En sesión ordinaria, la Cámara de Diputados archivó el proyecto de ley “que establece mecanismos y procedimientos para la fase III del derribo de aviones”. De acuerdo al análisis de los legisladores, esta modificación a la ley n.° 6.980/2022 es innecesaria y la Comisión de Defensa Nacional, Seguridad, Inteligencia y Orden Interno", de hecho recomendó el rechazo de la iniciativa.
“La ley vigente de vigilancia y espacio aéreo paraguayo faculta a realizar operaciones para la intersección y el uso de la fuerza mediante la legítima defensa para caso de vuelos ilícitos a los efectos de neutralizar la amenaza inminente si fuere necesario, sin comprometer la responsabilidad del Estado paraguayo a posibles daños y perjuicios”, expresó el diputado Pedro Ortiz, de la mencionada Comisión.
El legislador mencionó una serie de motivos por los cuales consideraron que la aplicación de la propuesta legislativa no era viable. En esta línea, indicaron que la recomendación de rechazar el proyecto se debe a una conclusión remitida por el propio Ministerio de Defensa, que expuso la serie de tratados internacionales y convenios a los que se encuentra suscrito nuestro país que son contrarias a este proyecto.
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“Cualquier derribo de aviones que la Fuerza Aérea pueda ejecutar, debe ser para preservar la seguridad y defensa nacional y estar vinculada a la potencialidad de las aeronaves ante una posible acción hostil que constituya una amenaza a los intereses vitales del Estado, pero no puede estar asociado a un hecho ilícito o posible comisión de delito”, explicó.
El Ministerio de Defensa alegó que consideran los principios y garantías constitucionales, así como las normas y convenios internacionales como la protección a la vida, el debido proceso, el convenio de Chicago, que los estados contratantes reconocen que deben abstenerse del uso de las armas en contra de aeronaves civiles en vuelo.
Por otra parte, la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece la presunción de inocencia y garantía del debido proceso. La Fuerza Aérea Paraguaya, de acuerdo con el artículo 173 de la Constitución, tiene como misión la integridad territorial en el espacio aéreo nacional. “Por lo tanto, es innecesaria la modificación de la normativa vigente y solicito el rechazo de este proyecto de ley”, añadió Ortiz, moción que fue votada en mayoría por sus colegas.