El Poder Ejecutivo firmó este jueves un decreto que establece la adquisición obligatoria de los productos de la agricultura familiar y de las mipymes en los porcentajes establecidos para el programa Hambre Cero. Este documento brindará mayor seguridad en los negocios, exigiendo la presentación de facturas de manera mensual.
El anuncio fue brindado por el ministro de Desarrollo Social, Tadeo Rojas, junto con la ministra del Trabajo, Mónica Recalde, tras la reunión que mantuvieron con el vicepresidente de la República y presidente en ejercicio, Pedro Alliana, quien rubricó el decreto n.° 3.899, a partir de una evaluación que se realizó con el presidente Santiago Peña, con el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y el Ministerio de Industria y Comercio (MIC).
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El ministro Rojas explicó que, mediante el decreto presidencial, se establece que las empresas contratadas para proveer alimentos a las escuelas, en el marco del programa Hambre Cero, deberán comprar de la agricultura familiar un 10 % de sus productos. Igualmente, señaló que la normativa establece que se deberá comprar un 5 % de las mipymes sobre el monto total, pero facturando de manera mensual.
“Esto estaba contemplado en los lineamientos del contrato, pero no así dentro de la Ley de Alimentación Escolar Hambre Cero, ni tampoco en el decreto reglamentario. Por eso, se vio necesario oficializar por decreto. Hoy se establece con este decreto la adquisición obligatoria dentro de los porcentajes establecidos", explicó Rojas.
No obstante, el secretario de Estado resaltó que lo principal de este decreto es que se determina que, para el pago por el servicio hecho por las empresas, se debe exigir en el proceso la presentación de las facturas de compras directas de la agricultura familiar campesina y de las mipymes en forma mensual.
“Esto generaba algunas dudas y, en algunos casos, se ha encontrado que no se estaba exigiendo la presentación de las facturas en forma mensual de las compras directas de la agricultura familiar campesina y mipymes. Ahora con este decreto se establece la obligatoriedad de la presentación, para iniciar el proceso de pagos”, acotó.
Asimismo, informó que con el presente decreto se establece igualmente sanciones en caso de incumplimiento de este trámite. Además, se le obliga a las empresas proveedoras a la carga de las facturas de forma mensual al Sistema Integrado de Alimentación Escolar (SIAE), a través de sus respectivos usuarios otorgados por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).
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