bottino, profesor de derecho penal de la Fundación Getulio Vargas.
Si existen recursos de cualquier tipo, hasta que no se resuelvan, Bolsonaro no puede ingresar en prisión, según el experto. Es la primera vez que un exmandatario brasileño enfrenta cargos de esta magnitud.
“Con más apoyo por la amnistía”
“Cada vez con más fuerza y más apoyo, vamos a trabajar por la amnistía amplia, general e irrestricta en el Congreso”, dijo el martes a periodistas el senador Flávio Bolsonaro, hijo del expresidente.
El bolsonarismo impulsa desde hace meses una amnistía para su líder y para centenares de simpatizantes condenados por el 8 de enero.
Lindbergh Farias, líder del oficialista Partido de los Trabajadores en Diputados, admitió esta semana que “creció un movimiento” por la amnistía tras una visita a Brasilia del gobernador de Sao Paulo, Tarcísio de Freitas, para “colocar en discusión” el tema.
Freitas fue ministro de Bolsonaro y aparece como posible sucesor del ultraderechista para las elecciones de 2026. Cabe al presidente de la cámara baja decidir si incluir una eventual votación de la amnistía en la agenda del Congreso.
Otras dos fuerzas centristas que apoyan la amnistía, Unión Brasil y Progresistas, anunciaron que dejarán los ministerios que ocupan en el gobierno de Lula.
- Fuente: AFP
Lea más: Inicia el proceso de ratificación del acuerdo UE-Mercosur
Dejanos tu comentario
Caso Sol Chávez: ratifican condenas de 4 y 3 años de cárcel a bioquímica y odontóloga
El Tribunal de Apelación ratificó la condena de 4 años de cárcel para la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y a 3 años de pena privativa de libertad a la química farmacéutica Sandra Hermosa, enjuiciadas por el fallecimiento de la joven Sol Chávez, quien murió por intoxicación por flúor.
En el mes de mayo, en un tercer juicio oral y público, el Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Juan Francisco Ortiz, Rossana Maldonado y Lourdes Garcete, condenó a Espinoza y Hermosa.
El Ministerio Público pidió 5 años de cárcel y 10 años de prohibición de ejercer la profesión de odontóloga y bioquímica.
Los padres de Chávez se habían encadenado frente al Poder Judicial exigiendo Justicia por la muerte de su hija y la aplicación de penas más justas para las acusadas que ocasionaron el lamentable hecho.
Por su parte, la madre de la joven Sol Chávez sostuvo que “recibimos la noticia que el Tribunal de Apelación confirmó las condenas dictadas por un Tribunal de Sentencia contra las dos personas condenadas por el fallecimiento de mi hija”.
Podes leer: Corte expuso ante Diputados pedido de ampliación presupuestaria con recursos propios
Dejanos tu comentario
Sala Penal destraba chicana de Prieto en caso Tía Chela
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió declarar inadmisible el recurso de apelación general que interpuso la defensa del destituido intendente esteño Miguel Prieto Vallejos, en la causa relacionada a los kits de alimentos a través de la firma proveedora Tía Chela SRL. El fallo, emitido este 20 de agosto con firma de los ministros Eugenio Jiménez Rolón, Manuel Ramírez Candia y César Garay Zuccolillo, permite al juez Humberto Otazú volver a fijar fecha para la audiencia preliminar en que se resolverá si los acusados van o no a juicio oral y público.
En la causa caratulada “Miguel Prieto Vallejos y otros s/lesión de confianza (Ley n.° 6379) superior a 5.500 jornales”, expediente n.° 4.524 del año 2020, los abogados Gilda María Portillo Vera y Andrés Casati Caballero, representantes legales de Prieto, habían presentado esta chicana, el 6 de agosto de 2024, contra el Auto Interlocutorio n.° 158 de fecha 2 de agosto de 2024, dictado por la Cámara Especializada de Delitos Económicos, que dispuso no hacer lugar a la recusación contra el juez Humberto Otazú, del Juzgado Penal de Garantías de Delitos Económicos del Primer Turno.
Le puede interesar: Movimiento Yo creo de Prieto no está habilitado para próxima elección esteña
El 18 de julio de 2023, los fiscales Silvio Corbeta, Alma Zayas y Rodrigo Estigarribia imputaron a Miguel Prieto, y a otros diez implicados, por una supuesta compra fraudulenta de unas 25.000 cestas de alimentos durante la pandemia, estimando un perjuicio patrimonial de G. 1.769.790.000 para la Municipalidad de Ciudad del Este por la compra efectuada en 2020 mediante una licitación convocada por la vía de la excepción y adjudicada a la firma Tía Chela SRL, supuestamente para familias de escasos recursos.
Los procesados son Miguel Prieto Vallejos y Francisco Raimundo Arrúa Álvarez, en calidad de autores. En tanto, Buenaventura Morínigo, Emili Vanessa Florentín Páez, Robert Osmar Florentín Silvero, Maggi Elizabeth Fariña Almada, Sebastián Martínez Insfrán, Alex Samhat, Higinio Acuña, Cirle Elizabeth Alcaraz Ramírez y Nelson Alexis Segovia Acevedo están sindicados por el hecho de lesión de confianza, administración en provecho propio, en calidad de cómplices y de asociación criminal, en calidad de coautor.
La decisión de la Corte ratifica lo resuelto por el tribunal de apelación, manteniendo la validez de las actuaciones procesales dentro de la causa que investiga presuntas irregularidades en la contratación para la adquisición y distribución de los kits de alimentos durante la pandemia, operación realizada a través de la firma proveedora Tía Chela SRL.
Unas 50 denuncias
Este fallo se suma a otro proceso que enfrenta Prieto, quien cuenta con 50 denuncias formuladas contra el ahora ya destituido intendente de Ciudad del Este; y constituye un precedente relevante dentro del expediente, ya que limita las posibilidades de la defensa de revertir las resoluciones judiciales en instancias superiores.
Hay que resaltar que la intervención municipal, que estuvo a cargo del economista Ramón Ramírez, la cual culminó la semana pasada, ha revelado la forma en la que operaba el esquema que organizó el destituido intendente Miguel Prieto para concretar su maquiavélica gran estafa, con el objetivo de embolsillarse millonarias sumas pertenecientes a las arcas públicas.
El resultado de esta intervención, se presentó a la Cámara de Diputados que resolvió ayer martes la destitución del jefe comunal debido las graves irregularidades denunciadas por la Contraloría General de la República y que fueron corroboradas por el interventor.
Dejanos tu comentario
Ratifican que Roberto Cárdenas debe cumplir en la cárcel su condena de 8 años
El tribunal de apelación integrado por Dionisio Frutos, Gustavo Bóveda y Helmut Fortlage ratificó la orden de captura contra el exintendente de Lambaré, condenado a 8 años de cárcel por lesión de confianza por un perjuicio de G. 859 millones en la construcción de varias instituciones educativas de la mencionada ciudad. Cárdenas deberá ser detenido y trasladado hasta una penitenciaria para cumplir la condena que ya quedó firme en la Corte Suprema de Justicia.
En su momento, la jueza de Ejecución, María Lidia Wyder Mendieta, ordenó la captura del exjefe comunal para que pueda cumplir la pena de 8 años de cárcel, pero la defensa del condenado presentó varios incidentes alegando que la sentencia condenatoria aún no había quedado firme, pero con esta determinación judicial Cárdenas deberá estar privado de su libertad.
Te puede interesar: Liberan al abogado que disparó a un supuesto ladrón en Lambaré
Los camaristas mencionaron que la aclaratoria solo se limita a corregir errores materiales y aclarar expresiones oscuras o suplir omisiones, sin alterar el fondo de la cuestión razón por la cual no puede ser considerado como impedimento para la ejecución de una condena.
Condena
El 23 de diciembre de 2021, Roberto Cárdenas fue condenado por lesión de confianza y actividades peligrosas en la construcción. La Fiscalía probó que causó un perjuicio patrimonial de G. 859.559.192 de recursos transferidos al municipio provenientes de royalties de la Itaipú Binacional.
En noviembre del año pasado, la Sala Constitucional de la Corte ya había rechazado un recurso de aclaratoria presentado por Cárdenas contra un acuerdo y sentencia.
Podes leer: Accidente fatal: tractocamión aplastó a un hombre en San Lorenzo