El ministro de Desarrollo Social, Tadeo Rojas, se refirió este viernes sobre los alcances del decreto n.° 3.899, que estipula la adquisición obligatoria de productos y servicios de la agricultura familiar y mipymes por proveedores del programa Hambre Cero en las escuelas, en porcentajes del 10 % y 5 %, respectivamente.
“Quiero aclarar que la compra de productos e insumos de la agricultura familiar campesina, como también de los productos de bienes y servicios de las mipymes, está establecida hoy en los líneamientos del programa, como así también en los contratos, pero le faltaba un toque más formal, con un respaldo legal de mucho más peso“, sostuvo Rojas, este viernes, en una entrevista con el programa “Arriba hoy”, emitido por el canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
“Por su volumen, dimensión, cobertura, Hambre Cero es un programa de revisión y de ajustes permanentes a los efectos de que pueda ser cada vez más efectivo”, refirió. Con el decreto, las empresas adjudicadas deberán adquirir insumos frutihortícolas, directamente del productor, por el valor del 10 % de sus contratos, y productos y servicios de las mipymes por el 5 %.
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“Entre los aspectos más importante de este decreto es que se establece que mensualmente se debe presentar las facturas de compras para la elaboración del proceso administrativo para el pago del servicio que hacen las empresas en la provisión de la alimentación escolar“, refirió.
Las facturas de compra en concepto de productos frutihortícolas e insumos de la agricultura familiar o bienes y/o servicios deberán ser cargadas en el Sistema Integrado de Alimentación Escolar (SIAE), mediante los usuarios registrados por los proveedores ante la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).
“Con esto estamos asegurando que las compras de los productos sean fijos, permanentes, es decir cada mes. Esta obligación de compra obligatoria es establecida para ambas modalidades del programa, ya sea para la modalidad de cocinando en las escuelas como el sistema de catering”, comentó el alto funcionario de Estado.
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Desde el Ministerio de Desarrollo Social advierten a las empresas que la inobservancia de esta medida será considerada como incumplimiento contractual y se aplicarán sanciones administrativas, conforme a lo establecido en las normativas.
Rojas dijo que otro de los puntos resaltantes de la resolución presidencial guarda relación con evitar a los intermediarios. “De acuerdo a las evaluaciones realizadas, encontramos que la presencia de estos termina perjudicando al sector productivo de alguna u otra forma en cuanto a los precios y pagos”, indicó.