No hay forma de que la niña de 7 años haya sido llevada sin que nadie lo note y la única persona que pudo haberlo hecho es Reiner Helmut, según concluye el abogado Óscar Tuma, quien revela que el 15 de abril el ciudadano alemán salió tres veces de la propiedad a bordo de su camioneta.
La persona que llevó a Juliette necesariamente ingresó a bordo de un vehículo y no existe manera de que el responsable no haya sido visto, según el profesional.
“Estamos seguros, según el trabajo que realizamos, que la única persona que pudo sacar a Yuyú es Reiner, ese 15 salió en tres oportunidades del establecimiento”, afirmó Tuma, quien representa al padre de Juliette.
Sostuvo además que existe participación de la madre, Lilian Zapata, pero que habrá que determinar si calla por temor o por algún otro factor. A ella también se suma uno de los trabajadores que estuvieron en la mañana en que desapareció Juliette.
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“Que alguien no haya sido visto por la mamá o por los trabajadores es imposible, tuvieron que haber visto si alguien ingresó y el que entró lo tuvo que haber hecho con una camioneta”, insistió Tuma y reveló que la hipótesis actual apunta a que Juliette está escondida y que por ello se realizan los allanamientos en domicilios pertenecientes a las amistades de Reiner.
Participación de la policía francesa
Tuma indicó que la participación de la policía de Francia implica un trámite que va desde la Fiscalía General, que debe solicitar el permiso a la Cancillería y posteriormente conseguir un vuelo que en este momento es difícil. Además, los investigadores deberán guardar cuarentena por 14 días.
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Procesado por narcotráfico desiste de la declaración testifical de senador liberal
La defensa del abogado Carlos Duarte, uno de los procesados en el marco del operativo Scanner que desmanteló una organización criminal que traficaba cocaína con destino a Europa utilizando como vía el Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi, desistió de la declaración testifical del senador liberal Líder Amarilla, salpicado en la causa judicial por los acusados.
El requerimiento de desestimación no fue objetado por el Ministerio Público, razón por la cual el Tribunal de Sentencia hizo lugar al mismo. La causa inició el 11 de octubre del año 2023 donde también se encuentra procesados los exfuncionarios de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac), Ramón Arrúa (exgerente de seguridad), Basilio Rodríguez (exsupervisor), Marta Coronel (exoperadora de escáner), y Luis Servián (exintegrante del equipo de seguridad).
A la lista de acusados se suma Eliana Beatriz Cardozo Ramírez (quien con 10 kilogramos de cocaína, según las investigaciones pretendía abordar un vuelo a Madrid, España).
Llamativamente, la no objeción del Ministerio Público al requerimiento se dió tras la amenaza realizada por Amarilla al fiscal de la causa Andrés Arriola, a quien acusó de realizar falsas acusaciones, razón por la cual lo denunciaría ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados e impulsaría una querella en su contra.
Arriola incluso emitió ayer miércoles un comunicado sosteniendo que es víctima de amedrentamiento y presión. A la vez había detallado que en el curso de las investigaciones “surgieron menciones relativas a un legislador (haciendo referencia a Líder Amarilla) las cuales deben ser comprendidas en su contexto“.
Señala que ”dichas referencias provienen exclusivamente de elementos probatorios vinculados a dos de los acusados, quienes lo mencionan en reiteradas ocasiones, sin que ello implique atribución directa de responsabilidad penal".
Añadió en el comunicado que “estas circunstancias forman parte del análisis integral de la teoría del caso del Ministerio Público y serán valoradas dentro del contradictorio propio del juicio oral”.
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Caso Conmebol “debe ser debatido en un juicio oral”, afirma el abogado Claudio Lovera
El abogado de la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol), Claudio Lovera, detalló que el próximo 30 de abril se concreta el plazo ordinario que dispone el Ministerio Público para la finalización de la investigación contra el presidente del banco Atlas, Miguel Ángel Zaldívar, imputado junto con otras ocho personas por lavado de dinero.
“A partir de la admisión de la querella, desde la Conmebol observamos que el Ministerio Público realmente ha recopilado información relevante y claramente es un caso donde corresponde una acusación por lavado de activos. Acá se desarrollaron varias circunstancias graves, este es un caso que debe ser debatido en un juicio oral“, indicó este martes al programa “Así son las cosas” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
La Conmebol apunta a recuperar al menos USD 15 millones que el empresario y dirigente deportivo Nicolás Leoz, fallecido en agosto de 2019, desvió del ente deportivo a dicha institución financiera, propiedad de la familia Zuccolillo.
Comité de cumplimiento
De acuerdo con el acta de imputación, Leoz realizó en el 2013 varios depósitos de dinero en dólares, guaraníes y firmó contratos de fideicomisos, por valores de USD 5.100.000, más G. 16.000 millones y los contratos de fideicomiso de USD 2 millones y G. 22.000 millones.
“Claramente los miembros del directorio que aprobaron el fideicomiso estaban en conocimiento de esta circunstancia porque varios de ellos pertenecen al comité de cumplimiento, entre ellos Zaldívar, instancia donde se discuten las alertas respecto al cliente, además de la información pública con relación a Nicolás Leoz“, indicó.
“El banco mintió”
El abogado acotó: “El banco Atlas, en el transcurso de los años alrededor de Leoz, defendió los depósitos en efectivo de dólares americanos, que había realizado y, defendiendo el avance del fideicomiso, mintió a la Superintendencia de Bancos, al Ministerio Público en más de una oportunidad, incluso en el marco de las investigaciones respecto a Leoz, realizó conductas tratando de completar la carpeta de Leoz luego de la acusación del Departamento de Justicia de los Estados Unidos en el 2015″.
En la denuncia impulsada por la Conmebol se mencionan publicaciones periodísticas, documentos de agencias de cumplimiento de la ley y órganos judiciales de los Estados Unidos sobre procedimientos relacionados con la posible comisión de hechos punibles de carácter económico, patrimonial y de lavado de dinero en el caso denominado FIFA-Gate.
En la causa también se encuentran imputados Jorge Vera Trinidad, Celio Tunholi, Eleno Martínez Duarte, Eduardo Queiroz, José Miguel Páez Corvalán, Nora Cecilia de Cardozo, María Clemencia Pérez y María Celeste Leoz de Ribeiro.
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“Ostfield tuvo una injerencia directa”, ratifica abogado sobre exembajador
“Se quiere desinformar, tratar de instalar hechos falsos como verdaderos a través de calumnias, difamaciones y lo mediático”, afirmó el abogado Pedro Ovelar, quien salió al paso del intento de reflotar una campaña contra el exmandatario y presidente de la Asociación Nacional Republicana (ANR), Horacio Cartes, con la reaparición del exembajador Marc Ostfield, aliado del gobierno abdista.
“Parece difícil de creer que un diplomático pueda actuar así, ya que siempre, en materia de los convenios y tratados, los embajadores no pueden incidir en la política interna, pero Marc Ostfield tuvo una injerencia directa, descarada y abierta en los asuntos internos del país“, afirmó Ovelar, este jueves, en el programa “Arriba hoy” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Ovelar acotó: “La forma en que el diplomático actuó comunicando las sanciones, pontificando desde un púlpito sobre lo que teníamos que pensar, hacer o actuar los paraguayos fue realmente una grosera intromisión en los asuntos internos, partidarios con la finalidad de incidir en unas elecciones nada más y nada menos para elegir a un presidente de la República”.
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“Frustración por el fracaso”
Las afirmaciones de Ovelar surgieron ante los cuestionamientos realizados por el exembajador de los Estados Unidos, Marc Ostfield, contra la decisión del Departamento del Tesoro del país norteamericano referente al levantamiento de las sanciones financieras a Cartes, en octubre del 2025.
“Hay que poner un punto final y ver si paran con esto. Acá hay una gran frustración por el fracaso y no se trata solo de una persona, sino de un grupo o clan, que se desarrolló de manera constante, coordinada, al unísono. Están metidos desde el Ejecutivo anterior, grupos políticos de la oposición y periodistas que fueron parte de una trama“, sostuvo Ovelar.
El diplomático, destituido apenas asumió la actual administración de Donald Trump, lanzó su crítica hace un mes mediante sus redes sociales y fue recogido recientemente por los medios locales que fungieron como aliados del gobierno de Mario Abdo Benítez, en la campaña de ataques contra Cartes.
El 2 de noviembre de 2025, el diario Clarín publicó el artículo titulado: “El informe diplomático que expuso la trama secreta de la injerencia del exembajador de EE.UU. en Paraguay”. El conocido medio argentino expuso: “El documento pone en evidencia como el diplomático Marc Ostfield jugó en la interna colorada contra Santiago Peña, el candidato de Horacio Cartes”.
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Abogado deberá cumplir condena en Tacumbú tras incumplir prestación de alimento
La jueza de Ejecución, Sandra Kirchhofer, revocó el beneficio de la suspensión de la condena impuesto al abogado Manuel Radice y ordenó su captura inmediata. El profesional había sido condenado a dos años de cárcel por incumplimiento del deber legal alimentario, sin embargo, debido a que no respetó las condiciones establecidas para mantener dicho beneficio, la medida fue revocada y ahora deberá cumplir su pena en la penitenciaría de Tacumbú.
La magistrada sostuvo en su resolución que Manuel Enrique Radice Zárate no posee predisposición para acatar los mandatos de la justicia. Consideró que el abogado ha incumplido de manera grave y repetida las obligaciones impuestas, a pesar de haber sido intimado y de habérsele otorgado la oportunidad de comparecer ante los estrados judiciales para ejercer su derecho a ser oído o acreditar el cumplimiento de sus obligaciones.
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Según el fallo, Radice se apartó del propósito del beneficio procesal durante un año y diez meses, restando menos de dos meses para culminar su periodo de prueba (fijado para el 9 de mayo de 2026).
Asimismo, la resolución refiere que el condenado vulneró el derecho a la asistencia alimentaria de sus tres hijos menores, incumpliendo no solo el Artículo 225 del Código Penal, sino también lo estipulado en la Constitución Nacional, el Código de la Niñez y la Adolescencia y tratados internacionales que protegen el interés superior del niño. La jueza concluyó que se han agotado los mecanismos legales para garantizar tanto los fines constitucionales como los derechos del condenado.
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