La primera sala del Tribunal Electoral de la Capital firmó este martes el acuerdo y sentencia N° 40, por el cual rechaza la acción de nulidad planteada por Efraín Alegre, extitular del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA); a lo resuelto por la Convención Liberal el pasado 6 de agosto donde se resolvió destituirlo del cargo. Con esto queda confirmada la decisión de la máxima autoridad partidaria que resolvió designar a Hugo Fleitas como titular del PLRA.

Los jueces electorales, Myriam González Vallejos (presidenta) y los miembros Lilian Lorena Rojas y Modesto Núñez, lo rechazaron de manera unánime. Al respecto, el juez Modesto Núñez explicó a La Nación/Nación Media que el principal argumento para rechazar la acción de nulidad en términos sencillos fue un mal planteamiento de la demanda. Indicó que Alegre la planteó contra una persona física (Miguel Abdón Saguier), cuando en realidad se trata de una decisión tomada por un órgano partidario que es la Convención Nacional Extraordinaria.

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“Entonces la demanda debía estar dirigida al Partido Liberal Radical Auténtico, que es la persona jurídica de la cual forma parte la convención. Ese es el fundamento principal, es decir, que se planteó la demanda contra Miguel Abdón Saguier, que en ese momento presidía la convención pero obviamente no es el responsable como persona física, sino que estaba actuando, estaba cumpliendo una función como parte de la convención; entonces, el que dicta la resolución es el órgano partidario que se llama Convención Nacional Extraordinaria”, explicó.

Dijo además, que al plantearse de manera errónea la persona jurídica contra quien se demanda, no permite avanzar en el estudio del fondo de la cuestión, por tanto fue rechazada de manera in limine. “Es decir, que ya no se puede estudiar si hubo o no legalidad en la resolución de la convención”, acotó.

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