El ministro de Economía y Finanzas, Carlos Fernández Valdovinos, comunicó sobre los ajustes realizados al proyecto de creación de la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones, esto con el objetivo de dejar en claro ciertos aspectos y eliminar dudas que se generaron en las centrales sindicales. Desde el Gobierno Nacional ratificaron la necesidad de aprobar la ley e indicaron las modificaciones que surgieron luego de escuchar a los diferentes sectores.

Convencidos en la necesidad de aprobar una ley de Superintendencia de Pensiones con mayor consenso posible, escuchamos las preocupaciones de centrales sindicales respecto a la misma. Por tanto, presentaremos modificaciones a los artículos 31, 42 y 43 aclarando más sus alcances”, informó a través de X Fernández Valdovinos.

En este sentido, la redacción del artículo N.° 31 de la iniciativa legislativa queda de la siguiente manera: “Las acciones de los funcionarios de la superintendencia y los interventores podrán ser objeto de revisión judicial con posterioridad a la culminación de la intervención, por la eventual omisión o desviación en el cumplimiento de las mismas”.

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El texto original del proyecto establecía que ni los funcionarios de la Superintendencia ni los interventores podrían ser sometidos a juicio “por acciones realizadas en el ejercicio de sus funciones legales” y señalaba que recién podrían ser objeto de revisión judicial una vez que culminen sus funciones en la institución.

El ministro de Economía comunicó modificaciones respecto al proyecto de Superintendencia de Jubilaciones. Foto: Captura de pantalla

En cuanto al artículo N.° 42 que habla sobre las limitaciones de las inversiones se realizó un ajuste en el inciso 5° y con este ajuste no habrá límites para los créditos y préstamos con y sin garantía hipotecaria que son otorgados a afiliados activos, jubilados y pensionados por sus respectivas Entidades de Jubilaciones y Pensiones (EJP) y a los afiliados empleados de la misma.

Originalmente el proyecto establecía un límite del 30%, no obstante, esto fue subsanado en la iniciativa que finalmente será tratada este miércoles 6 de diciembre por los legisladores de la Cámara Alta, donde ya está incluido en el orden del punto del día.

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La última corrección fue realizada al artículo N.° 43 que habla sobre las derogaciones que serán realizadas una vez que quede sancionado esta iniciativa legislativa. Se incorpora un cuarto inciso y se establece que serán derogados los artículos N° 55 y 56 de la ley N° 2856/06 de la Caja de Jubilaciones y Empleados Bancarios.

Ninguna disposición de la presente ley implica la derogación de la ley de acceso a la información pública en cuanto a la obligación de publicación de información; sin perjuicio del deber de secreto previsto en el artículo N.° 30 de la presente ley”, indica un párrafo que fue incorporado al proyecto de ley.

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