El titular de la Dirección de Financiamiento Político de la Justicia Electoral, Christian Ruiz Díaz, explicó cuáles serían los procedimientos en el caso de que el exsenador Alfredo Jaeggli y sus amigos aporten para el pago de las deudas del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA). El alto funcionario electoral aclaró que ese dinero ya no podrá ser controlado por la dirección de financiamiento político, ya que no se enmarca en el proceso de elecciones.

En este caso, será el banco que reciba el dinero por la cancelación de las deudas que deberá analizar el control del origen del dinero, y si se detectan algunas irregularidades, se deberá comunicar a la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad).

Va depender directamente del banco, si el banco considera de que no está justificado el origen del dinero, entonces en ese caso podría elaborar un reporte de operación sospechosa y eso se comunica directamente a la Seprelad”, indicó para La Nación.

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Actualmente, el PLRA cuenta con pedidos de embargos, provenientes de varias acciones judiciales, por el monto de alrededor de G. 17.000 millones. “El dinero no va pasar por nosotros. Hay que ver cómo se deposita, si se deposita en efectivo, a través de un cheque, o por transferencia bancaria, eso ya va a depender del banco, en este caso, sería el Banco Nacional de Fomento, porque todas las cuentas judiciales están habilitadas en el Banco Nacional de Fomento. Según la política de riesgo, cómo tomar el dinero y el análisis, lo hace su comité de riesgo”, explicó Ruiz Díaz.

Las cuentas del partido también se encuentran embargadas, entonces, todo el dinero que ingrese se va pagando o va absorbiendo los embargos. “Las deudas que tiene, o la que nosotros tenemos conocimiento aquí en el Tribunal, son los embargos judiciales trabados, que en su mayoría son por cobro en guaraníes. Cada uno de esos embargos tienen una cuenta judicial, lo que hace la Justicia Electoral es que, una vez que el partido recibe algún aporte o subsidio, ese dinero se deposita en la cuenta judicial”, indicó.

Explicó, además, que una vez que se realice ese trámite dentro del expediente judicial, que obra en cada juzgado, el propio juzgado comunica el levantamiento del embargo. “Ir a cada juzgado, enterarse de la situación, ver cuál es la cuenta bancaria judicial que se habilitó para el efecto y posteriormente comunicar a través de un escrito que se ha pagado esa deuda y solicitar la cancelación de la deuda”, sentenció.

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